Tabla salarial 2027 · Provincial · La Rioja

Tablas salariales de Hoteles y alojamientos de La Rioja 2027.

Sueldo bruto de las 25 categorías del convenio de Hoteles y alojamientos de La Rioja en 2027: de 19.950 € a 31.367 € al año.

FUENTEBOR · Tabla 2027 · actualizado el
Subida en 2027
+4,5 %

4,50 % sobre las tablas de 2026 (art. 7) Fuente

Hora extra22,67–35,64 €

La hora extra se paga a la hora normal más un 100 %. Posible compensación por tiempo equivalente de descanso dentro de los 3 meses siguientes, salvo pacto. (art. 15) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el Fuente. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2027 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2027.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualSubida vs 2026Hora extraCalcular
Grupo I (5 estrellas)
Nivel I A · Grupo I (5 estrellas)2.240,50 €1431.367,00 €+4,5 %35,64 €Neto de Nivel I A · Grupo I (5 estrellas)
Nivel I B · Grupo I (5 estrellas)2.030,96 €1428.433,44 €+4,5 %32,31 €Neto de Nivel I B · Grupo I (5 estrellas)
Nivel II · Grupo I (5 estrellas)1.927,17 €1426.980,38 €+4,5 %30,66 €Neto de Nivel II · Grupo I (5 estrellas)
Nivel III · Grupo I (5 estrellas)1.855,25 €1425.973,50 €+4,5 %29,52 €Neto de Nivel III · Grupo I (5 estrellas)
Nivel IV · Grupo I (5 estrellas)1.855,25 €1425.973,50 €+4,5 %29,52 €Neto de Nivel IV · Grupo I (5 estrellas)
Grupo II (4 estrellas)
Nivel I A · Grupo II (4 estrellas)2.136,31 €1429.908,34 €+4,5 %33,99 €Neto de Nivel I A · Grupo II (4 estrellas)
Nivel I B · Grupo II (4 estrellas)1.936,79 €1427.115,06 €+4,5 %30,81 €Neto de Nivel I B · Grupo II (4 estrellas)
Nivel II · Grupo II (4 estrellas)1.838,10 €1425.733,40 €+4,5 %29,24 €Neto de Nivel II · Grupo II (4 estrellas)
Nivel III · Grupo II (4 estrellas)1.769,73 €1424.776,22 €+4,5 %28,15 €Neto de Nivel III · Grupo II (4 estrellas)
Nivel IV · Grupo II (4 estrellas)1.769,73 €1424.776,22 €+4,5 %28,15 €Neto de Nivel IV · Grupo II (4 estrellas)
Grupo III (3 estrellas)
Nivel I A · Grupo III (3 estrellas)1.686,63 €1423.612,82 €+4,5 %26,83 €Neto de Nivel I A · Grupo III (3 estrellas)
Nivel I B · Grupo III (3 estrellas)1.566,89 €1421.936,46 €+4,5 %24,93 €Neto de Nivel I B · Grupo III (3 estrellas)
Nivel II · Grupo III (3 estrellas)1.532,24 €1421.451,36 €+4,5 %24,38 €Neto de Nivel II · Grupo III (3 estrellas)
Nivel III · Grupo III (3 estrellas)1.505,07 €1421.070,98 €+4,5 %23,94 €Neto de Nivel III · Grupo III (3 estrellas)
Nivel IV · Grupo III (3 estrellas)1.505,07 €1421.070,98 €+4,5 %23,94 €Neto de Nivel IV · Grupo III (3 estrellas)
Grupo IV (2 estrellas)
Nivel I A · Grupo IV (2 estrellas)1.576,48 €1422.070,72 €+4,5 %25,08 €Neto de Nivel I A · Grupo IV (2 estrellas)
Nivel I B · Grupo IV (2 estrellas)1.494,43 €1420.922,02 €+4,5 %23,78 €Neto de Nivel I B · Grupo IV (2 estrellas)
Nivel II · Grupo IV (2 estrellas)1.495,99 €1420.943,86 €+4,5 %23,80 €Neto de Nivel II · Grupo IV (2 estrellas)
Nivel III · Grupo IV (2 estrellas)1.480,36 €1420.725,04 €+4,5 %23,55 €Neto de Nivel III · Grupo IV (2 estrellas)
Nivel IV · Grupo IV (2 estrellas)1.480,36 €1420.725,04 €+4,5 %23,55 €Neto de Nivel IV · Grupo IV (2 estrellas)
Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)
Nivel I A · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)1.509,43 €1421.132,02 €+4,5 %24,01 €Neto de Nivel I A · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)
Nivel I B · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)1.436,44 €1420.110,16 €+4,5 %22,85 €Neto de Nivel I B · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)
Nivel II · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)1.470,21 €1420.582,94 €+4,5 %23,39 €Neto de Nivel II · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)
Nivel III · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)1.425,01 €1419.950,14 €+4,5 %22,67 €Neto de Nivel III · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)
Nivel IV · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)1.425,01 €1419.950,14 €+4,5 %22,67 €Neto de Nivel IV · Grupo V (1 estrella, hostales, pensiones y demás alojamientos)

Subida: salario base de 2027 frente al de 2026 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.760 horas de jornada anual del convenio.

Notas de la tabla

Anexo II del BOR nº 127 de 7/7/2026 (tabla salarial año 2027): +4,50 % sobre 2026; anual = mensual × 14 (literal). Jornada 2027: 1.756 horas (art. 14).

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de nocturnidad (más de 3 horas nocturnas)

    un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Si en una jornada trabajas más de 3 horas entre las 22:00 y las 6:00, TODAS esas horas se pagan con un 25 % más (sustituye al 3 %). No aplica si el trabajo es nocturno por su propia naturaleza..

    Cotiza y tributa como salario. art. 11.b

  • Plus de nocturnidad (hasta 3 horas nocturnas)

    un 3 % más sobre tu hora normal, por cada hora

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Si en una jornada trabajas 3 horas o menos entre las 22:00 y las 6:00: esas horas llevan un 3 % más. No aplica si el trabajo es nocturno por su propia naturaleza..

    Cotiza y tributa como salario. art. 11.b

  • Complemento de trabajo nocturno por su propia naturaleza

    70,00 € al mes, en 12 pagas

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Solo si tu trabajo es nocturno por su propia naturaleza (p. ej., recepción de noche). Mínimo garantizado; absorbe lo que la empresa ya pague por ese motivo..

    Cotiza y tributa como salario. art. 11.a

    12 mensualidades, sin pagas extra.

  • Plus de las noches del 24 y 31 de diciembre

    75 € por cada una de esas dos noches trabajadas

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Si trabajas la noche del 24 o la del 31 de diciembre..

    Cotiza y tributa como salario. art. 11.c

  • Plus de festivos

    10,00 € por cada día trabajado

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada uno de los 14 festivos anuales trabajado a jornada completa; a tiempo parcial, en proporción..

    Cotiza y tributa como salario. art. 13

    Nuevo en el convenio 2026-2028.

  • Plus de transporte (2 viajes al día)

    2,50 € por cada día trabajado

    Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Centro de trabajo a más de 2 km del centro urbano y tu residencia a más de 2 km del centro de trabajo (en Logroño, el centro es el Palacio de los Chapiteles). Por cada día con 2 trayectos..

    Cotiza y tributa como salario. Desde 2013 el plus de transporte cotiza (art. 147 LGSS). art. 12

    Importe para toda la vigencia (2026-2028).

  • Plus de transporte (4 viajes al día)

    5,00 € por cada día trabajado

    Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Mismas condiciones; por cada día con 4 trayectos (jornada partida)..

    Cotiza y tributa como salario. Desde 2013 el plus de transporte cotiza (art. 147 LGSS). art. 12

    Importe para toda la vigencia (2026-2028).

  • Plus de manutención (sustitutivo)

    4,00 € por cada día trabajado

    Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Solo si tienes derecho a comida (comedor con cocina propia y horario que coincide con comidas o cenas) y la empresa no puede darla y opta por pagarla. Por día trabajado..

    Cotiza y tributa como salario. art. 23

    Lo normal es la manutención en especie; este importe solo se paga cuando la empresa la sustituye.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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