Convenio colectivo · Provincial · Teruel
Convenio de Hostelería de Teruel de Teruel 2026.
El convenio de Hostelería de Teruel de Teruel está en ultraactividad (vigencia hasta el 31/12/2023). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 16.074 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Teruel · 19/10/2023 · actualizado elConvenio Colectivo Laboral para el Sector de la Hostelería de la Provincia de Teruel para los años 2022 y 2023
Vencido el 31/12/2023 (denuncia automática) y sin nuevo convenio. La Comisión Paritaria fijó la tabla a 1/1/2024 (+1,40 % por IPC, BOP 7/8/2026); sin tablas de 2025 ni 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplica la de 2024 (art. 3 y art. 86 ET).
Comprueba que es tu convenio
Convenio general de la hostelería de la provincia de Teruel (no se aplica a residencias o centros geriátricos). Está vencido: rige la tabla de 2024 hasta que se firme otro. Con la tabla de 2024, base × 15 de todos los grupos queda por debajo del SMI 2026 (17.094 €): nadie puede cobrar menos del SMI en cómputo anual (anexo I y RD 126/2026).
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Grupo primero | 1.071,60 € | 15 | 16.074,00 € | Calcular neto |
| Grupo segundo | 1.022,52 € | 15 | 15.337,80 € | Calcular neto |
| Grupo tercero | 980,67 € | 15 | 14.710,05 € | Calcular neto |
| Grupo cuarto | 934,59 € | 15 | 14.018,85 € | Calcular neto |
| Contrato formación 2º año | 830,20 € | 15 | 12.453,00 € | Calcular neto |
| Contrato formación 1º año | 732,58 € | 15 | 10.988,70 € | Calcular neto |
Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Notas de la tabla
No hay tabla de 2026 publicada a 14/10/2026: el convenio venció el 31/12/2023 (denuncia automática, art. 4) y se sigue aplicando hasta que se firme otro (art. 3 y art. 86 ET); se copian las filas de la tabla a 1/1/2024 (BOP 7/8/2026). Si el nuevo convenio pacta subidas con efectos anteriores, habrá atrasos. Anexo I: salario base mensual por grupo profesional (anexo 1 del convenio). Anual calculado = base × 15 (12 mensualidades + tres pagas extraordinarias de salario base y antigüedad el 30 de junio, el 12 de octubre y el 20 de diciembre, art. 31). No incluye antigüedad, transporte, manutención, nocturnidad ni plus de domingos y festivos. El anexo I garantiza a toda la plantilla el SMI en cómputo anual.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 14).
5 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 17 | Mejora el Estatuto | art. 15 |
| Fallecimiento de cónyuge o hijo/a | 5 (7 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 15 |
| Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º grado | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.b bis ET |
| Enfermedad grave con hospitalización de familiar | 5 (6 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4) | art. 15 y art. 37.3.b ET |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de pariente hasta 2.º grado | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 15 y art. 37.3.b ET |
| Traslado de domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.c ET |
| Matrimonio de padres, hijos/as o hermanos/as | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 15 |
| Exámenes | el tiempo indispensable, justificado | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 15 |
| Consulta médica en ambulatorio o centro de especialidades de la Seguridad Social | 16 horas al año | Mejora el Estatuto | art. 15 |
| Asuntos propios | 1 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.d ET |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Complemento personal de antigüedad | Importe mensual total según antigüedad: 3 años, 15,54 € (3 %); 6 años, 41,43 € (8 %); 9 años, 82,87 € (16 %); 15 años, 129,48 € (25 %); 20 años, 181,27 € (35 %). No es acumulativo: se cobra la cuantía del último tramo cumplido. | Toda la plantilla, según los años de antigüedad en la empresa. Importes fijos iguales para todos los grupos (calculados sobre el salario de camarero de 1995). | art. 32 |
| Plus de nocturnidad | 30 % sobre la hora ordinaria por hora | Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00. | art. 34 |
| Plus salarial de domingos y festivos | 0,42 € por hora | Por cada hora trabajada en domingo o festivo (de 0:00 a 24:00). Se paga a mes vencido y no sustituye el descanso. | art. 35 |
| Plus de transporte | 2,48 € por día | Por día efectivamente trabajado; igual para todas las categorías. | art. 30 |
| Manutención (o compensación en metálico) | 68,19 € al mes | Personal de establecimientos con servicio de comidas: tiene derecho a la manutención en especie, que puede sustituir, a su elección, por 68,19 € al mes. Sin servicio de comidas no hay derecho (salvo derechos adquiridos). | art. 23 |
| Plus de fidelidad (60 a 65 años) | El convenio lo fija en 72,07 € para 2022 y dice que se revaloriza cada año con el IPC real del año anterior; no se ha publicado el importe actualizado, por eso no se carga cuantía. | Personal con al menos 12 años en la empresa, desde el mes en que cumple 60 años hasta el mes en que cumple 65, mientras siga en la empresa. No se consolida. | art. 38 |
| Media dieta por desplazamiento | 15,47 € por día | Servicios esporádicos fuera de la localidad del centro de trabajo, si la empresa no da la manutención. | art. 36 |
| Dieta entera por desplazamiento | 41,09 € por día | Servicios esporádicos fuera de la localidad del centro de trabajo, si la empresa no da manutención y alojamiento. | art. 36 |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 11,40 a 11,40 € la hora (art. 33).
Cláusula de revisión: Si el IPC real de 2022 y 2023 supera el 6 % pactado, el 50 % de la diferencia revisa los salarios a 31/12/2023 y sirve para confeccionar las tablas desde el 1/1/2024, base del incremento de 2024 del nuevo convenio, sin atrasos de 2022 y 2023. Aplicada por la Comisión Paritaria: +1,40 %. (art. 28).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
6 categorías o puestos en 5 grupos profesionales.
Grupo primero 1 categoría
- Grupo primero
Grupo segundo 1 categoría
- Grupo segundo
Grupo tercero 1 categoría
- Grupo tercero
Grupo cuarto 1 categoría
- Grupo cuarto
Grupo Contrato formativo 2 categorías
- Contrato formación 1º año
- Contrato formación 2º año
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Nivel 1: 1 mes
- Resto del personal: 15 días
06 · Novedades
Cómo va el siguiente convenio.
- La Comisión Paritaria publica la tabla salarial a 1/1/2024 (+1,40 % por la cláusula de IPC). · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de Hostelería de Teruel de Teruel?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2023. Vencido el 31/12/2023 (denuncia automática) y sin nuevo convenio. La Comisión Paritaria fijó la tabla a 1/1/2024 (+1,40 % por IPC, BOP 7/8/2026); sin tablas de 2025 ni 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplica la de 2024 (art. 3 y art. 86 ET).
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería de Teruel de Teruel en 2026?
No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 14.018,85 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Hostelería de Teruel de Teruel?
30 días naturales al año, según el art. 14.
Fuente: BOP Teruel de 19 de octubre de 2023 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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