Tabla salarial 2025 · Provincial · Madrid

Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Madrid 2025.

Sueldo bruto de las 28 categorías del convenio de limpieza de edificios y locales de Madrid en 2025: de 15.148 € a 28.549 € al año.

FUENTEBOCM · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
+2,8 %

Prórroga de un año por no denuncia: las tablas de 2024 se incrementan un 2,80 % (IPC definitivo de 2024), con efectos desde el 1 de enero de 2025 y abono retroactivo (art. 6; acta de la comisión negociadora de 27/1/2025) Fuente

Hora extra15,24–28,73 €

La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. (art. 32) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el BOCM. Ver la tabla oficial

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Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualHora extraPlusesCalcular
Grupo 1 · Directivos y técnicos
Director/a1.651,98 €1528.548,59 €28,73 €Plus convenio: 251,26 €/mesNeto de Director/a
Jefe/a de departamento o servicio1.547,17 €1526.903,58 €27,07 €Plus convenio: 246,40 €/mesNeto de Jefe/a de departamento o servicio
Titulado/a de grado superior1.333,22 €1523.550,66 €23,70 €Plus convenio: 236,82 €/mesNeto de Titulado/a de grado superior
Titulado/a de grado medio1.265,06 €1522.482,36 €22,62 €Plus convenio: 233,77 €/mesNeto de Titulado/a de grado medio
Grupo 2 · Administrativos
Jefe/a administrativo/a1.335,20 €1523.581,34 €23,73 €Plus convenio: 236,89 €/mesNeto de Jefe/a administrativo/a
Cajero/a1.216,86 €1521.726,63 €21,86 €Plus convenio: 231,58 €/mesNeto de Cajero/a
Oficial 1.ª administrativo/a1.180,43 €1521.155,93 €21,29 €Plus convenio: 229,96 €/mesNeto de Oficial 1.ª administrativo/a
Oficial 2.ª administrativo/a1.112,14 €1520.084,70 €20,21 €Plus convenio: 226,84 €/mesNeto de Oficial 2.ª administrativo/a
Auxiliar administrativo/a1.043,83 €1519.014,56 €19,13 €Plus convenio: 223,81 €/mesNeto de Auxiliar administrativo/a
Aspirante administrativo/a797,13 €1515.147,84 €15,24 €Plus convenio: 212,72 €/mesNeto de Aspirante administrativo/a
Telefonista1.023,45 €1518.695,05 €18,81 €Plus convenio: 222,89 €/mesNeto de Telefonista
Cobrador/a1.023,45 €1518.695,05 €18,81 €Plus convenio: 222,89 €/mesNeto de Cobrador/a
Grupo 3 · Mandos intermedios
Encargado/a general1.333,22 €1523.550,66 €23,70 €Plus convenio: 236,82 €/mesNeto de Encargado/a general
Supervisor/a o encargado/a de zona1.269,39 €1522.549,90 €22,69 €Plus convenio: 233,93 €/mesNeto de Supervisor/a o encargado/a de zona
Supervisor/a o encargado/a de sector1.216,86 €1521.725,55 €21,86 €Plus convenio: 231,51 €/mesNeto de Supervisor/a o encargado/a de sector
Encargado/a de grupo o edificio1.084,05 €†1519.596,85 €119,72 €Plus convenio: 226,00 €/mesNeto de Encargado/a de grupo o edificio
Responsable de equipo979,42 €†1517.972,50 €218,09 €Plus convenio: 222,04 €/mesNeto de Responsable de equipo
Grupo 4 · Subalternos
Ordenanza967,72 €1517.821,20 €17,93 €Plus convenio: 220,36 €/mesNeto de Ordenanza
Almacenero/a967,72 €1517.821,20 €17,93 €Plus convenio: 220,36 €/mesNeto de Almacenero/a
Vistero/a967,72 €1517.821,20 €17,93 €Plus convenio: 220,36 €/mesNeto de Vistero/a
Vigilante967,72 €1517.821,20 €17,93 €Plus convenio: 220,36 €/mesNeto de Vigilante
Grupo 5 · Personal obrero
Especialista1.084,05 €†1519.596,85 €319,72 €Plus convenio: 226,00 €/mesNeto de Especialista
Peón especializado/a o cristalero/a especialista979,42 €†1517.972,50 €418,09 €Plus convenio: 222,04 €/mesNeto de Peón especializado/a o cristalero/a especialista
Conductor/a-limpiador/a1.125,42 €†1520.233,85 €520,36 €Plus convenio: 227,21 €/mesNeto de Conductor/a-limpiador/a
Limpiador/a967,86 €†1517.785,95 €617,90 €Plus convenio: 221,13 €/mesNeto de Limpiador/a
Grupo 6 · Oficios varios
Oficial (oficios varios)1.083,75 €†1519.587,75 €719,71 €Plus convenio: 225,69 €/mesNeto de Oficial (oficios varios)
Ayudante (oficios varios)979,42 €†1517.972,50 €818,09 €Plus convenio: 222,04 €/mesNeto de Ayudante (oficios varios)
Peón (oficios varios)967,86 €†1517.785,95 €917,90 €Plus convenio: 221,13 €/mesNeto de Peón (oficios varios)

1. Encargado/a de grupo o edificio: La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

2. Responsable de equipo: La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

3. Especialista: La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

4. Peón especializado/a o cristalero/a especialista: La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

5. Conductor/a-limpiador/a: La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

6. Limpiador/a: La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

7. Oficial (oficios varios): La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

8. Ayudante (oficios varios): La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

9. Peón (oficios varios): La tabla da salario base y plus convenio diarios. Mensual = diario × 365 / 12 (calculado). El total anual de la tabla es literal y equivale a (salario día + plus día) × 455 (365 días + 3 gratificaciones de 30 días, art. 31).

† La tabla oficial da importes anuales: el mensual es el anual dividido entre el número de pagas, como indica el convenio.

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.739 horas de jornada anual del convenio.

Notas de la tabla

Revisión salarial 2025 (acta de la comisión negociadora de 27/1/2025, BOCM 3/3/2025): prórroga de un año con +2,80 % (IPC 2024) sobre la tabla 2024, con efectos de 1/1/2025. pagas = 15 (12 + verano, Navidad y beneficios). El anual es el «T. ANUAL» literal de la tabla = (salario base + plus convenio) × 15 en las categorías mensuales (diferencias de hasta 0,10 € por redondeo) y (salario día + plus día) × 455 en las diarias. Pluses generales 2025: plus domingos y festivos 24,11 € por día trabajado; ayuda de guardería y escuela infantil 30,89 €/mes por hijo/a de hasta 4 años (art. 46). Nocturnidad: +25 % del salario base (art. 29.5); antigüedad: trienios del 4 % del salario base (art. 29.2).

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Antigüedad (trienios del 4 %)

    un 4 % del salario base cada tres años (trienio)

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Complemento personal para toda la plantilla.

    Cotiza y tributa como salario. art. 29.2

    El convenio no fija número máximo de trienios. Se cobra también en las tres gratificaciones (art. 31: 30 días de salario base más antigüedad y plus convenio), por eso 15 pagas.

  • Plus de domingos y festivos

    24,11 € por cada día trabajado

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada domingo o festivo trabajado en jornada completa; proporcional si la jornada es menor.

    Cotiza y tributa como salario. art. 29.4

    Importe 2025 de la tabla de revisión salarial (BOCM 3/3/2025). El art. 29.4 fijaba 22,21 € (2022), 22,77 € (2023) y 23,45 € (2024). Pregunta: número de domingos y festivos trabajados al mes.

  • Plus de nocturnidad

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.

    Cotiza y tributa como salario. art. 29.5

    La jornada nocturna completa es de 37 h semanales (1.650 h/año, art. 20).

  • Plus de toxicidad, penosidad o peligrosidad

    Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Tareas tóxicas, peligrosas o penosas que no puedan subsanarse, por el tiempo en que se realicen. Las determina la jurisdicción social..

    Cotiza y tributa como salario. art. 41

    Es una alternativa: plus o reducción de jornada, a opción del trabajador.

  • Ayuda de guardería y escuela infantil

    30,89 € al mes, en 12 pagas

    Quién lo cobra: Por cada hijo/a de cuatro años o menos (el importe se multiplica por el número de hijos/as).

    Cotiza y tributa como salario. Es una percepción en dinero que no figura entre las exclusiones del art. 147.2 LGSS. art. 46

    Importe 2025 de la tabla de revisión salarial (BOCM 3/3/2025). El art. 46 fijaba 28,46 € (2022), 29,17 € (2023) y 30,05 € (2024) mensuales.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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