Convenio colectivo · Provincial · Araba/Álava
Convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava 2026.
El convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava está vigente (vigencia hasta el 31/12/2028). En 2026 el salario de tabla va de 20.028 € a 29.075 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOTHA · 16/02/2026 · actualizado elConvenio colectivo para el sector de hostelería de Álava (2025-2028)
Vigente hasta el 31/12/2028. Las tablas nuevas se aplican desde el 1/12/2025; para 2027 y 2028 la subida será el IPC estatal del año anterior más 1,5 y 1,6 puntos.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Nivel I | 1.891,61 € | 12 | 29.075,48 € | Calcular neto |
| Nivel II | 1.745,00 € | 12 | 27.022,92 € | Calcular neto |
| Nivel III | 1.611,88 € | 12 | 25.357,92 € | Calcular neto |
| Nivel IV | 1.513,03 € | 12 | 23.972,32 € | Calcular neto |
| Auxiliar de hostelería de nuevo ingreso (nivel IV sin experiencia, primeros 12 meses) | — | — | 20.027,52 € | Calcular neto |
Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Notas de la tabla
Anexo III «Tabla salarial año 2026». Anexo III. Columnas del boletín: salario base, complemento en especie, bruto mes (base + especie), pagas (importe de cada paga de julio y Navidad), hora extra, IT y garantía mínima. Las pagas de julio y Navidad son a salario real con un mínimo: en los niveles I y II, el bruto mes; en los niveles III y IV, el importe de la columna «pagas» (art. 17). El bonus de 31 de octubre es igual para todos los niveles a jornada completa (la paga de tabla del nivel III, art. 18). Anual calculado = (salario base + complemento en especie) × 12 + 2 pagas de tabla + bonus; no incluye antigüedad, domingos y festivos, nocturnidad ni otros pluses. La columna «IT» es la base del complemento de incapacidad temporal (100 % desde el 4.º día hasta los 210 días, art. 26). La columna «garantía mínima» es el incremento mensual mínimo garantizado a quien ya cobra por encima de tablas (disp. adicional tercera): nivel I: 55,09 €; nivel II: 50,83 €; nivel III: 46,93 €; nivel IV: 44,07 €. La categoría de cada puesto está en 'categorias' (anexo II).
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 9).
5 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 20 | Mejora el Estatuto | art. 24.a |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 24.b |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, pariente hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidado | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24.d |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24.g |
| Matrimonio de hijo/a o hermano/a, propios o del cónyuge o pareja de hecho | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 24.c |
| Comunión o bautizo de hijos/as, propios o del cónyuge o pareja de hecho | 1 | Mejora el Estatuto | art. 24.f |
| Asuntos propios | 1 | Mejora el Estatuto | art. 24.i |
| Exámenes u oposiciones | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24.e |
| Consultas médicas de la sanidad pública o especialistas | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 24.j |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.d ET |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Antigüedad (escala por años en la empresa) | Porcentaje sobre el salario base: 3 % al cumplir 3 años, 8 % al cumplir 6 años y 16 % al cumplir 9 años (máximo) | Toda la plantilla, desde la fecha de ingreso en la empresa (incluido el aprendizaje); cada tramo se cobra desde el mes siguiente a cumplirlo. | art. 13 |
| Plus de nocturnidad (0:00 a 6:00) | 25 % sobre el salario base | Horas trabajadas entre las 0:00 y las 6:00. Las horas de 22:00 a 0:00 se pagan como hora ordinaria (salvo complementos personales que ya se cobraran por ellas). | art. 14 |
| Plus de Nochebuena, Nochevieja, Navidad y Año Nuevo | 59,00 € por día | Trabajo habitual en las noches de Nochebuena y Nochevieja (desde las 22:00) y en los días de Navidad y Año Nuevo. Si la jornada es inferior a la habitual, se prorratea. | art. 14 |
| Plus de domingos y festivos | según categoría, de 30,25 a 37,83 € por día | Por cada domingo o festivo trabajado a jornada completa; con jornada reducida, la parte proporcional. | art. 16 y anexo III |
| Plus de distancia | 0,32 € | Solo si la empresa está fuera del casco urbano pero dentro del término municipal, y no hay transporte urbano ni medios de la empresa. Distancia desde tu domicilio; un viaje de ida y vuelta al día. | art. 20 y anexo III |
| Compensación de ropa y calzado | 14,92 € al mes en 12 pagas | Solo si la empresa no te da la ropa y el calzado de trabajo: 14,92 euros por mes natural en 2026. | art. 29 y anexo III |
| Plus de natalidad | 106,38 € | Pago único por el nacimiento de un hijo o hija. | art. 23 y anexo III |
| Plus de matrimonio | 68,84 € | Pago único al casarse, siempre que sigas trabajando en la empresa. | art. 23 y anexo III |
| Dietas por desplazamiento temporal | 94,87 € por día | Desplazamiento temporal ordenado por la empresa (art. 40.4 ET), además de los gastos de viaje. No se cobran en desplazamientos por formación o reciclaje. | art. 36 |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 18,77 a 24,25 € la hora. Preferentemente, y de común acuerdo, se pueden compensar con tiempo libre o acumular y disfrutar cuando se pacte (el convenio no fija la equivalencia) (art. 15 y anexo III).
Subidas pactadas: 2026: (Desde el 1/12/2025 y durante 2026 rigen las tablas del anexo III (el texto no expresa el porcentaje)); 2026: (Garantía mínima mensual de incremento para quien cobre por encima de tablas: nivel I: 55,09 €; nivel II: 50,83 €; nivel III: 46,93 €; nivel IV: 44,07 €); 2027: 1,5 % (IPC estatal de 2026 + 1,5 puntos).
Cláusula de revisión: No hay revisión de las tablas de 2025-2026. Para 2027 la subida es el IPC estatal de 2026 más 1,5 puntos y para 2028 el IPC estatal de 2027 más 1,6 puntos; la comisión paritaria hace las actualizaciones salariales de cada año. (art. 21 y art. 42).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
47 categorías o puestos en 3 grupos profesionales.
Grupo 1 15 categorías
- Jefe de recepción · nivel I
- 2º jefe de recepción · nivel II
- 1º conserje · nivel II
- 2º conserje · nivel III
- Jefe de cocina · nivel I
- 2º jefe de cocina · nivel II
- Jefe sala · nivel I
- Encargado sala · nivel I
- Jefe comedor · nivel I
- 2º jefe de comedor · nivel II
- Gobernanta · nivel I
- Subgobernanta · nivel II
- Jefa lencería · nivel III
- Jefe servicios técnicos · nivel I
- Responsable de servicio · nivel I
Grupo 2 22 categorías
- Recepcionista · nivel III
- Interventor · nivel II
- Contable · nivel III
- Oficial administrativo · nivel III
- Cajero · nivel III
- Ayudante recepción · nivel IV
- Telefonista · nivel III
- Ayudante administrativo/a · nivel IV
- Jefe de partida · nivel III
- Cocinero, asador · nivel III
- Jefe repostero · nivel II
- Jefe economato · nivel II
- Bodeguero · nivel III
- Ayudante cocinero · nivel IV
- Ayudante economato · nivel IV
- Jefe de sector, jefe de barra, jefe de mesa · nivel II
- Camarero · nivel III
- Barman · nivel III
- Camarera de pisos · nivel IV
- Mantenimiento cualificado · nivel III
- Técnico/a de servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en Ciencias de la Salud) · nivel II
- Especialista de servicio (socorrista, animador/a, monitor/a deportivo, pinchadiscos, masajista, esteticista, especialista termal, atención al cliente…) · nivel III
Grupo 3 10 categorías
- Portero · nivel IV
- Vigilante · nivel IV
- Expendedora · nivel IV
- Mozo · nivel IV
- Pinche · nivel IV
- Fregador · nivel IV
- Ayudante comedor · nivel IV
- Ayudante mostrador · nivel IV
- Mantenimiento sin cualificar · nivel IV
- Auxiliar de servicio (atención al cliente, piscina o balneario) · nivel IV
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · contrato indefinido (fijo o fijo discontinuo): 90 días
- Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · contrato indefinido: 60 días
- Grupo 3 de todas las áreas · contrato indefinido: 45 días
- Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · temporal de más de 3 meses: 75 días
- Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · temporal de más de 3 meses: 45 días
- Grupo 3 de todas las áreas · temporal de más de 3 meses: 30 días
- Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · temporal de hasta 3 meses: 60 días
- Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · temporal de hasta 3 meses: 30 días
- Grupo 3 de todas las áreas · temporal de hasta 3 meses: 15 días
- Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato indefinido: 6 meses
- Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato temporal: 4 meses
Preaviso si te vas
- Todas las categorías y contratos: 15 días
06 · Novedades
Novedades del convenio.
- Publicado en el BOTHA el convenio de hostelería de Álava 2025-2028, con tablas desde el 1/12/2025 y para 2026. · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028. Vigente hasta el 31/12/2028. Las tablas nuevas se aplican desde el 1/12/2025; para 2027 y 2028 la subida será el IPC estatal del año anterior más 1,5 y 1,6 puntos.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 20.027,52 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar de hostelería de nuevo ingreso (nivel IV sin experiencia, primeros 12 meses)).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava?
30 días naturales al año, según el art. 9.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · contrato indefinido (fijo o fijo discontinuo): 90 días. Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · contrato indefinido: 60 días. Grupo 3 de todas las áreas · contrato indefinido: 45 días. Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · temporal de más de 3 meses: 75 días. Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · temporal de más de 3 meses: 45 días. Grupo 3 de todas las áreas · temporal de más de 3 meses: 30 días. Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · temporal de hasta 3 meses: 60 días. Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · temporal de hasta 3 meses: 30 días. Grupo 3 de todas las áreas · temporal de hasta 3 meses: 15 días. Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato indefinido: 6 meses. Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato temporal: 4 meses.
Fuente: BOTHA de 16 de febrero de 2026 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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