Tabla salarial 2025 · Provincial · Toledo

Tablas salariales de metal de Toledo 2025.

Sueldo bruto de las 40 categorías del convenio de metal de Toledo en 2025: de 17.255 € a 26.888 € al año.

FUENTEBOP Toledo · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
+3,0 %

Incremento salarial del 3 % para 2025 (art. 37) Fuente

Hora extra12,28–19,14 €

La hora extra se paga a la hora normal más un 25 %. (art. 28) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el Fuente. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualHora extraPlusesCalcular
Grupo I
Analista de sistemas1.920,59 €1426.888,26 €*19,14 €Plus de actividad: 164,12 €/mesNeto de Analista de sistemas
Arquitecto1.920,59 €1426.888,26 €*19,14 €Plus de actividad: 164,12 €/mesNeto de Arquitecto
Directores Area y servicios1.920,59 €1426.888,26 €*19,14 €Plus de actividad: 164,12 €/mesNeto de Directores Area y servicios
Ingenieros1.920,59 €1426.888,26 €*19,14 €Plus de actividad: 164,12 €/mesNeto de Ingenieros
Licenciados1.920,59 €1426.888,26 €*19,14 €Plus de actividad: 164,12 €/mesNeto de Licenciados
Grupo II
Arquitecto técnico1.735,13 €1424.291,82 €*17,29 €Plus de actividad: 123,78 €/mesNeto de Arquitecto técnico
Ingeniero técnico1.735,13 €1424.291,82 €*17,29 €Plus de actividad: 123,78 €/mesNeto de Ingeniero técnico
Graduado social1.451,41 €1420.319,74 €*14,46 €Plus de actividad: 121,48 €/mesNeto de Graduado social
ATS1.451,41 €1420.319,74 €*14,46 €Plus de actividad: 121,48 €/mesNeto de ATS
Grupo III
Jefe de Taller1.560,08 €1421.841,12 €*15,55 €Plus de actividad: 128,53 €/mesNeto de Jefe de Taller
Jefe de áreas y servicios1.492,91 €1420.900,74 €*114,88 €Plus de actividad: 122,72 €/mesNeto de Jefe de áreas y servicios
Delineante proyectista1.456,38 €1420.389,32 €*14,51 €Plus de actividad: 122,72 €/mesNeto de Delineante proyectista
Maestro Industrial1.451,41 €1420.319,74 €*14,46 €Plus de actividad: 121,48 €/mesNeto de Maestro Industrial
Maestro de Taller1.426,92 €1419.976,88 €*14,22 €Plus de actividad: 119,98 €/mesNeto de Maestro de Taller
Maestro de segunda1.357,50 €1419.005,00 €*13,53 €Plus de actividad: 118,43 €/mesNeto de Maestro de segunda
Grupo IV
Personal técnico laboratorio1.412,37 €1419.773,18 €*14,08 €Plus de actividad: 118,42 €/mesNeto de Personal técnico laboratorio
Delineante de 1ª1.412,37 €1419.773,18 €*14,08 €Plus de actividad: 118,42 €/mesNeto de Delineante de 1ª
Personal técnico administrativo1.412,37 €1419.773,18 €*14,08 €Plus de actividad: 118,42 €/mesNeto de Personal técnico administrativo
Encargados de sección o cuadrilla1.418,55 €1419.859,70 €*14,14 €Plus de actividad: 119,98 €/mesNeto de Encargados de sección o cuadrilla
Personal de oficio especial1.418,55 €1419.859,70 €*14,14 €Plus de actividad: 119,98 €/mesNeto de Personal de oficio especial
Grupo V
Oficial adm 1ª1.418,55 €1419.859,70 €*14,14 €Plus de actividad: 119,98 €/mesNeto de Oficial adm 1ª
Viajante/comercial1.418,55 €1419.859,70 €*14,14 €Plus de actividad: 119,98 €/mesNeto de Viajante/comercial
Capataz1.357,50 €1419.005,00 €*13,53 €Plus de actividad: 118,43 €/mesNeto de Capataz
Oficial adm 2ª1.357,50 €1419.005,00 €*13,53 €Plus de actividad: 118,43 €/mesNeto de Oficial adm 2ª
Delineante 2ª1.357,50 €1419.005,00 €*13,53 €Plus de actividad: 118,43 €/mesNeto de Delineante 2ª
Oficial 1ª talleres1.404,49 €1419.662,86 €*14,00 €Plus de actividad: 120,37 €/mesNeto de Oficial 1ª talleres
Chofer camión grúa1.404,49 €1419.662,86 €*14,00 €Plus de actividad: 120,37 €/mesNeto de Chofer camión grúa
Oficial 2ª1.357,50 €1419.005,00 €*13,53 €Plus de actividad: 119,98 €/mesNeto de Oficial 2ª
Grupo VI
Telefonista1.322,72 €1418.518,08 €*13,18 €Plus de actividad: 117,80 €/mesNeto de Telefonista
Auxiliares en general1.322,72 €1418.518,08 €*13,18 €Plus de actividad: 117,80 €/mesNeto de Auxiliares en general
Pesador basculero1.322,72 €1418.518,08 €*13,18 €Plus de actividad: 117,80 €/mesNeto de Pesador basculero
Personal de almacén1.274,16 €1417.838,24 €*12,70 €Plus de actividad: 116,77 €/mesNeto de Personal de almacén
Chófer de turismo1.350,92 €1418.912,88 €*13,46 €Plus de actividad: 119,96 €/mesNeto de Chófer de turismo
Oficial 3ª1.350,92 €1418.912,88 €*13,46 €Plus de actividad: 119,96 €/mesNeto de Oficial 3ª
Especialista1.274,16 €1417.838,24 €*12,70 €Plus de actividad: 116,77 €/mesNeto de Especialista
Conserje1.322,72 €1418.518,08 €*13,18 €Plus de actividad: 114,72 €/mesNeto de Conserje
Grupo VII
Portero, ordenanza, guarda1.232,49 €1417.254,86 €*12,28 €Plus de actividad: 114,72 €/mesNeto de Portero, ordenanza, guarda
Vigilante1.232,49 €1417.254,86 €*12,28 €Plus de actividad: 114,72 €/mesNeto de Vigilante
Peón1.232,49 €1417.254,86 €*12,28 €Plus de actividad: 114,72 €/mesNeto de Peón
Personal limpieza1.232,49 €1417.254,86 €*12,28 €Plus de actividad: 114,72 €/mesNeto de Personal limpieza

* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

1. Jefe de áreas y servicios: En la tabla de 2025 el plus de actividad de «Jefe de áreas y servicios» figura como 122,72 € (igual que Delineante proyectista); con la subida del 3 % la tabla de 2026 publica 128,59 €, que corresponde a 124,84 € en 2025. Posible errata del boletín en 2025.

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.756 horas de jornada anual del convenio.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de turnicidad

    el 12 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Trabajo en turnos rotativos (no turnos fijos).

    Cotiza y tributa como salario. art. 32.a

  • Plus de nocturnidad

    Salario base × 12 ÷ jornada anual × 30 % por cada hora nocturna

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.

    Cotiza y tributa como salario. arts. 26 y 32.b

  • Plus de trabajos tóxicos, penosos o peligrosos

    20 % del salario base en función de las horas de exposición; 25 % si concurren dos circunstancias y 30 % si concurren las tres

    Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajadores con el complemento reconocido, según las horas efectivas de exposición al riesgo.

    Cotiza y tributa como salario. art. 32.c

  • Plus de domingos y festivos

    (Salario base × 12 ÷ jornada anual) + 50 % por cada hora trabajada en domingo o festivo

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas efectivas trabajadas en domingo o festivo.

    Cotiza y tributa como salario. arts. 25 y 32.d

    Por acuerdo puede sustituirse por un día más de descanso.

  • Complemento garantizado en sistemas de incentivos

    de 1,52 a 1,74 € por día trabajado según categoría

    Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Solo en empresas con sistema de incentivos, por día efectivamente trabajado.

    Cotiza y tributa como salario. anexo II del convenio

    Además, con rendimiento correcto la tarifa de incentivos debe dar al menos un 25 % del salario base (art. 33). El anexo II también da importe para «Lis. Almacén» y «Chófer Motocarro» (1,68 €) y «Mozo Especialista Almacén» (1,61 €), categorías sin fila propia en la tabla salarial.

  • Paga de septiembre

    Importe anual único de 750,05 € para todas las categorías

    Quién lo cobra: Toda la plantilla a jornada completa (proporcional a tiempo parcial); se devenga del 1 de octubre del año anterior al 30 de septiembre.

    Cotiza y tributa como salario. art. 34.c

    Se paga una vez al año, no es mensual.

  • Dieta

    Importe no publicado para 2025

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes o desplazamientos por orden de la empresa a otras poblaciones (territorio nacional).

    Dieta: no cotiza hasta los límites del art. 147.2 LGSS (manutención en España: 26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta); lo que supere esos límites cotiza. art. 32.e y tabla salarial

    El texto del convenio remite a las tablas, pero la tabla de 2025 publicada no incluye el importe de la dieta.

  • Media dieta

    Importe no publicado para 2025

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes o desplazamientos por orden de la empresa a otras poblaciones (territorio nacional).

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza hasta los límites del art. 147.2 LGSS (manutención en España: 26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta); lo que supere esos límites cotiza. art. 32.e y tabla salarial

    La tabla de 2025 publicada no incluye el importe de la media dieta.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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