Convenio colectivo · Provincial · Pontevedra

Convenio del metal de Pontevedra 2026.

VigenteBOP Pontevedra (BOPPO) 8/7/2026

El convenio del metal de Pontevedra está vigente (vigencia hasta el 31/12/2029). En 2026 el salario de tabla va de 22.523 € a 44.708 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 24 días laborables.

FUENTEBOP Pontevedra (BOPPO) · 08/07/2026 · actualizado el

Convenio Colectivo de trabajo para las empresas del Metal sin convenio propio de la provincia de Pontevedra 2026-2029

CÓDIGO 36001155011981

Nuevo convenio 2026-2029 publicado en el BOPPO de 8/7/2026 (+5 % en 2026). Se denuncia automáticamente tres meses antes de vencer y se prorroga hasta el siguiente (art. 3). El anterior (2023-2025) se aplicó hasta el 31/12/2025.

Comprueba que es tu convenio

Convenio para las empresas del metal SIN convenio propio de Pontevedra; las que tienen convenio de empresa (frecuentes en automoción y naval) se rigen por el suyo.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Ingenieros/as y licenciados/as3.193,40 €1444.707,58 €Calcular neto
Perito con responsabilidad2.905,70 €1440.679,80 €Calcular neto
Ingenieros/as y técnicos/as industriales2.905,70 €1440.679,80 €Calcular neto
Jefe de 1ª técnico de laboratorio2.490,80 €1434.871,14 €Calcular neto
Jefe de taller2.490,80 €1434.871,14 €Calcular neto
Jefe de 1ª organización2.490,80 €1434.871,14 €Calcular neto
Jefe de 1ª administrativo2.490,80 €1434.871,14 €Calcular neto
Delineante proyectista2.267,57 €1431.746,01 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 42. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 42 categorías de la tabla 2026

Notas de la tabla

Anexo I: salario mensual y anual por categoría (14 pagas: 12 + julio y diciembre de 30 días de salario base y C.A.C.), valor hora ordinaria (anual ÷ jornada) y valor mínimo de la hora extra. Grupos profesionales 1 a 7 con subniveles A, B y C («nivel»). 2026: +5 % sobre 2025, anexo I del convenio 2026-2029 (BOPPO de 8/7/2026).

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 24 días laborables al año (art. 30).

7 de los 12 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio16Mejora el Estatutoart. 31.a
Nacimiento, adopción o acogimiento3Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 31.b
Fallecimiento del cónyuge o de hijos/as15Mejora el Estatutoart. 31.c
Fallecimiento de padre o madre5Mejora el Estatutoart. 31.c1
Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º grado2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 31.d
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º grado5 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)art. 31.e
Traslado de domicilio1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 31.f
Deber inexcusable de carácter público y personal—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 31.i
Matrimonio de hijos/as o hermanos/as1Mejora el Estatutoart. 31.j
Fallecimiento de tíos/as carnales1Mejora el Estatutoart. 31.k
Consulta médica y acompañamiento—Mejora el Estatutoart. 31.g y h
Exámenes oficiales—Mejora el Estatutoart. 31.l

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Plus por trabajos especiales (un supuesto)0,80 € por horaPuestos penosos, tóxicos o peligrosos calificados así por empresa y representación (un supuesto), por horaart. 53 y anexo I
Plus por trabajos especiales (dos o más supuestos)1,24 € por horaPuestos con dos o más supuestos de penosidad, toxicidad o peligrosidad, por horaart. 53 y anexo I
Plus de responsable de equipo20 % sobre el salario baseProfesional de oficio que, con trabajo manual, controla a un grupo de 3 a 8 personasart. 54
Plus de nocturnidad25 % sobre la hora ordinaria por horaTrabajo entre las 22:00 y las 6:00art. 58 y anexo IV
Incremento por trabajo en domingo o festivo25 % sobre el salario baseJornadas en domingo o festivo por las características del trabajoart. 58
Plus de disponibilidad o guardia (día laborable)8,00 € por díaCada día laborable en que la persona está localizable para atender eventualidades con el sistema que da la empresaart. 58 bis
Plus de disponibilidad o guardia (día no laborable, domingo o festivo)10,00 € por díaCada día no laborable, domingo o festivo en que la persona está localizable para atender eventualidades con el sistema que da la empresaart. 58 bis
Plus de disponibilidad o guardia (festivo especial (1 de enero, 24, 25 y 31 de diciembre))12,00 € por díaCada festivo especial (1 de enero, 24, 25 y 31 de diciembre) en que la persona está localizable para atender eventualidades con el sistema que da la empresaart. 58 bis
Complemento de antigüedad consolidado (C.A.C.)según categoría, de 55,45 a 124,90 €Solo personal con contrato indefinido anterior al 31/12/1999 (los contratos posteriores no generan antigüedad)art. 55 y tabla de C.A.C.
Dieta completa54,98 € por díaDesplazamiento por orden de la empresa que impide comer y pernoctar en casaart. 52 y anexo I
Media dieta19,43 € por díaDesplazamiento que impide hacer una comida en casaart. 52 y anexo I
Kilometraje en vehículo propio0,39 €Desplazamiento voluntario con el vehículo propio a petición de la empresaart. 52 y anexo I

Horas extra: precio fijado por categoría, de 20,43 a 42,54 € la hora (nocturnas +25 %) (art. 59 y anexo I).

Subidas pactadas: 2025: 3 % (+3 % pactado para 2025 (convenio 2023-2025); sin actualización porque el IPC de 2024 (2,8 %) no superó el 3 %); 2026: 5 % (+5 % sobre las tablas de 2025); 2027: 4 % (+4 % sobre las tablas de 2026).

Cláusula de revisión: Garantía: si el IPC real del año supera la subida pactada (5 % en 2026, 4 % en 2027, 3 % en 2028 y 2029), se actualiza en el exceso, con atrasos desde el 1 de enero y como base de la tabla siguiente; tope del 2,5 % en 2027, 2028 y 2029 (sin tope en 2026). Las dietas suben lo mismo que los salarios. (arts. 46 y 52).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

42 categorías o puestos en 7 grupos profesionales.

Grupo 1 1 categoría
  • Ingenieros/as y licenciados/as · nivel A
Grupo 2 6 categorías
  • Perito con responsabilidad · nivel A
  • Ingenieros/as y técnicos/as industriales · nivel A
  • Jefe de 1ª técnico de laboratorio · nivel B
  • Jefe de taller · nivel B
  • Jefe de 1ª organización · nivel B
  • Jefe de 1ª administrativo · nivel B
Grupo 3 8 categorías
  • Delineante proyectista · nivel A
  • Jefe de 2ª organización · nivel A
  • Jefe de 2ª · nivel A
  • Graduados/as sociales · nivel A
  • Maestros/as industriales · nivel B
  • Maestro/a de taller · nivel B
  • Contramaestre · nivel B
  • Jefe de 2ª técnico laboratorio · nivel B
Grupo 4 7 categorías
  • Encargado/a · nivel A
  • Analista de 1ª · nivel A
  • Técnico/a de organización de 1ª · nivel A
  • Oficial de 1ª administrativo · nivel A
  • Delineante de 1ª · nivel A
  • Comercial · nivel B
  • Practicantes · nivel B
Grupo 5 8 categorías
  • Oficial de 1ª taller · nivel A
  • Oficial de 2ª taller · nivel A
  • Técnico/a de organización de 2ª · nivel A
  • Oficial de 2ª administrativo · nivel A
  • Delineante de 2ª · nivel A
  • Analista de 2ª · nivel B
  • Chofer de camión · nivel B
  • Capataz de especialistas · nivel B
Grupo 6 10 categorías
  • Oficial de 3ª · nivel A
  • Chofer · nivel A
  • Especialista · nivel B
  • Capataz de peones ordinarios · nivel B
  • Almacenero/a · nivel B
  • Pesador/a de báscula · nivel C
  • Auxiliar de laboratorio · nivel C
  • Auxiliar técnico de oficina · nivel C
  • Auxiliar de organización · nivel C
  • Auxiliar administrativo · nivel C
Grupo 7 2 categorías
  • Peón · nivel A
  • Portero/a · nivel A

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1760 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Técnicos/as titulados/as: 6 meses
  • Técnicos/as no titulados/as: 2 meses
  • Administrativos/as: 1 mes
  • Subalternos/as: 1 mes
  • Profesionales de oficio: 1 mes
  • Peones y especialistas: 14 días
  • Contrato formativo para la práctica profesional: 15 días
  • Contrato de formación en alternancia: 0 días

Preaviso si te vas

  • Técnicos: 30 días
  • Empleados y operarios: 15 días

06 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Pontevedra?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2029. Nuevo convenio 2026-2029 publicado en el BOPPO de 8/7/2026 (+5 % en 2026). Se denuncia automáticamente tres meses antes de vencer y se prorroga hasta el siguiente (art. 3). El anterior (2023-2025) se aplicó hasta el 31/12/2025.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio del metal de Pontevedra en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 22.522,75 € brutos al año a jornada completa (Peón).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Pontevedra?

24 días laborables al año, según el art. 30.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos/as titulados/as: 6 meses. Técnicos/as no titulados/as: 2 meses. Administrativos/as: 1 mes. Subalternos/as: 1 mes. Profesionales de oficio: 1 mes. Peones y especialistas: 14 días. Contrato formativo para la práctica profesional: 15 días. Contrato de formación en alternancia: 0 días.

Fuente: BOP Pontevedra (BOPPO) de 8 de julio de 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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