Convenio colectivo · Provincial · Bizkaia
Convenio de hostelería de Bizkaia 2026.
El convenio de hostelería de Bizkaia está vigente (vigencia hasta el 31/12/2027). En 2026 el salario de tabla va de 17.965 € a 28.807 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.
Revisado por Gala Worklab ·Convenio colectivo de Hostelería de Bizkaia 2021-2027
Vigente hasta el 31/12/2027 (efectos económicos desde el 1/3/2025). Tablas 2026 publicadas en el BOB el 25/02/2026.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
Tablas 2026 aprobadas por la comisión paritaria el 9/2/2026 (BOB 38, 25/02/2026), en aplicación del art. 6 (IPC 2025 + 0,5 puntos, sumado a la columna de complementos): +3,4 % sobre el garantizado de 2025. «salario_base_mes» = columna «Garantizado» de la tabla (salario base + complementos), que es el salario mínimo de cada calificación: el art. 5 fija el «Salario Garantizado» como sistema base de retribución y el art. 23 liquida las tres pagas extra (abril, julio y diciembre) sobre él. La tabla separa además una columna «Salario base» (725,06 € en primera; 647,57 € de tercera a especial) que por sí sola NO es el salario del puesto; va en «_salario_base_columna». pagas = 15 (12 + 3 gratificaciones, art. 23). «anual» = Garantizado × 15, calculado (la tabla no da anual). Columnas no cargadas: horas extra, plus de nocturnidad por hora, plus de formación (30,13 €/mes, solo en los supuestos del art. 20) y «garantía mínima» (incremento mínimo para quien cobre por encima de tabla, art. 7). Las categorías de cada calificación están en el anexo II; la calificación «especial» es para personal sin experiencia en el sector durante sus primeros 6-12 meses (art. 5).
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual |
|---|---|---|---|
| Calificación primera | 1.920,46 € | 15 | 28.806,90 € |
| Calificación segunda | 1.823,79 € | 15 | 27.356,85 € |
| Calificación tercera | 1.694,74 € | 15 | 25.421,10 € |
| Calificación cuarta | 1.600,56 € | 15 | 24.008,40 € |
| Calificación quinta | 1.490,90 € | 15 | 22.363,50 € |
| Calificación especial | 1.197,67 € | 15 | 17.965,05 € |
Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 12).
9 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hecho (propio); puede empezar hasta 3 días antes de la ceremonia | 20 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Matrimonio de hijo/a, hermano/a o hermano/a político/a: en Bizkaia | 1 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Bautizo o celebración de hijo/a | 1 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Primera comunión o acto similar de hijo/a | 1 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho | 6 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Fallecimiento de padres, hijos/as, hermanos/as, abuelos/as o nietos/as (consanguinidad o afinidad): en Bizkaia | 3 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Fallecimiento de abuelos o abuelos políticos y nietos: en Bizkaia | 2 | Igual que el Estatuto | art. 14 |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidado | 5 | Igual que el Estatuto | art. 14 |
| Exámenes u oposiciones | — | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Asuntos propios (retribuido solo si se justifica con documento de organismo oficial) | 6 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Consulta médica propia | — | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual que el Estatuto | art. 14 |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto) | — | Igual que el Estatuto | art. 14 |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción, guarda o acogimiento | — | Igual que el Estatuto | art. 14 |
03 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
87 categorías o puestos en 6 grupos profesionales.
Grupo Calificación primera
- Jefes/as de recepción · nivel PRIMERA
- Contables generales · nivel PRIMERA
- Jefes de cocina · nivel PRIMERA
- Primeros/as jefes/as de comedor · nivel PRIMERA
- Jefes/as de sala · nivel PRIMERA
- 1.º encargados/as de mostrador · nivel PRIMERA
- 1.º encargados/as de barman · nivel PRIMERA
- Jefes/as de operaciones · nivel PRIMERA
- Primer/a conserje de día · nivel PRIMERA
Grupo Calificación segunda
- Jefes/a de sala (caterings) · nivel SEGUNDA
- Interventor/a · nivel SEGUNDA
- Oficial de contabilidad · nivel SEGUNDA
- 2.º encargado/a de mostrador · nivel SEGUNDA
- 2.º encargado/a de barman · nivel SEGUNDA
- 2.º jefe/a de sala · nivel SEGUNDA
- 2.º jefe/a de comedor · nivel SEGUNDA
- 2.º jefe/a de cocina · nivel SEGUNDA
- 2.º jefe/a de recepción · nivel SEGUNDA
- 2.º conserje de día · nivel SEGUNDA
- Mayordomo/a de pisos · nivel SEGUNDA
- Encargado/a general o gobernanta · nivel SEGUNDA
- Jefe/a de partida · nivel SEGUNDA
- Jefe/a de sector · nivel SEGUNDA
- Encargado/a de trabajo · nivel SEGUNDA
- Cajero/a administrativo/a · nivel SEGUNDA
- Jefe/a repostero/a · nivel SEGUNDA
- Supervisor/a (caterings) · nivel SEGUNDA
- Encargado/a de economato y bodega · nivel SEGUNDA
Grupo Calificación tercera
- Dependientes/as de primera y dependiente/a (cat) · nivel TERCERA
- Barmans · nivel TERCERA
- Camareros/as y similar · nivel TERCERA
- Reposteros/as · nivel TERCERA
- Recepcionistas · nivel TERCERA
- Cocineros/as · nivel TERCERA
- Planchistas · nivel TERCERA
- Encargados/as de lenceria y lavadero · nivel TERCERA
- Facturistas de comedor · nivel TERCERA
- Telefonista de primera · nivel TERCERA
- Cajero/a de comedor · nivel TERCERA
- Cajero/a de mostrador · nivel TERCERA
- Conserje de noche · nivel TERCERA
- Gobernante/a (caterings) · nivel TERCERA
- Encargado/a de sala · nivel TERCERA
- Disc-jockey · nivel TERCERA
- Calefactores/as · nivel TERCERA
- Dietistas · nivel TERCERA
Grupo Calificación cuarta
- Dependiente/a de segunda · nivel CUARTA
- Ayudantes de dependientes y barmans · nivel CUARTA
- Telefonista de segunda · nivel CUARTA
- Bodeguero/a · nivel CUARTA
- Ayudantes de cocinero/a · nivel CUARTA
- Camareros/as de piso · nivel CUARTA
- Ayudantes de repostero/a · nivel CUARTA
- Cafetero/a (en cocina) · nivel CUARTA
- Ayudante de camarero/a · nivel CUARTA
- Ayudante de planchista · nivel CUARTA
- Auxiliar de oficina · nivel CUARTA
- Conductor/a · nivel CUARTA
- Ayudante de supervisor/a (caterings) · nivel CUARTA
- Ayudante de equipo · nivel CUARTA
- Encargado/a de almacen y economato (cafeterías) · nivel CUARTA
- Taquillero/a · nivel CUARTA
- Ayudante de recepción · nivel CUARTA
- Portero/a de acceso · nivel CUARTA
- Guardarropa · nivel CUARTA
- Monitor/a, cuidador/a de colectividades · nivel CUARTA
- Auxiliar de colectividades · nivel CUARTA
Grupo Calificación quinta
- Mozos/as de equipaje · nivel QUINTA
- Porteros/as de servicio · nivel QUINTA
- Marmitones · nivel QUINTA
- Costureros/as, lavanderos/as y planchadores/as · nivel QUINTA
- Mozos/as de limpieza y limpiadores/as · nivel QUINTA
- Fregadores/as · nivel QUINTA
- Pinches · nivel QUINTA
- Ascensoristas · nivel QUINTA
- Mozos/as de almacén · nivel QUINTA
- Vigilante de noche · nivel QUINTA
- Ordenanzas de salón · nivel QUINTA
- Personal de platería · nivel QUINTA
- Ayudante de calefactor/a · nivel QUINTA
- Ayudante de economato y bodega · nivel QUINTA
- Ayudante de cafetero/a (cocina) · nivel QUINTA
- Mozo/a de habitaciones · nivel QUINTA
- Preparador/a (caterings) · nivel QUINTA
- Mozo/a de billar · nivel QUINTA
- Repartidor/a (Rider) · nivel QUINTA
Grupo Calificación especial
- Personal de nuevo ingreso sin experiencia en el sector (primeros 12 meses, o 6 con 120 h de formación acreditada; art. 5) · nivel ESPECIAL
04 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Se cobran aparte
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Jefe/a de grupo profesional: 30 días
- Resto del personal: 15 días
05 · Novedades
Novedades del convenio.
06 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de hostelería de Bizkaia?
Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2021 al 31/12/2027. Vigente hasta el 31/12/2027 (efectos económicos desde el 1/3/2025). Tablas 2026 publicadas en el BOB el 25/02/2026.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de hostelería de Bizkaia en 2026?
El importe más bajo de la tabla 2026 es 17.965,05 € brutos al año (Calificación especial).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Bizkaia?
30 días naturales al año, según el art. 12.
Fuente: BOB de 30 de abril de 2025 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 13 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.
Siguiente paso