Dudas laborales · Paro
¿Puedo cobrar el paro y trabajar a la vez?
Sí, con un trabajo a tiempo parcial: se descuenta del paro la parte proporcional a las horas trabajadas, si pides la compatibilidad (art. 282.2 LGSS). Con un trabajo a jornada completa el paro se suspende.
Pídela en los 15 días hábiles siguientes a empezar a trabajar para que se aplique desde el primer día.
En detalle.
- Ser autónomo es incompatible con el paro, salvo programas específicos (capitalización o compatibilidad para emprender).
- Si cobras el subsidio, existe además el complemento de apoyo al empleo al encontrar trabajo.
- Comunica al SEPE cualquier alta: no hacerlo puede suponer devolver lo cobrado y una sanción.
- El paro no consumido se puede reanudar cuando termine el nuevo trabajo.
Calcula tu paroCuánto cobrarás y durante cuánto tiempo.
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Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.
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