Dudas laborales · Dejar el trabajo
¿Puedo cobrar el paro si me voy yo del trabajo?
No. La baja voluntaria no es situación legal de desempleo y no da derecho a paro (art. 267.2.a LGSS).
Hay excepciones: si te vas por un traslado que obliga a cambiar de residencia, por una modificación sustancial que te perjudica, o pides al juez la extinción por impagos o incumplimientos graves de la empresa (art. 50 ET).
En detalle.
- Si después encuentras otro trabajo y te despiden de él, podrás cobrar el paro con las cotizaciones de los dos empleos.
- Si en el nuevo trabajo no superas el periodo de prueba, solo tienes paro si han pasado tres meses desde tu baja voluntaria anterior.
- Ser víctima de violencia de género también da acceso al paro aunque la extinción la pidas tú.
- Antes de irte por impagos, no dimitas: hay que pedir la extinción al juez y seguir trabajando mientras tanto.
Calcula tu paroCuánto cobrarás y durante cuánto tiempo.
EmpezarLee el texto completo: artículo 50 del Estatuto.
Otras dudas sobre dejar el trabajo
- ¿Cuántos días de preaviso hay que dar para dejar un trabajo?
- ¿Qué pasa si me voy del trabajo sin dar el preaviso?
- ¿Hay que dar preaviso si me voy en el periodo de prueba?
- ¿Qué pasa si no firmo la baja voluntaria que me da la empresa?
Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.
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