Tabla salarial 2026 · Autonómico · Cataluña

Tablas salariales de formación no reglada de Cataluña 2026.

Sueldo bruto de las 15 categorías del convenio de formación no reglada de Cataluña en 2026: de 16.072 € a 29.106 € al año.

FUENTEDOGC · Tabla 2026 · actualizado el
Subida en 2026
+2,5 %

Categorías a extinguir sin asimilar: +2,5 % (disposición transitoria segunda) Fuente

Hora extra21,64–39,18 €

La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Alternativa: compensación con horas de descanso agrupadas en días, cuando sea posible. (art. 21) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el DOGC. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2026 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2026.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualSubida vs 2025Hora extraCalcular
Grupo 1. Personal docente
Profesor1.562,00 €1421.868,00 €+2,6 %29,44 €Neto de Profesor
Grupo 2. Personal técnico
Experto2.079,00 €1429.106,00 €+2,5 %39,18 €Neto de Experto
Orientador profesional1.431,00 €1420.034,00 €+2,5 %26,97 €Neto de Orientador profesional
Consultor1.562,00 €1421.868,00 €+2,6 %29,44 €Neto de Consultor
Informático1.562,00 €1421.868,00 €+2,6 %29,44 €Neto de Informático
Bibliotecario1.431,00 €1420.034,00 €+2,5 %26,97 €Neto de Bibliotecario
Intérprete/traductor1.431,00 €1420.034,00 €+2,5 %26,97 €Neto de Intérprete/traductor
Grupo 3. Personal de administración y comercial
Nivel 1. Jefe de administración1.595,00 €1422.330,00 €+2,5 %30,06 €Neto de Nivel 1. Jefe de administración
Nivel 2. Responsable de sección1.478,00 €1420.692,00 €+2,6 %27,85 €Neto de Nivel 2. Responsable de sección
Nivel 3. Oficial administrativo1.283,00 €1417.962,00 €+2,6 %24,18 €Neto de Nivel 3. Oficial administrativo
Nivel 4. Auxiliar administrativo1.159,00 €1416.226,00 € SMI1+2,6 %21,84 €Neto de Nivel 4. Auxiliar administrativo
Grupo 4. Personal de servicios generales
Nivel 1. Jefe de servicios generales1.482,00 €1420.748,00 €+2,6 %27,93 €Neto de Nivel 1. Jefe de servicios generales
Nivel 2. Oficial de servicios1.285,00 €1417.990,00 €+2,6 %24,22 €Neto de Nivel 2. Oficial de servicios
Nivel 3. Auxiliar de servicios1.232,00 €1417.248,00 €+2,6 %23,22 €Neto de Nivel 3. Auxiliar de servicios
Nivel 4. Monitor1.148,00 €1416.072,00 € SMI2+2,5 %21,64 €Neto de Nivel 4. Monitor

SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

1. Nivel 4. Auxiliar administrativo: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional octava obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo anual.

2. Nivel 4. Monitor: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional octava obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo anual.

Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.300 horas de jornada anual del convenio.

Notas de la tabla

Tabla 2026 del anexo V del II Convenio («confeccionadas por 14 pagas»): salario mensual, salario anual (= mensual × 14, literal) y trienio.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Antigüedad (trienios)

    Importe mensual del trienio de la tabla × número de trienios (acumulativo)

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personal que ya lo tenía: no se aplica a contrataciones desde el 1/1/2012 en empresas que aplicaban el Acuerdo de eficacia limitada, ni desde el 1/1/2020 en empresas que aplicaban el VIII Convenio de enseñanza privada de Cataluña, ni a nuevas contrataciones ni a categorías de nueva creación.

    Cotiza y tributa como salario. arts. 41 y 42; anexo V

    Se cobra desde la nómina del mes en que vence y en 14 pagas. El grupo técnico y el monitor no tienen trienio en la tabla.

  • Cargo de director

    300,00 € al mes, en 14 pagas

    Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

    Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

    La tabla da 4.200 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

  • Cargo de subdirector

    250,00 € al mes, en 14 pagas

    Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

    Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

    La tabla da 3.500 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

  • Cargo de jefe de estudios

    240,00 € al mes, en 14 pagas

    Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

    Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

    La tabla da 3.360 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

  • Cargo de jefe de departamento

    150,00 € al mes, en 14 pagas

    Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

    Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

    La tabla da 2.100 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

  • Cargo de responsable de prevención riesgos laborales

    100,00 € al mes, en 14 pagas

    Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

    Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

    La tabla da 1.400 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

  • Cargo de responsable de calidad

    100,00 € al mes, en 14 pagas

    Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

    Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

    La tabla da 1.400 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

  • Plus de transporte

    de 6 a 60 € al mes según categoría, en 11 pagas

    Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla; proporcional a la jornada en los contratos a tiempo parcial. Grupos 1 a 4: 60 €/mes; monitor: 6 €/mes, en 11 mensualidades.

    Cotiza y tributa como salario. El convenio lo llama extrasalarial, pero el plus de transporte cotiza desde 2013 (art. 147 LGSS). art. 49; anexo V

    Importes iguales en 2025 y 2026 (660 € y 66 € al año).

  • Trabajo nocturno

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza.

    Cotiza y tributa como salario. art. 47

  • Anulación de clases sin aviso

    Se paga el valor de 1 hora

    Quién lo cobra: Profesor o experto pagado por hora que se presenta y la clase se anula o el alumno no acude sin aviso; no se aplica a quien tiene jornada general con su salario.

    Cotiza y tributa como salario. art. 48

  • Kilometraje con vehículo propio

    Precio por km como mínimo igual al fijado legalmente; la empresa paga además los gastos del desplazamiento

    Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidades del servicio fuera de la localidad del centro con vehículo propio.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Gasto de locomoción: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 50

    Las condiciones concretas van en el pacto de empresa.

  • Premio de fidelidad o permanencia

    3 gratificaciones por los primeros 15 años y 1 más por cada 5 años que excedan de 15; cada gratificación equivale al salario base de la nómina

    Quién lo cobra: 15 años de servicio en la empresa y 60 años de edad, a petición propia y una sola vez. No se aplica a contrataciones desde el 1/1/2008, a nuevas contrataciones ni a categorías de nueva creación.

    Cotiza y tributa como salario. art. 56

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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