Dudas laborales · Reclamar y plazos
¿Qué plazo tengo para reclamar un despido?
20 días hábiles desde el día siguiente al despido (art. 59.3 ET y art. 103.1 LRJS). No cuentan sábados, domingos ni festivos; agosto y del 24 de diciembre al 6 de enero sí cuentan para los despidos (art. 43.4 LRJS).
Primero se presenta la papeleta de conciliación, que para el plazo. Si se te pasa, el despido ya no se puede discutir.
En detalle.
- La papeleta para el plazo como máximo 15 días hábiles: se reanuda al día siguiente del acto o a los 15 días hábiles de presentarla, lo que ocurra antes (art. 65.1 LRJS). Si te citan más tarde, no esperes al acto para demandar.
- Lo que queda del plazo es el tiempo que tienes para presentar la demanda en el juzgado.
- Es un plazo de caducidad: no se puede ampliar ni recuperar.
- Para reclamar dinero (salarios, finiquito) el plazo es de un año.
Haz tu papeleta de conciliaciónTu caso en un formulario, con el servicio de tu comunidad y la fecha límite.
EmpezarLee el texto completo: artículo 59 del Estatuto.
Otras dudas sobre reclamar y plazos
- ¿Qué es la papeleta de conciliación y dónde se presenta?
- ¿Qué plazo tengo para reclamar salarios que no me han pagado?
- ¿Necesito abogado para la conciliación o el juicio laboral?
Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.
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