Dudas laborales · Despido

¿Se cobra el paro con un despido disciplinario?

Sí. Cualquier despido, también el disciplinario, es situación legal de desempleo (art. 267.1.a LGSS). Si tienes al menos 360 días cotizados en los últimos seis años, cobras el paro.

Lo que no tienes, si el despido es procedente, es indemnización.

FUENTE BOE Art. 267 LGSS · Art. 54 ET· Actualizado el
Revisado por Gala Worklab ·

En detalle.

  • Pide el paro en los 15 días hábiles siguientes al despido.
  • Tienes 20 días hábiles para reclamar si crees que el despido no está justificado; si el juez lo declara improcedente, cobras 33 días por año.
  • El finiquito (vacaciones, pagas extra, días del mes) te lo deben pagar siempre.
  • Firmar la carta solo prueba que la has recibido: escribe «recibí, no conforme».
Calcula tu paroCuánto cobrarás y durante cuánto tiempo.
Empezar

Lee el texto completo: artículo 54 del Estatuto.

Otras dudas sobre despido

Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.