Dudas laborales · Despido

Si me echan en el periodo de prueba, ¿tengo derecho a paro?

Sí, si la decisión es de la empresa y cumples los requisitos (360 días cotizados). La única condición extra: si tu trabajo anterior lo dejaste tú, tienen que haber pasado tres meses desde esa baja (art. 267.1.a LGSS, apartado 7.º).

En el periodo de prueba no hay indemnización ni preaviso.

FUENTE BOE Art. 267 LGSS · Art. 14 ET· actualizado el

En detalle.

  • La baja en prueba de una trabajadora embarazada es nula salvo que el motivo no tenga relación con el embarazo (art. 14.2 ET).
  • Te deben pagar el finiquito: días trabajados, vacaciones y pagas extra.
  • Si el periodo de prueba supera el máximo legal o del convenio, o ya habías hecho ese trabajo en la empresa, el pacto es nulo y la baja sería un despido.
  • Pide el paro en los 15 días hábiles siguientes.
Calcula tu paroCuánto cobrarás y durante cuánto tiempo.
Empezar

Lee el texto completo: artículo 14 del Estatuto.

Otras dudas sobre despido

Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.