Convenio colectivo · Provincial · Ourense
Convenio de sanidad privada de Ourense 2026.
El convenio de sanidad privada de Ourense está vigente (vigencia hasta el 31/12/2027). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 23.534 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Ourense · 12/08/2024 · actualizado elConvenio colectivo de la sanidad privada de la provincia de Ourense (2024-2027)
Vigente del 1/7/2024 al 31/12/2027 (BOP Ourense 12/08/2024), con tablas ya fijadas para 2025, 2026 y 2027. Es un convenio nuevo que sustituye al anterior de establecimientos sanitarios de Ourense.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Médico/a | 1.681,00 € | 14 | 23.534,00 € | Calcular neto |
| Farmacéutico/a | 1.681,00 € | 14 | 23.534,00 € | Calcular neto |
| DUE (Enfermero/a) | 1.502,00 € | 14 | 21.028,00 € | Calcular neto |
| Fisioterapeuta | 1.502,00 € | 14 | 21.028,00 € | Calcular neto |
| Técnico/a de Diagnóstico | 1.345,00 € | 14 | 18.830,00 € | Calcular neto |
| Técnico/a de Radioterapia | 1.345,00 € | 14 | 18.830,00 € | Calcular neto |
| Técnico/a de Laboratorio | 1.345,00 € | 14 | 18.830,00 € | Calcular neto |
| Oficial Administrativo | 1.345,00 € | 14 | 18.830,00 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 17. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 17 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Anexo I del convenio 2024-2027 (BOP Ourense n.º 155 de 12/08/2024), columna 2026: salario base mensual por grupo (cada categoría del grupo, una fila). «anual» calculado = salario base × 14 (12 mensualidades + pagas de julio y diciembre de una mensualidad de salario base más antigüedad, art. 20; prorrateables). No incluye antigüedad ni pluses. En el grupo V (1.191 €) el salario base × 14 queda por debajo del SMI 2026: se aplica el SMI si es mayor.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 17).
3 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24.1 |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidado | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24.2 |
| Fallecimiento de parientes de 1.er grado (padres, hijos, cónyuge, yernos y nueras); 5 días si es en otra provincia | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 24.3 |
| Fallecimiento de parientes de 2.º grado | 2 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 2 por el Estatuto | art. 37.3.b bis ET |
| Traslado de domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24 |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24 |
| Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24 |
| Acompañar a consultas médicas a hijos menores de 7 años o ascendientes dependientes | hasta 2 horas por consulta y 8 horas al año | Mejora el Estatuto | art. 24.1 (segundo bloque) |
| Enfermedad propia que no precise más de un día de falta (una vez al año) | 1 | Mejora el Estatuto | art. 24.2 (segundo bloque) |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Antigüedad (trienios) | 18,00 € por cada 3 años | Toda la plantilla: 18 € por cada trienio cumplido en la misma empresa. Entra en las pagas de julio y diciembre. | art. 19 y art. 20 |
| Complemento de trabajo nocturno | 25 % sobre el salario base por hora | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00. | art. 21 |
| Complemento de puesto (toxicidad, peligrosidad, penosidad y mayor especialidad) | 30,00 € al mes | Trabajo exclusivo o preferente, habitual y continuado (más de media jornada) en radioelectrología, radioterapia, medicina nuclear, citostáticos, hemodiálisis, anatomía patológica, quirófanos o clínicas dentales. Si no es habitual, solo por los días trabajados allí. | art. 22 |
| Plus festivo (por turno) | 7,88 € por día | Por cada turno de presencia en festivo (de 22:00 del día anterior a 22:00 del festivo). Los turnos de mañana y tarde del 25 de diciembre y 1 de enero se pagan como festivos dobles. | art. 14.4, art. 14.5 y anexo II |
| Plus domingo (por turno) | 5,63 € por día | Por cada turno de presencia en domingo (de 22:00 del sábado a 22:00 del domingo). | art. 14.4 y anexo II |
| Noches del 24 y 31 de diciembre | 45,00 € | Trabajar la noche del 24 o del 31 de diciembre. | art. 14.5 |
| Guardia localizada (por día) | según categoría, de 8,40 a 18,91 € por día | Por cada día de guardia localizada (jornada complementaria para urgencias y funcionamiento continuado), según el grupo. El anexo III no fija importe para el grupo I. | art. 16 y anexo III |
Horas extra: se pagan con un recargo del 20 % sobre la hora ordinaria. A criterio de la empresa: descanso retribuido equivalente incrementado en un 10 %, en los 3 meses siguientes (art. 15).
Subidas pactadas: 2025: 2,5 % (Salarios de 2024 + 2,5 % (tabla del anexo I)); 2026: 2,5 % (Salarios de 2025 + 2,5 % (tabla del anexo I)); 2027: 3 % (Salarios de 2026 + 3 % (tabla del anexo I)).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
17 categorías o puestos en 5 grupos profesionales.
Grupo I 2 categorías
- Médico/a
- Farmacéutico/a
Grupo II 2 categorías
- DUE (Enfermero/a)
- Fisioterapeuta
Grupo III 5 categorías
- Técnico/a de Diagnóstico
- Técnico/a de Radioterapia
- Técnico/a de Laboratorio
- Oficial Administrativo
- Jefe/a de Cocina
Grupo IV 3 categorías
- Cocinero/a
- Auxiliar de enfermería (TCAE)
- Auxiliar Administrativo
Grupo V 5 categorías
- Telefonista
- Recepcionista
- Limpiador/a
- Pinche de cocina
- Celador/a
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Resto de trabajadores: 2 meses
Preaviso si te vas
- Contrato indefinido: 1 mes
- Contrato temporal de 6 meses a 1 año: 15 días
06 · Novedades
Novedades del convenio.
- Publicado el nuevo convenio de la sanidad privada de Ourense 2024-2027 (UGT y CSIF), con subidas del 2,5 % en 2025 y 2026 y del 3 % en 2027. · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de sanidad privada de Ourense?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/7/2024 al 31/12/2027. Vigente del 1/7/2024 al 31/12/2027 (BOP Ourense 12/08/2024), con tablas ya fijadas para 2025, 2026 y 2027. Es un convenio nuevo que sustituye al anterior de establecimientos sanitarios de Ourense.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de sanidad privada de Ourense en 2026?
La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 16.674,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de sanidad privada de Ourense?
30 días naturales al año, según el art. 17.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Resto de trabajadores: 2 meses.
Fuente: BOP Ourense de 12 de agosto de 2024 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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