Tabla salarial 2026 · Provincial · Navarra

Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Navarra 2026.

Sueldo bruto de las 12 categorías del convenio de limpieza de edificios y locales de Navarra en 2026: de 22.848 € a 32.763 € al año.

FUENTEBON · Tabla 2026 · actualizado el
Subida en 2026
+3,9 %

IPC estatal de 2025 (2,9 %) + 1 punto sobre todas las tablas salariales, con efectos de 1/1/2026 (art. 5.1) Fuente

Hora extra13,65–19,58 €

El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 28) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el Fuente. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2026 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2026.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualSubida vs 2025Hora extraPlusesCalcular
Grupo Administrativo
Jefe Administrativo1.813,65 €1632.763,36 €+3,9 %19,58 €Plus convenio: 234,06 €/mesNeto de Jefe Administrativo
Oficial Administrativo1.438,45 €1626.370,08 €+3,9 %15,76 €Plus convenio: 209,68 €/mesNeto de Oficial Administrativo
Auxiliar Administrativo1.290,98 €1623.858,08 €+3,9 %14,26 €Plus convenio: 200,15 €/mesNeto de Auxiliar Administrativo
Grupo Subalterno
Almacenero1.227,93 €1622.848,00 €+3,9 %13,65 €Plus convenio: 200,07 €/mesNeto de Almacenero
Ordenanza Cobrador1.227,93 €1622.848,00 €+3,9 %13,65 €Plus convenio: 200,07 €/mesNeto de Ordenanza Cobrador
Grupo Obrero
Encargado General de Limpieza exteriores1.719,52 €1631.160,16 €+3,9 %18,62 €Plus convenio: 227,99 €/mesNeto de Encargado General de Limpieza exteriores
Encargado General de Limpieza interior1.625,56 €1629.559,20 €+3,9 %17,66 €Plus convenio: 221,89 €/mesNeto de Encargado General de Limpieza interior
Jefe Grupo General de Limpieza exteriores1.437,35 €1626.352,32 €+3,9 %15,75 €Plus convenio: 209,67 €/mesNeto de Jefe Grupo General de Limpieza exteriores
Jefe Grupo General de Limpieza interior1.343,28 €1624.748,64 €+3,9 %14,79 €Plus convenio: 203,51 €/mesNeto de Jefe Grupo General de Limpieza interior
Conductor / Conductor-limpiador1.290,93 €1623.857,28 €+3,9 %14,26 €Plus convenio: 200,15 €/mesNeto de Conductor / Conductor-limpiador
Peón especializado / Carretillero1.290,93 €1623.857,28 €+3,9 %14,26 €Plus convenio: 200,15 €/mesNeto de Peón especializado / Carretillero
Peón limpieza1.227,93 €1622.848,00 €+3,9 %13,65 €Plus convenio: 200,07 €/mesNeto de Peón limpieza

Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.673 horas de jornada anual del convenio.

Notas de la tabla

Revisión salarial 2026 (acta de la Comisión Paritaria de 5/2/2026, BON nº 86 de 5/5/2026): +3,9 % (IPC 2025 del 2,9 % + 1 punto) sobre todas las tablas salariales de 2025, con efectos de 1/1/2026 y atrasos en una sola paga. 'anual' = «Total percibido anual» literal = (salario base + plus convenio) × 16. Jornada 2026: 1.673,33 h.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Antigüedad (quinquenios, «antigüedad nueva»)

    Importe mensual por quinquenio según la categoría (columna «1.º, 2.º, 3.º, 5.º y sucesivos quinquenio»), sin límite de quinquenios; el 4.º quinquenio se paga con el importe especial (complemento «antiguedad-4-quinquenio»)

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; cuenta el tiempo desde el último trienio reconocido.

    Cotiza y tributa como salario. art. 10 y tabla salarial

    Se cobra también en las pagas de julio, Navidad y primavera (art. 7.1). Quien cobraba trienios antes del convenio 2012-2014 los conserva como «Antigüedad Consolidada 2012», congelados (no actualizables).

  • Antigüedad: importe del 4.º quinquenio

    El 4.º quinquenio vale el importe de la columna «4.º quinquen.» en lugar del importe ordinario

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Al cumplir el 4.º quinquenio (20 años); se cobra una sola vez, como trienio o como quinquenio.

    Cotiza y tributa como salario. art. 10 y tabla salarial

  • Plus de nocturnidad

    de 1,54 a 2,28 € por hora según categoría

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo nocturno según la normativa vigente (22:00 a 6:00, art. 36 ET).

    Cotiza y tributa como salario. art. 20.1 y tabla salarial

  • Plus de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos

    de 1,54 a 2,28 € por hora según categoría

    Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajos considerados penosos, tóxicos o peligrosos según la normativa vigente; se cobra por cada uno de esos conceptos.

    Cotiza y tributa como salario. art. 20.1 y tabla salarial

  • Plus sustitutorio de penosidad, peligrosidad y toxicidad (centros sanitarios, mataderos, baños públicos y dependencias policiales)

    de 184,19 a 272,05 € al mes según categoría, en 12 pagas

    Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo en centros sanitarios (hospitales, centros de salud, ambulatorios) o laboratorios con materias de personas o animales, mataderos, baños públicos o dependencias policiales o militares.

    Cotiza y tributa como salario. art. 20.2 a 20.5 y tabla salarial

    Sustituye a los pluses de penosidad, peligrosidad y toxicidad por hora.

  • Plus de conductor, conductor-limpiador o carretillero

    40,48 € al mes, en 12 pagas

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Quien trabaja como conductor/a, conductor/a-limpiador/a o carretillero/a (no el peón especializado).

    Cotiza y tributa como salario. tabla salarial

    La tabla da el importe en euros/mes sin decir en cuántas pagas; se toma 12.

  • Plus de conductor-cristalero

    42,02 € al mes, en 12 pagas

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Quien trabaja como conductor/a-cristalero/a.

    Cotiza y tributa como salario. tabla salarial

    La tabla da el importe en euros/mes sin decir en cuántas pagas; se toma 12.

  • Plus de cristalero

    26,26 € al mes, en 12 pagas

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Quien trabaja como cristalero/a.

    Cotiza y tributa como salario. tabla salarial

    La tabla da el importe en euros/mes sin decir en cuántas pagas; se toma 12.

  • Plus de domingos y festivos

    3,28 € por hora

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Solo quien ya tenía reconocido este plus a la entrada en vigor del convenio: por hora trabajada en domingo o festivo.

    Cotiza y tributa como salario. art. 29.1 y tabla salarial

  • Domingos y festivos: abono en metálico para nuevas incorporaciones

    9,24 € por hora

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personas incorporadas desde la entrada en vigor del convenio, si la empresa opta por pagar en vez de dar descanso compensatorio y el plus.

    Cotiza y tributa como salario. art. 29.1 y tabla salarial

  • Plus de desplazamiento (kilometraje)

    0,29 € por kilómetro con vehículo propio; si hay transporte público, el importe del billete de ida y vuelta

    Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Solo quien ya lo cobraba (plus suprimido en 2012-2014, conservado como complemento personal) o quien, por cambio de puesto a iniciativa de la empresa, deba salir de la comarca de Pamplona sin transporte público ni colectivo gratuito.

    Gasto de locomoción: no cotiza hasta 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS y Reglamento del IRPF); el exceso sí cotiza. art. 6 y tabla salarial

    La tabla 2026 publica «Plus Transporte: 0,29 euros/mes» (errata de unidad: en 2024 y 2025 figura en euros/km). El art. 6 dice 0,28 €/km y que el plus conservado no se actualiza: quien lo cobra como complemento personal puede seguir en 0,28 €/km.

  • Compensación por calzado propio

    18,7 € por cada par de zapatillas (o el importe de las botas ofrecidas por la empresa)

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Quien prefiere comprar otro calzado en lugar de las botas o zapatillas que entrega la empresa.

    Cotiza y tributa como salario. art. 16 y tabla salarial

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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