Dudas laborales · Para empresas

¿Es obligatorio el registro de jornada?

Sí, para todas las empresas. Hay que registrar cada día el horario concreto de inicio y fin de la jornada de cada persona trabajadora (art. 34.9 ET).

Los registros se conservan cuatro años y deben estar a disposición de la plantilla, sus representantes y la Inspección de Trabajo.

FUENTE BOE Art. 34 ET· Actualizado el
Revisado por Gala Worklab ·

En detalle.

  • El sistema se organiza por convenio, por acuerdo o, en su defecto, por decisión de la empresa consultando a los representantes.
  • Vale cualquier sistema fiable: aplicación, tarjeta o papel firmado, siempre que no se pueda manipular.
  • No llevarlo es una infracción grave sancionable por la Inspección.
  • Sirve también para acreditar las horas extra.
Cumplimiento para empresasQué te obliga la ley según tu plantilla y cómo tenerlo al día.
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Lee el texto completo: artículo 34 del Estatuto.

Otras dudas sobre para empresas

Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.

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Hazlo bien a la primera.

El registro de jornada es una de las obligaciones que revisa la Inspección. Comprueba qué más te exige la ley según tu plantilla.

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