Tabla salarial 2025 · Provincial · Córdoba

Tablas salariales de construcción de Córdoba 2025.

Sueldo bruto de las 16 categorías del convenio de construcción de Córdoba en 2025: de 15.882 € a 20.906 € al año.

FUENTEBOP Córdoba · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
+0,4 %

Cláusula de garantía salarial: la tabla de 2024 se incrementa un 0,40 % (base para 2025). (acta de 29/12/2025 (anexo II, tabla 2024 + CGS) y art. 40) Fuente

Hora extra17,15–26,66 €

El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. La empresa puede compensarlas con descanso equivalente si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año. (art. 54 y tabla 2025 (columnas «dos primeras» y «restantes»)) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el Fuente. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

Montar mi bruto anual

Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualHora extraCalcular
Personal operario (retribución diaria)
Capataz42,75 €/día1420.905,53 €*121,45 €Neto de Capataz
Oficial 1ª; Conductor 1º; Gruista 1º41,62 €/día1420.365,82 €*220,73 €Neto de Oficial 1ª; Conductor 1º; Gruista 1º
Oficial 2ª; Conductor 2º; Gruista 2º39,62 €/día1419.420,75 €*320,00 €Neto de Oficial 2ª; Conductor 2º; Gruista 2º
Vigilante; Ayudante y Guardas38,67 €/día1418.973,65 €*419,64 €Neto de Vigilante; Ayudante y Guardas
Peón especialista38,40 €/día1418.843,81 €*519,54 €Neto de Peón especialista
Peón ordinario37,96 €/día1418.631,43 €*619,35 €Neto de Peón ordinario
Pinche 17-18 años33,61 €/día1416.564,58 €*717,50 €Neto de Pinche 17-18 años
Pinche 16-17 años32,16 €/día1415.882,39 €*817,15 €Neto de Pinche 16-17 años
Personal de retribución mensual
Pers. Téc. Superior1.777,97 €14—926,66 €Neto de Pers. Téc. Superior
Pers. Titulado Medio y Jefe Admtvo. 1º1.530,36 €14—1023,63 €Neto de Pers. Titulado Medio y Jefe Admtvo. 1º
Jefe Personal, Ayudante Obras y Encargo Obras Gral.1.486,06 €14—1123,11 €Neto de Jefe Personal, Ayudante Obras y Encargo Obras Gral.
Jefe Admtvo. 2º, Delineante Sup. y encargados obras1.407,67 €14—1222,14 €Neto de Jefe Admtvo. 2º, Delineante Sup. y encargados obras
Oficial Admtvo. 1ª, Delineante 1º y Encargado obras1.323,16 €14—1321,13 €Neto de Oficial Admtvo. 1ª, Delineante 1º y Encargado obras
Delineante 2º y Práctico Topógrafo1.282,28 €14—1420,63 €Neto de Delineante 2º y Práctico Topógrafo
Oficial Admtvo. 2ª1.247,99 €14—1520,20 €Neto de Oficial Admtvo. 2ª
Aux. Admtvo y Ayudante Topógrafo1.188,72 €14—1619,46 €Neto de Aux. Admtvo y Ayudante Topógrafo

* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

1. Capataz: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

2. Oficial 1ª; Conductor 1º; Gruista 1º: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

3. Oficial 2ª; Conductor 2º; Gruista 2º: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

4. Vigilante; Ayudante y Guardas: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

5. Peón especialista: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

6. Peón ordinario: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

7. Pinche 17-18 años: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

8. Pinche 16-17 años: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

9. Pers. Téc. Superior: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

10. Pers. Titulado Medio y Jefe Admtvo. 1º: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

11. Jefe Personal, Ayudante Obras y Encargo Obras Gral.: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

12. Jefe Admtvo. 2º, Delineante Sup. y encargados obras: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

13. Oficial Admtvo. 1ª, Delineante 1º y Encargado obras: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

14. Delineante 2º y Práctico Topógrafo: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

15. Oficial Admtvo. 2ª: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

16. Aux. Admtvo y Ayudante Topógrafo: Importes transcritos de una imagen del BOP (comprobados por tres vías, ver _verificacion).

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de actividad o asistencia

    25,91 € por cada día trabajado

    Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día de trabajo efectivo, en proporción a la jornada, con rendimiento normal y puntualidad; se pierde con ausencias injustificadas al inicio o al final de la jornada.

    Cotiza y tributa como salario. art. 46 y tabla 2025

    Igual para todas las categorías (también el personal mensual). No está incluido en el «anual» de la fila. Importe transcrito de imagen del BOP.

  • Plus extrasalarial de ropa (desgaste)

    de 1,75 a 2,64 € por día trabajado según categoría

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa no facilita la ropa de trabajo o su reposición; por día efectivamente trabajado.

    Cotiza y tributa como salario. La compensación por ropa de trabajo cotiza desde el RDL 20/2012 (art. 147 LGSS). arts. 37 y 57 y tabla 2025

    Importe transcrito de imagen del BOP.

  • Plus extrasalarial de herramienta (desgaste)

    0,87 € por día trabajado

    Quién lo cobra: Oficial 1.ª, oficial 2.ª y ayudante, si la empresa no facilita la herramienta o su reposición; por día efectivamente trabajado.

    Cotiza y tributa como salario. El desgaste de herramientas cotiza desde el RDL 20/2012 (art. 147 LGSS). arts. 37 y 57 y tabla 2025

    Importe transcrito de imagen del BOP.

  • Plus de dedicación de operadores de grúa

    12,71 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Operadores de grúas torre, puente y telescópicas que inician la jornada 15 minutos antes para revisar la grúa; por día efectivo de trabajo.

    Cotiza y tributa como salario. art. 47.3 y tabla 2025

    Tabla 2025: 12,71 €/día. El acuerdo del SERCLA de 10/11/2025 (BOP 26/11/2025) lo fija en 25,40 €/día para noviembre y diciembre de 2025. El acta del SERCLA prevé mantener los 25,40 € mientras se negocia y aplicarles la subida desde 2026: la relación entre esa cifra y los 15 € del nuevo art. 47.3 no está aclarada en el boletín.

  • Plus de trabajo nocturno

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 (salvo que el salario ya se fijara por ser trabajo nocturno).

    Cotiza y tributa como salario. art. 49

  • Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos

    el 20 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Zanjas y pozos de más de 1,5 m, bámbolas o andamios metálicos de más de 6 m, derribos a más de 2 m, martillos perforadores, túneles y otros que acuerden empresa y representación; no consolidable.

    Cotiza y tributa como salario. art. 53

  • Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras

    4,00 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de contratas de conservación y mantenimiento de carreteras; por día efectivo de trabajo.

    Cotiza y tributa como salario. art. 48

    Importe invariable durante la vigencia del convenio y de la contrata.

  • Gastos de locomoción

    0,20 € por kilómetro desde el límite del casco urbano hasta la obra

    Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Obras a más de 2 km del casco urbano donde se contrató, si la empresa no paga el transporte público ni pone vehículo; un viaje de ida y vuelta.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exento de cotizar hasta 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS y art. 9 del Reglamento del IRPF). art. 56 y tabla 2025

    Importe transcrito de imagen del BOP.

  • Dieta completa

    43,56 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural salvo vacaciones y descansos disfrutados en casa (20 % si la empresa paga manutención y alojamiento).

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. art. 58 y tabla 2025

    Importe transcrito de imagen del BOP.

  • Media dieta

    17,33 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo de trabajo.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. art. 58 y tabla 2025

    Importe transcrito de imagen del BOP.

  • Complemento por discapacidad

    17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento

    Quién lo cobra: Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más).

    Cotiza y tributa como salario. art. 52

  • Antigüedad consolidada («ad personam»)

    Importe fijo e invariable consolidado al 21/11/1996; se suma a las pagas extraordinarias y se extingue con el contrato

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien la tenía el 21/11/1996.

    Cotiza y tributa como salario. art. 55

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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