Convenio colectivo · Autonómico · Cataluña
Convenio de formación no reglada de Cataluña 2026.
El convenio de formación no reglada de Cataluña está vigente (vigencia hasta el 31/12/2027). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 29.106 € brutos al año. Vacaciones: 22 días laborables.
FUENTEDOGC · 15/04/2025 · actualizado elII Convenio colectivo autonómico de enseñanza y formación no reglada de Cataluña años 2025-2027
Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2027 (art. 4), publicado en el DOGC el 15/04/2025. Tablas 2025 y 2026 en el anexo V; las de 2027 se negociarán en el cuarto trimestre (disposición transitoria primera).
Comprueba que es tu convenio
Este convenio autonómico prevalece en Cataluña sobre el convenio estatal de enseñanza y formación no reglada. Se aplica a academias y empresas privadas de formación no reglada y formación para el empleo (idiomas, informática, peluquería y estética, oposiciones, refuerzo escolar, música, deporte…).
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Experto | 2.079,00 € | 14 | 29.106,00 € | Calcular neto |
| Nivel 1. Jefe de administración | 1.595,00 € | 14 | 22.330,00 € | Calcular neto |
| Profesor | 1.562,00 € | 14 | 21.868,00 € | Calcular neto |
| Consultor | 1.562,00 € | 14 | 21.868,00 € | Calcular neto |
| Informático | 1.562,00 € | 14 | 21.868,00 € | Calcular neto |
| Nivel 1. Jefe de servicios generales | 1.482,00 € | 14 | 20.748,00 € | Calcular neto |
| Nivel 2. Responsable de sección | 1.478,00 € | 14 | 20.692,00 € | Calcular neto |
| Orientador profesional | 1.431,00 € | 14 | 20.034,00 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 15. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 15 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Tabla 2026 del anexo V del II Convenio («confeccionadas por 14 pagas»): salario mensual, salario anual (= mensual × 14, literal) y trienio.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 22 días laborables al año (art. 22).
4 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 28.a |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidado | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 28.b |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 28.c |
| Traslado de domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 28.d |
| Boda de un hijo/a, hermano/a o familiar de 1.er grado | 1 | Mejora el Estatuto | art. 28.e |
| Deber inexcusable de carácter público y personal, incluido el voto | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 28.f |
| Consulta médica de la Seguridad Social, propia o acompañando a familiares de 1.er grado | hasta 20 horas al año (las consultas de especialista no cuentan en ese límite; excluida la rehabilitación) | Mejora el Estatuto | art. 28.g |
| Funciones sindicales o de representación del personal | en los términos legales o del convenio | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 28.h |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites previos de adopción, guarda o acogimiento | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 28.i |
| Imposibilidad de acudir al trabajo por restricciones de las autoridades o riesgo grave e inminente | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 28.j |
| Exámenes oficiales | la licencia correspondiente, con retribución | Mejora el Estatuto | art. 31 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Antigüedad (trienios) | según categoría, de 26,00 a 32,00 € | Solo personal que ya lo tenía: no se aplica a contrataciones desde el 1/1/2012 en empresas que aplicaban el Acuerdo de eficacia limitada, ni desde el 1/1/2020 en empresas que aplicaban el VIII Convenio de enseñanza privada de Cataluña, ni a nuevas contrataciones ni a categorías de nueva creación | arts. 41 y 42; anexo V |
| Cargo de director | 300,00 € al mes en 14 pagas | Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) | arts. 8 y 51; anexo V |
| Cargo de subdirector | 250,00 € al mes en 14 pagas | Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) | arts. 8 y 51; anexo V |
| Cargo de jefe de estudios | 240,00 € al mes en 14 pagas | Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) | arts. 8 y 51; anexo V |
| Cargo de jefe de departamento | 150,00 € al mes en 14 pagas | Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) | arts. 8 y 51; anexo V |
| Cargo de responsable de prevención riesgos laborales | 100,00 € al mes en 14 pagas | Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) | arts. 8 y 51; anexo V |
| Cargo de responsable de calidad | 100,00 € al mes en 14 pagas | Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) | arts. 8 y 51; anexo V |
| Plus de transporte | según categoría, de 6,00 a 60,00 € al mes | Toda la plantilla; proporcional a la jornada en los contratos a tiempo parcial. Grupos 1 a 4: 60 €/mes; monitor: 6 €/mes, en 11 mensualidades | art. 49; anexo V |
| Trabajo nocturno | 25 % sobre el salario base por hora | Horas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza | art. 47 |
| Anulación de clases sin aviso | Se paga el valor de 1 hora | Profesor o experto pagado por hora que se presenta y la clase se anula o el alumno no acude sin aviso; no se aplica a quien tiene jornada general con su salario | art. 48 |
| Kilometraje con vehículo propio | Precio por km como mínimo igual al fijado legalmente; la empresa paga además los gastos del desplazamiento | Desplazamientos por necesidades del servicio fuera de la localidad del centro con vehículo propio | art. 50 |
| Premio de fidelidad o permanencia | 3 gratificaciones por los primeros 15 años y 1 más por cada 5 años que excedan de 15; cada gratificación equivale al salario base de la nómina | 15 años de servicio en la empresa y 60 años de edad, a petición propia y una sola vez. No se aplica a contrataciones desde el 1/1/2008, a nuevas contrataciones ni a categorías de nueva creación | art. 56 |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Alternativa: compensación con horas de descanso agrupadas en días, cuando sea posible (art. 21).
Subidas pactadas: 2025: (Salarios de 2025 fijados en el anexo V (tabla cerrada, sin porcentaje general)); 2026: (Salarios de 2026 fijados en el anexo V (tabla cerrada, sin porcentaje general)); 2025: 3 % (Categorías a extinguir sin asimilar: +3 %); 2026: 2,5 % (Categorías a extinguir sin asimilar: +2,5 %); 2027: (Sin subida fijada: la comisión negociadora se reúne en el cuarto trimestre para acordarla).
Cláusula de revisión: No hay cláusula de revisión por IPC. Garantía de SMI: si el salario base más los complementos salariales no llega al SMI vigente, se paga un complemento hasta igualarlo en cómputo anual. En prórroga, las condiciones económicas se negocian cada año con efectos de 1 de enero. (disposiciones adicionales primera y octava).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
15 categorías o puestos en 4 grupos profesionales.
Grupo 1. Personal docente 1 categoría
- Profesor
Grupo 2. Personal técnico 6 categorías
- Experto
- Orientador profesional
- Consultor
- Informático
- Bibliotecario
- Intérprete/traductor
Grupo 3. Personal de administración y comercial 4 categorías
- Nivel 1. Jefe de administración
- Nivel 2. Responsable de sección
- Nivel 3. Oficial administrativo
- Nivel 4. Auxiliar administrativo
Grupo 4. Personal de servicios generales 4 categorías
- Nivel 1. Jefe de servicios generales
- Nivel 2. Oficial de servicios
- Nivel 3. Auxiliar de servicios
- Nivel 4. Monitor
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Contrato indefinido (todo el personal): 100 días
- Contrato temporal · personal docente: 80 días
- Contrato temporal · jefe de administración y responsable de sección: 60 días
- Contrato temporal · personal técnico: 50 días
- Contrato temporal · resto del personal: 30 días
Preaviso si te vas
- Personal docente, personal técnico, jefe de administración, responsable de sección y jefe de servicios generales: 1 mes
- Resto del personal: 15 días
06 · Novedades
Novedades del convenio.
- Publicado en el DOGC el II Convenio de enseñanza y formación no reglada de Cataluña 2025-2027, con tablas 2025 y 2026. · DOGC
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de formación no reglada de Cataluña?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027. Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2027 (art. 4), publicado en el DOGC el 15/04/2025. Tablas 2025 y 2026 en el anexo V; las de 2027 se negociarán en el cuarto trimestre (disposición transitoria primera).
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de formación no reglada de Cataluña en 2026?
La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 16.072,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de formación no reglada de Cataluña?
22 días laborables al año, según el art. 22.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Contrato indefinido (todo el personal): 100 días. Contrato temporal · personal docente: 80 días. Contrato temporal · jefe de administración y responsable de sección: 60 días. Contrato temporal · personal técnico: 50 días. Contrato temporal · resto del personal: 30 días.
Fuente: DOGC de 15 de abril de 2025 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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