Tabla salarial 2027 · Provincial · Barcelona

Tablas salariales de transporte de mercancías de Barcelona 2027.

Sueldo bruto de las 45 categorías del convenio de transporte de mercancías de Barcelona en 2027: de 25.651 € a 45.171 € al año.

FUENTEBOPB · Tabla 2027 · actualizado el
Subida en 2027
+3,3 %

Tablas salariales y demás conceptos económicos + 3,3 % sobre 2026, con efectos de 1/1/2027. (art. 6.1) Fuente

Hora extra15,04–22,03 €

El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 17 y tablas salariales 2027) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el BOPB. Ver la tabla oficial

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Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2027 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2027.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualSubida vs 2026Hora extraPlusesCalcular
I
Jefe de Servicio2.496,33 €1545.170,98 €+3,3 %—Plus de convenio: 479,43 €/mesNeto de Jefe de Servicio
Inspector principal2.358,44 €1542.976,63 €+3,3 %—Plus de convenio: 471,03 €/mesNeto de Inspector principal
Ingeniero o Licenciado2.358,44 €1542.976,63 €+3,3 %—Plus de convenio: 471,03 €/mesNeto de Ingeniero o Licenciado
Ingeniero Técnico2.014,32 €1537.503,88 €+3,3 %—Plus de convenio: 450,30 €/mesNeto de Ingeniero Técnico
ATS1.518,42 €1529.616,43 €+3,3 %—Plus de convenio: 420,37 €/mesNeto de ATS
Jefe de Sección2.014,32 €1537.503,88 €+3,3 %22,03 €Plus de convenio: 450,30 €/mesNeto de Jefe de Sección
Jefe de Negociado1.809,82 €1534.248,88 €+3,3 %20,12 €Plus de convenio: 437,80 €/mesNeto de Jefe de Negociado
Analista1.809,82 €1534.248,88 €+3,3 %20,12 €Plus de convenio: 437,80 €/mesNeto de Analista
Jefe de Tráfico 1ª.1.743,01 €1533.188,08 €+3,3 %19,50 €Plus de convenio: 433,89 €/mesNeto de Jefe de Tráfico 1ª.
Jefe de Tráfico 2ª.1.635,54 €1531.478,23 €+3,3 %18,46 €Plus de convenio: 427,37 €/mesNeto de Jefe de Tráfico 2ª.
Encargado General1.809,82 €1534.248,88 €+3,3 %20,12 €Plus de convenio: 437,80 €/mesNeto de Encargado General
Jefe de Taller2.014,32 €1537.503,88 €+3,3 %22,03 €Plus de convenio: 450,30 €/mesNeto de Jefe de Taller
Contramaestre o Encargado1.692,67 €1532.387,68 €+3,3 %19,01 €Plus de convenio: 430,87 €/mesNeto de Contramaestre o Encargado
II
Oficial 1ª1.635,57 €1531.478,68 €+3,3 %18,46 €Plus de convenio: 427,37 €/mesNeto de Oficial 1ª
Programador Ordenador1.635,57 €1531.478,68 €+3,3 %18,46 €Plus de convenio: 427,37 €/mesNeto de Programador Ordenador
Oficial 2ª1.458,40 €1528.661,83 €+3,3 %16,81 €Plus de convenio: 416,75 €/mesNeto de Oficial 2ª
Controlador Operador1.458,40 €1528.661,83 €+3,3 %16,81 €Plus de convenio: 416,75 €/mesNeto de Controlador Operador
Encargado de Almacén1.666,94 €1531.978,18 €+3,3 %18,77 €Plus de convenio: 429,30 €/mesNeto de Encargado de Almacén
Auxiliar Administrativo1.324,66 €1526.462,68 €+3,3 %15,51 €Plus de convenio: 403,88 €/mesNeto de Auxiliar Administrativo
Perforista-Grabador1.344,15 €1526.844,28 €+3,3 %15,74 €Plus de convenio: 409,83 €/mesNeto de Perforista-Grabador
Telefonista1.295,00 €1526.062,93 €+3,3 %15,28 €Plus de convenio: 406,89 €/mesNeto de Telefonista
III
Jefe de Tráfico 3ª.1.575,46 €1530.523,78 €+3,3 %17,91 €Plus de convenio: 423,82 €/mesNeto de Jefe de Tráfico 3ª.
Capataz1.518,42 €1529.616,43 €+3,3 %17,36 €Plus de convenio: 420,37 €/mesNeto de Capataz
Conductor Mecánico y TPC50,81 €/día1530.054,98 €+3,3 %17,65 €Neto de Conductor Mecánico y TPC
Conductor46,92 €/día1528.180,38 €+3,3 %16,51 €Neto de Conductor
Conductor de Furgoneta44,30 €/día1526.910,93 €+3,3 %15,76 €Neto de Conductor de Furgoneta
Conductor Carret. Elev. y Grúa44,30 €/día1526.910,93 €+3,3 %15,76 €Neto de Conductor Carret. Elev. y Grúa
Aux. Almacén -Basculero42,80 €/día1526.942,78 €+3,3 %15,79 €Neto de Aux. Almacén -Basculero
Mozo Especializado41,80 €/día1526.474,13 €+3,3 %15,50 €Neto de Mozo Especializado
Ayudante Mozo y Mozo Espec.41,80 €/día1526.474,13 €+3,3 %15,50 €Neto de Ayudante Mozo y Mozo Espec.
Expendedor y Engrasador41,80 €/día1526.474,13 €+3,3 %15,50 €Neto de Expendedor y Engrasador
Mozo40,30 €/día1525.664,23 €+3,3 %15,04 €Neto de Mozo
IV
Cobrador1.284,20 €1525.890,58 €+3,3 %15,20 €Plus de convenio: 406,20 €/mesNeto de Cobrador
Portero y Vigilante1.225,01 €1525.727,38 €+3,3 %15,07 €Plus de convenio: 454,51 €/mesNeto de Portero y Vigilante
Limpiadora/hora—1525.650,58 €+3,3 %—Neto de Limpiadora/hora
Ordenanza1.225,01 €1525.727,38 €+3,3 %15,07 €Plus de convenio: 454,51 €/mesNeto de Ordenanza
Subjefe o Maestro de Taller1.784,81 €1533.853,03 €+3,3 %19,87 €Plus de convenio: 436,42 €/mesNeto de Subjefe o Maestro de Taller
Encargado General1.635,62 €1531.479,43 €+3,3 %18,46 €Plus de convenio: 427,37 €/mesNeto de Encargado General
Encargado de Almacén1.575,46 €1530.523,78 €+3,3 %17,91 €Plus de convenio: 423,82 €/mesNeto de Encargado de Almacén
Jefe de Equipo49,90 €/día1529.618,18 €+3,3 %17,36 €Neto de Jefe de Equipo
Oficial 1ª.49,38 €/día1529.358,83 €+3,3 %17,22 €Neto de Oficial 1ª.
Oficial 2ª.46,08 €/día1527.770,88 €+3,3 %16,28 €Neto de Oficial 2ª.
Oficial 3ª.44,16 €/día1526.833,58 €+3,3 %15,74 €Neto de Oficial 3ª.
Mozo de Taller Especialista41,80 €/día1526.474,13 €+3,3 %15,50 €Neto de Mozo de Taller Especialista
Peón40,91 €/día1526.032,78 €+3,3 %15,27 €Neto de Peón

Subida: salario base de 2027 frente al de 2026 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

Notas de la tabla

Tabla 2027 del convenio 2026-2028 (BOPB 29/09/2026): +3,3 % sobre 2026 (art. 6). Personal mensual: salario base y plus de convenio al mes, 12 mensualidades + pagas de junio, Navidad y marzo de 30 días de salario base y plus (art. 20) = 15 pagas. Personal de movimiento y taller: importes por día (salario base y plus diarios); limpiadora, por hora. 'anual' es el total anual de la tabla, que incluye la bolsa de vacaciones del art. 18.2 (534,58 €).

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Antigüedad (un cuatrienio y cinco quinquenios del 10 %)

    10 % del salario base de la categoría a los 4 años y otro 10 % por cada quinquenio siguiente (9, 14, 19, 24 y 29 años), hasta 5 quinquenios: máximo 60 %. Entra en las pagas de junio, Navidad y marzo (art. 20).

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se cobra desde el día 1 del mes siguiente a cumplir cada periodo..

    Cotiza y tributa como salario. art. 23

    Escala no lineal (primer periodo de 4 años y luego de 5), por eso calculo = formula.

  • Plus de nocturnidad

    el 25 % de tu salario base

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00, cualquiera que sea la forma de contratación; proporcional al tiempo trabajado en esa franja..

    Cotiza y tributa como salario. art. 22

  • Plus de peligrosidad (mercancías peligrosas ADR)

    10 % del salario base más antigüedad, durante el tiempo de esos trabajos

    Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Conductores y acompañantes que transportan, o personal que manipula, productos inflamables, tóxicos, explosivos o ácidos del ADR, durante el tiempo que hacen esos trabajos; también los mozos especializados designados para carga fraccionada de mercancías peligrosas..

    Cotiza y tributa como salario. art. 21.a

  • Plus de trabajo en cámaras de congelación (-18 °C o menos)

    87,30 € (importe de «Otros conceptos» de la tabla)

    Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo habitual, continuo o discontinuo, en túneles o cámaras de congelación a -18 °C o menos (también si se estiba o carga a mano desde la cámara al vehículo). Deja de pagarse si desaparece la circunstancia o hay medidas que eviten el frío (la ropa de abrigo no cuenta)..

    Cotiza y tributa como salario. art. 21.b; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

    La tabla no indica si el importe es mensual o diario; no se presupone. Compatible con el día adicional de asuntos propios por trabajar en cámaras a menos de 0 °C.

  • Quebranto de moneda

    13,91 € (importe de «Otros conceptos» de la tabla)

    Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que cobra de forma habitual, cualquiera que sea su categoría, cuando lo cobrado en efectivo es de 900 € o más al mes..

    Cotiza y tributa como salario. El quebranto de moneda cotiza desde el RDL 20/2012. art. 24; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

    La tabla no indica la periodicidad del importe (el umbral de 900 € es mensual). Se respetan derechos adquiridos.

  • Dieta nacional

    Comida 18,37 € + cena 18,37 € + dormir 17,30 € + desayuno 6,93 € = 60,97 € la dieta completa

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Salida de la residencia habitual por el servicio. Comida: si obliga a comer fuera o se sale antes de las 12 h y se vuelve después de las 14 h; cena: si se sale antes de las 20 h y se vuelve después de las 22 h; dormir: si obliga a pernoctar y desayunar fuera. La empresa no paga la parte que cubra ella..

    Extrasalarial (art. 19.2). No cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (España: 26,67 €/día sin pernocta y 53,34 € con pernocta, más el alojamiento justificado; extranjero: 48,08 € y 91,35 €); el exceso cotiza. art. 25; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

    Solo en desplazamientos.

  • Dieta nacional en ruta ADR (mercancías peligrosas)

    62,43 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Conductor que hace ruta sometida a la reglamentación ADR: cobra esta cantidad como dieta nacional..

    Extrasalarial (art. 19.2). No cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (España: 26,67 €/día sin pernocta y 53,34 € con pernocta, más el alojamiento justificado; extranjero: 48,08 € y 91,35 €); el exceso cotiza. art. 25; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

    Solo en desplazamientos.

  • Dieta TIR (internacional)

    Comida 29,92 € + cena 27,59 € + dormir 25,76 € + desayuno 10,59 € = 93,86 €

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desde que se cruza la frontera española hasta que se vuelve a cruzar de regreso. Mismo reparto por comida, cena, dormir y desayuno..

    Extrasalarial (art. 19.2). No cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (España: 26,67 €/día sin pernocta y 53,34 € con pernocta, más el alojamiento justificado; extranjero: 48,08 € y 91,35 €); el exceso cotiza. art. 25; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

    Solo en desplazamientos al extranjero.

  • Dieta Alemania

    117,46 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio en Alemania..

    Extrasalarial (art. 19.2). No cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (España: 26,67 €/día sin pernocta y 53,34 € con pernocta, más el alojamiento justificado; extranjero: 48,08 € y 91,35 €); el exceso cotiza. art. 25; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

    Solo en desplazamientos al extranjero.

  • Dieta Italia

    100,38 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio en Italia..

    Extrasalarial (art. 19.2). No cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (España: 26,67 €/día sin pernocta y 53,34 € con pernocta, más el alojamiento justificado; extranjero: 48,08 € y 91,35 €); el exceso cotiza. art. 25; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

    Solo en desplazamientos al extranjero.

  • Comida plaza

    13,44 € por cada día trabajado

    Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Personal de plaza que, por necesidades del servicio y a petición de la empresa, come fuera de su domicilio sin desplazarse a otra localidad y vuelve al centro antes de las 20:00. Excluido el personal de turno..

    El convenio la llama extrasalarial, pero no hay desplazamiento a otra localidad, así que no encaja en la exención de dietas del art. 147.2 LGSS: lo prudente es cotizar. art. 25; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

    El propio art. 25 dice que no tiene naturaleza de dieta.

  • Ayuda escolar

    68,05 € al año por hijo/a de 3 a 16 años, en junio

    Quién lo cobra: Por cada hijo/a de 3 a 16 años que cumpla la edad antes del 30 de junio; se paga en junio..

    Cotiza y tributa como salario. Es una mejora voluntaria en dinero que no está excluida en el art. 147.2 LGSS. art. 38; importe 2027: tablas salariales 2027 del convenio 2026-2028

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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