Tabla salarial 2025 · Provincial · Huelva

Tablas salariales de sanidad privada de Huelva 2025.

Sueldo bruto de las 6 categorías del convenio de sanidad privada de Huelva en 2025: de 16.659 € a 18.718 € al año.

FUENTEBOP Huelva · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
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Primer año que tenemos de este convenio: no hay tabla anterior con la que comparar.

Hora extra16,59–18,64 €

La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Por acuerdo entre empresa y trabajador/a, en descanso dentro de los 3 meses siguientes (salvo otra fórmula pactada). (art. 18) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el Fuente. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualHora extraCalcular
Grupo 1
Médico/a especialista1.337,03 €1418.718,42 €18,64 €Neto de Médico/a especialista
Médico/a sin especialidad y odontólogo/a1.337,03 €1418.718,42 €18,64 €Neto de Médico/a sin especialidad y odontólogo/a
Enfermero/a, fisioterapeuta y otros titulados/as de grado universitario1.337,03 €1418.718,42 €18,64 €Neto de Enfermero/a, fisioterapeuta y otros titulados/as de grado universitario
Grupo 2
Técnico/a superior, administrativo/a, oficial de mantenimiento y oficiales de oficio1.237,99 €1417.331,86 €17,26 €Neto de Técnico/a superior, administrativo/a, oficial de mantenimiento y oficiales de oficio
Grupo 3
Técnico/a medio: auxiliar de enfermería, de farmacia, administrativo/a y de mantenimiento1.213,71 €1416.991,94 €16,92 €Neto de Técnico/a medio: auxiliar de enfermería, de farmacia, administrativo/a y de mantenimiento
Grupo 4
Servicios generales u oficios: celador/a, pinche, lavandería, limpieza y peón1.189,92 €1416.658,88 €16,59 €Neto de Servicios generales u oficios: celador/a, pinche, lavandería, limpieza y peón

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.757 horas de jornada anual del convenio.

Notas de la tabla

Anexo I del I Convenio provincial (tabla salarial 2025), con salario mes y salario anual por grupo; salario anual es el literal de la tabla (= mes × 14: 12 mensualidades y 2 pagas extra de una mensualidad de conceptos fijos, art. 15). La tabla trae una fila por grupo; aquí se desdobla el grupo 1 en sus tres tipos de personal porque los pluses de festivo cambian (art. 19 y 20). Cada fila conserva en nota fila el texto de la tabla.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de especialización

    el 15 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Personal sanitario, solo por el tiempo trabajado en quirófano, UCI, neonatos (N.E.O.), infecciosos, laboratorio, citostáticos o radiodiagnóstico (hospitales y centros de diagnóstico por imagen)..

    Cotiza y tributa como salario. art. 16

    Transitorio: en las empresas que hoy pagan un porcentaje menor se llega al 15 % de forma progresiva: 10 % en 2026, 12 % en 2027 y 15 % desde el 1/1/2028.

  • Trabajo nocturno

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00..

    Cotiza y tributa como salario. art. 17

  • Festivo especial trabajado

    de 60 a 90 € por día trabajado según categoría

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada festivo especial trabajado (turnos de mañana o tarde del 1 y 6 de enero y 25 de diciembre; tarde o noche del 5 de enero, 24 y 31 de diciembre), además del descanso en otro día. Cuenta de 22:00 del día anterior a 22:00 del festivo..

    Cotiza y tributa como salario. art. 19

    Importe por cada festivo especial trabajado (hasta 6 al año).

  • Festivo normal u ordinario trabajado

    de 30 a 45 € por día trabajado según categoría

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada festivo del calendario laboral (distinto de los especiales) trabajado, además del descanso en otro día. Cuenta de 22:00 del día anterior a 22:00 del festivo..

    Cotiza y tributa como salario. art. 20

    Desde el 1/1/2025.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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