Convenio colectivo · Provincial · Ávila
Convenio de hostelería de Ávila 2026.
El convenio de hostelería de Ávila está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario de tabla va de 17.758 € a 18.331 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Ávila · 18/08/2026 · actualizado elConvenio colectivo provincial de trabajo para la actividad de hostelería de Ávila (2026)
Convenio de un año (1/1-31/12/2026), publicado en el BOP de Ávila el 18/8/2026. Se denuncia automáticamente en diciembre de 2026 y seguirá en vigor hasta que lo sustituya otro; la negociación del siguiente empieza en enero de 2027.
Comprueba que es tu convenio
Convenio único de hostelería en Ávila (ámbito funcional del ALEH VI: alojamientos, restauración, bares, cafeterías, colectividades y ocio). El salario no depende de la categoría del establecimiento: la tabla tiene una sola columna.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Jefe/a de recepción, jefe/a de administración, jefe/a comercial y primer/a conserje | 1.309,35 € | 14 | 18.330,90 € | Calcular neto |
| Jefe/a de cocina | 1.309,35 € | 14 | 18.330,90 € | Calcular neto |
| Jefe/a de restaurante o sala y gerente de centro | 1.309,35 € | 14 | 18.330,90 € | Calcular neto |
| Encargado/a general de pisos y limpieza | 1.309,35 € | 14 | 18.330,90 € | Calcular neto |
| Responsable de servicio | 1.309,35 € | 14 | 18.330,90 € | Calcular neto |
| Jefe/a de administración (segunda fila del grupo I) | 1.289,12 € | 14 | 18.047,68 € | Calcular neto |
| Técnico/a de prevención de riesgos laborales y conserje | 1.289,12 € | 14 | 18.047,68 € | Calcular neto |
| Segundo/a jefe/a de cocina y jefe/a de partida | 1.289,12 € | 14 | 18.047,68 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 25. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 31).
6 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 32 |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 32 |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 32 |
| Funerales distintos de los anteriores | 1 | Mejora el Estatuto | art. 32 |
| Alumbramiento de hija soltera | 3 | Mejora el Estatuto | art. 32 |
| Traslado de domicilio | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 32 |
| Boda de hijos/as, hermanos/as, padre o madre | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 32 |
| Otras celebraciones (bodas, bautizos, comuniones) | 1 | Mejora el Estatuto | art. 32 |
| Consulta médica fuera de la provincia de hijos/as con discapacidad | 1 | Mejora el Estatuto | art. 32 |
| Acompañar al cónyuge o a hijos/as menores a consulta médica de la Seguridad Social | el tiempo necesario, sin pérdida de salario | Mejora el Estatuto | art. 34 |
| Imposibilidad de acceder al trabajo por restricciones de la autoridad, riesgo grave o fenómeno meteorológico adverso | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 32 |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 32 |
| Exámenes | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 32 |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 32 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Antigüedad (cuatrienios) | 301,23 € por cada 4 años (máximo 3) | Personal que entró en la empresa desde el 1/1/1995: cuatrienios, hasta un máximo de tres, de importe fijo igual para todas las categorías | art. 18 |
| Manutención (complemento salarial en especie) | 2,55 € por día | Por cada día trabajado en horario de desayuno, comida o cena; la empresa da la comida y la valora en este importe | art. 20 |
| Plus por quebranto de moneda | 92,05 € al mes | Cajeros/as y personal con funciones directas de cobros y pagos, salvo que la empresa asuma las diferencias de caja; proporcional a tiempo parcial | art. 21 |
| Plus de nocturnidad | 25 % sobre el salario base | Solo si más de la mitad de la jornada se hace entre las 22:00 y las 6:00, y salvo que el salario se haya pactado ya como nocturno | art. 22 |
| Premio de natalidad | 98,19 € | Pago único por nacimiento de cada hijo/a | art. 25 |
| Premio de fidelidad a la empresa | 646,03 € al cumplir 15 años y 1.014,47 € al cumplir 25 años (una sola vez cada uno) | Pago único al cumplir 15 y 25 años de servicio continuado en la misma empresa | art. 26 |
Horas extra: se pagan como la hora ordinaria (art. 23).
Subidas pactadas: 2026: (Nuevas tablas para 2026 (anexo I); el convenio no expresa el porcentaje de subida).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
25 categorías o puestos en 3 grupos profesionales.
Grupo profesional I 12 categorías
- Jefe/a de recepción, jefe/a de administración, jefe/a comercial y primer/a conserje
- Jefe/a de administración (segunda fila del grupo I)
- Jefe/a de cocina
- Segundo/a jefe/a de cocina y jefe/a de partida
- Jefe/a de restaurante o sala y gerente de centro
- Segundo/a jefe/a de restaurante o sala
- Encargado/a general de pisos y limpieza
- Encargado/a de sección de pisos y limpieza
- Camarero/a de pisos
- Auxiliar de pisos y limpieza
- Responsable de servicio
- Técnico/a de servicio (dietista, fisioterapeuta y otros titulados en ciencias de la salud)
Grupo profesional II 8 categorías
- Administrativo/a, comercial, recepcionista y relaciones públicas
- Técnico/a de prevención de riesgos laborales y conserje
- Cocinero/a, repostero/a y encargado/a de economato
- Jefe/a de sector
- Camarero/a, barman, sumiller y supervisor/a de colectividades
- Encargado/a de mantenimiento y técnicos y/o auxiliares y encargado/a de sección de mantenimiento
- Especialista de servicios (socorrista, primeros auxilios, disc-jockey, masajista, monitor/a deportivo/a, quiromasajista, atención al cliente)
- Auxiliar de servicio (atención al cliente, auxiliar de balneario o de piscina)
Grupo profesional III 5 categorías
- Ayudante administrativo/a, ayudante de recepción o conserjería, auxiliar de conserje y telefonista
- Ayudante de economato, ayudante de cocina y auxiliar de cocina
- Ayudante de camarero/a, auxiliar de colectividades y monitor/a o cuidador/a de colectividades
- Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares
- Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares y monitor/a
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 15 días
06 · Novedades
Novedades del convenio.
- Publicado el convenio de hostelería de Ávila para 2026, con tablas nuevas y atrasos en un máximo de 3 meses. · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de hostelería de Ávila?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2026. Convenio de un año (1/1-31/12/2026), publicado en el BOP de Ávila el 18/8/2026. Se denuncia automáticamente en diciembre de 2026 y seguirá en vigor hasta que lo sustituya otro; la negociación del siguiente empieza en enero de 2027.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de hostelería de Ávila en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.758,16 € brutos al año a jornada completa (Ayudante de economato, ayudante de cocina y auxiliar de cocina).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Ávila?
30 días naturales al año, según el art. 31.
Fuente: BOP Ávila de 18 de agosto de 2026 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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