Tabla salarial 2025 · Provincial · Ciudad Real

Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Ciudad Real 2025.

Sueldo bruto de las 17 categorías del convenio de limpieza de edificios y locales de Ciudad Real en 2025: de 14.512 € a 19.376 € al año.

FUENTEBOP Ciudad Real · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
+3,0 %

3 % con efectos de 1 de enero de 2025 (art. 5) Fuente

Hora extra13,87–18,43 €

El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 17 y anexo VI) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el Fuente. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

Montar mi bruto anual

Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualHora extraCalcular
Grupo II · Personal administrativo
Oficial de 1ª1.140,70 €1517.110,50 €*16,50 €Neto de Oficial de 1ª
Oficial de 2ª1.064,89 €1515.973,35 €*15,39 €Neto de Oficial de 2ª
Auxiliar Administrativo970,33 €1514.554,95 €*13,99 €Neto de Auxiliar Administrativo
Grupo III · Mandos intermedios
Encargado General1.291,72 €1519.375,80 €*18,29 €Neto de Encargado General
Supervisor o Encargado de zona1.235,16 €1518.527,40 €*17,83 €Neto de Supervisor o Encargado de zona
Encargado de Sector1.140,53 €1517.107,95 €*16,51 €Neto de Encargado de Sector
Encargado de Grupo34,27 €/día15—15,29 €Neto de Encargado de Grupo
Responsable de Equipo33,86 €/día15—15,01 €Neto de Responsable de Equipo
Subalternos (fuera de los grupos del art. 12)
Ordenanza y Almacenero967,49 €1514.512,35 €*13,97 €Neto de Ordenanza y Almacenero
Listero vigilante967,49 €1514.512,35 €*13,97 €Neto de Listero vigilante
Grupo IV · Personal operario
Conductor-Limpiador35,94 €/día15—15,75 €Neto de Conductor-Limpiador
Especialista33,14 €/día15—18,43 €Neto de Especialista
Peón Especializado32,17 €/día15—14,08 €Neto de Peón Especializado
Limpiador/a31,63 €/día15—13,87 €Neto de Limpiador/a
Oficios varios (fuera de los grupos del art. 12)
Oficial36,30 €/día15—15,92 €Neto de Oficial
Ayudante34,24 €/día15—14,98 €Neto de Ayudante
Peón31,63 €/día15—13,87 €Neto de Peón

* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.770 horas de jornada anual del convenio.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Antigüedad (trienios)

    un 4 % del salario base cada tres años (trienio)

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.

    Cotiza y tributa como salario. art. 36

    Cuenta también en las pagas extra (30 días de salario base más antigüedad, arts. 38-39). Lo devengado hasta el 31/12/1995 queda congelado y se respetan los porcentajes adquiridos antes del 1/1/1994.

  • Plus convenio (jornada de lunes a viernes)

    6,26 € por cada día trabajado

    Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo, en jornada de lunes a viernes; proporcional a la jornada.

    Cotiza y tributa como salario. art. 37 y anexos VI-VII

    Plus salarial.

  • Plus convenio (jornada de lunes a sábado)

    5,70 € por cada día trabajado

    Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo, en jornada de lunes a sábado; proporcional a la jornada.

    Cotiza y tributa como salario. art. 37 y anexos VI-VII

    Plus salarial. Elegir uno de los dos pluses convenio según la jornada.

  • Trabajo en festivo

    el 40 % de tu salario base

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada festivo trabajado.

    Cotiza y tributa como salario. art. 16

    El texto no precisa si el 40 % es del salario base diario o mensual; lo razonable es el diario de la jornada festiva.

  • Plus de nocturnidad

    el 25 % de tu salario base

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo nocturno, según el Acuerdo Marco Sectorial de limpieza de edificios y locales.

    Cotiza y tributa como salario. art. 43

  • Plus de trabajos tóxicos, penosos o peligrosos

    el 20 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajos tóxicos, penosos o peligrosos.

    Cotiza y tributa como salario. art. 42

  • Compensación por no entrega de uniforme

    0,84 € por cada día trabajado

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no entrega los uniformes (obligación: cada seis meses como mínimo).

    Cotiza y tributa como salario. La ropa de trabajo cotiza desde el RDL 20/2012. art. 41

  • Plus de distancia

    0,38 € por km, a la ida y a la vuelta

    Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Si la empresa no pone medios de desplazamiento y el centro está a más de 2 km del casco urbano de la localidad de contratación.

    Cotiza y tributa como salario. Compensa el desplazamiento al centro habitual: cotiza (art. 147 LGSS). art. 44

    El anexo de tablas de 2025 da 0,37 € «por km»; se toma el importe del art. 44, que fija la cuantía año a año.

  • Dieta: una comida o cena

    16,62 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por cuenta de la empresa.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 40

  • Dieta: dos comidas o cenas

    22,23 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por cuenta de la empresa.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 40

  • Dieta completa

    50,49 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por cuenta de la empresa con pernocta.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 40

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

Ver soluciones para empresas