Tabla salarial 2025 · Provincial · Murcia

Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Murcia 2025.

Sueldo bruto de las 13 categorías del convenio de limpieza de edificios y locales de Murcia en 2025: de 17.628 € a 19.771 € al año.

FUENTEBORM · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
+2,0 %

Incremento del 2 % sobre el total anual de las tablas de 2024, distribuido según la tabla 2025. (art. 32) Fuente

Hora extra10,08–11,31 €

El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 29) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el BORM. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaGrupoBase / mesPagasBruto anualHora extraPlusesCalcular
Director/a1.119,33 €1619.770,55 €11,31 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 478,17 €/mesNeto de Director/a
Jefe/a de Servicios1.073,56 €1619.034,79 €10,89 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 474,67 €/mesNeto de Jefe/a de Servicios
Titulado/a grado superior1.062,12 €1618.850,76 €10,78 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 473,79 €/mesNeto de Titulado/a grado superior
Titulado/a grado medio1.050,68 €1618.666,91 €10,68 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 472,91 €/mesNeto de Titulado/a grado medio
Jefe administrativo/a1.062,12 €1618.850,76 €10,78 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 473,79 €/mesNeto de Jefe administrativo/a
Oficial administrativo/a 1.ª1.050,68 €1618.666,91 €10,68 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 472,91 €/mesNeto de Oficial administrativo/a 1.ª
Oficial administrativo/a 2.ª1.039,23 €1618.482,88 €10,57 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 472,04 €/mesNeto de Oficial administrativo/a 2.ª
Auxiliar administrativo/a1.031,82 €1618.363,66 €10,51 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 471,47 €/mesNeto de Auxiliar administrativo/a
Encargado/a de zona1.037,81 €1618.460,03 €10,56 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 471,93 €/mesNeto de Encargado/a de zona
Responsable de grupo993,47 €1617.747,12 €10,15 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 468,53 €/mesNeto de Responsable de grupo
Conductor/a - limpiador/a1.014,24 €1618.081,06 €10,34 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 470,12 €/mesNeto de Conductor/a - limpiador/a
Peón especialista1.013,53 €1618.069,63 €10,34 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 470,07 €/mesNeto de Peón especialista
Limpiador/a986,08 €1617.628,32 €10,08 €Plus de asistencia: 100,93 €/mes; Complemento de permanencia: 14,33 €/mes; Complemento de productividad variable: 467,97 €/mesNeto de Limpiador/a

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.748 horas de jornada anual del convenio.

Notas de la tabla

Anexo «Tablas salariales 2024, 2025, 2026 y 2027» del convenio (BORM n.º 220, 20/9/2024), incremento del art. 32: 2 % sobre el total anual de 2024. Columnas de la tabla: salario base, plus de asistencia, plus de permanencia, productividad variable, pagas extra de marzo, junio, septiembre y Navidad (cada una igual al salario base) y total anual. pagas = 16 (12 mensualidades + 4 extras, art. 22). El anual es el literal de la tabla y equivale a 12 × (base + asistencia + permanencia) + productividad variable + 4 × base. La antigüedad consolidada (art. 20) se suma aparte.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Antigüedad consolidada (congelada a 31/12/2008)

    Importe personal fijo: lo devengado por antigüedad (incluido el antiguo plus de permanencia) hasta el 31/12/2008; desde entonces no se generan nuevos trienios

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad devengada a 31/12/2008.

    Cotiza y tributa como salario. art. 20

    No se puede calcular con datos del convenio: el importe figura en la nómina de cada persona. Se suma también a las cuatro pagas extra (art. 22), por eso 16 pagas.

  • Plus de nocturnidad

    1,11 € por hora

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Cada hora efectiva de trabajo entre las 22:00 y las 6:00.

    Cotiza y tributa como salario. art. 27

    En 2026: 1,14 €/hora.

  • Plus de plazas de abastos

    el 6 % de tu salario base

    Quién lo cobra: Trabajo en industrias cárnicas, mataderos, industrias de pescado y salazones y plazas de abastos (no en grandes centros y superficies comerciales).

    Cotiza y tributa como salario. art. 25

  • Plus tóxico, penoso y peligroso

    el 20 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Centros hospitalarios públicos del Servicio Murciano de Salud o de la Comunidad Autónoma, residencias geriátricas y psiquiátricos públicos, facultades de medicina y veterinaria; en hospitales privados, zonas de UCI, UVI, quirófanos, hospitalización y urgencias.

    Cotiza y tributa como salario. art. 26

    Se respetan cantidades superiores que ya se vinieran cobrando. Desde el 1/10/2027 habrá un 10 % para la limpieza de centros de salud públicos con contratos firmados después del 30/9/2027 (art. 26.3).

  • Dieta: una comida fuera

    11,22 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a hacer una comida fuera, si la empresa no contrata el servicio.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta por desplazamiento: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y art. 9 RIRPF (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); todos los importes del convenio quedan por debajo. art. 31

  • Dieta: comida y cena fuera

    22,44 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a hacer comida y cena fuera, si la empresa no contrata el servicio.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta por desplazamiento: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y art. 9 RIRPF (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); todos los importes del convenio quedan por debajo. art. 31

  • Dieta completa con pernocta

    34,30 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento con dieta completa y pernocta, si la empresa no contrata el servicio.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta por desplazamiento: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y art. 9 RIRPF (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); todos los importes del convenio quedan por debajo. art. 31

  • Gratificación del día del patrón (3 de noviembre)

    Un día de salario real, una vez al año (3 de noviembre); si la persona prefiere, lo cambia por un día de descanso

    Quién lo cobra: Todas las categorías.

    Cotiza y tributa como salario. art. 35

    Se paga sobre la retribución ordinaria de noviembre.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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