Convenio colectivo · Provincial · Araba/Álava

Convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava 2026.

VigenteBOTHA 16/2/2026

El convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava está vigente (vigencia hasta el 31/12/2028). En 2026 el salario de tabla va de 20.028 € a 29.075 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOTHA · 16/02/2026 · actualizado el

Convenio colectivo para el sector de hostelería de Álava (2025-2028)

CÓDIGO 01000755011981

Vigente hasta el 31/12/2028. Las tablas nuevas se aplican desde el 1/12/2025; para 2027 y 2028 la subida será el IPC estatal del año anterior más 1,5 y 1,6 puntos.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Tabla definitivaFUENTE Tabla · BOTHA
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel I1.891,61 €1229.075,48 €Calcular neto
Nivel II1.745,00 €1227.022,92 €Calcular neto
Nivel III1.611,88 €1225.357,92 €Calcular neto
Nivel IV1.513,03 €1223.972,32 €Calcular neto
Auxiliar de hostelería de nuevo ingreso (nivel IV sin experiencia, primeros 12 meses)——20.027,52 €Calcular neto

Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Notas de la tabla

Anexo III «Tabla salarial año 2026». Anexo III. Columnas del boletín: salario base, complemento en especie, bruto mes (base + especie), pagas (importe de cada paga de julio y Navidad), hora extra, IT y garantía mínima. Las pagas de julio y Navidad son a salario real con un mínimo: en los niveles I y II, el bruto mes; en los niveles III y IV, el importe de la columna «pagas» (art. 17). El bonus de 31 de octubre es igual para todos los niveles a jornada completa (la paga de tabla del nivel III, art. 18). Anual calculado = (salario base + complemento en especie) × 12 + 2 pagas de tabla + bonus; no incluye antigüedad, domingos y festivos, nocturnidad ni otros pluses. La columna «IT» es la base del complemento de incapacidad temporal (100 % desde el 4.º día hasta los 210 días, art. 26). La columna «garantía mínima» es el incremento mensual mínimo garantizado a quien ya cobra por encima de tablas (disp. adicional tercera): nivel I: 55,09 €; nivel II: 50,83 €; nivel III: 46,93 €; nivel IV: 44,07 €. La categoría de cada puesto está en 'categorias' (anexo II).

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 9).

5 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o registro de pareja de hecho20Mejora el Estatutoart. 24.a
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 24.b
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, pariente hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidado5Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 24.d
Traslado del domicilio habitual1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 24.g
Matrimonio de hijo/a o hermano/a, propios o del cónyuge o pareja de hecho1 (2 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 24.c
Comunión o bautizo de hijos/as, propios o del cónyuge o pareja de hecho1Mejora el Estatutoart. 24.f
Asuntos propios1Mejora el Estatutoart. 24.i
Exámenes u oposiciones—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 24.e
Consultas médicas de la sanidad pública o especialistas—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 24.j
Deber inexcusable de carácter público y personal—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 37.3.d ET

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Antigüedad (escala por años en la empresa)Porcentaje sobre el salario base: 3 % al cumplir 3 años, 8 % al cumplir 6 años y 16 % al cumplir 9 años (máximo)Toda la plantilla, desde la fecha de ingreso en la empresa (incluido el aprendizaje); cada tramo se cobra desde el mes siguiente a cumplirlo.art. 13
Plus de nocturnidad (0:00 a 6:00)25 % sobre el salario baseHoras trabajadas entre las 0:00 y las 6:00. Las horas de 22:00 a 0:00 se pagan como hora ordinaria (salvo complementos personales que ya se cobraran por ellas).art. 14
Plus de Nochebuena, Nochevieja, Navidad y Año Nuevo59,00 € por díaTrabajo habitual en las noches de Nochebuena y Nochevieja (desde las 22:00) y en los días de Navidad y Año Nuevo. Si la jornada es inferior a la habitual, se prorratea.art. 14
Plus de domingos y festivossegún categoría, de 30,25 a 37,83 € por díaPor cada domingo o festivo trabajado a jornada completa; con jornada reducida, la parte proporcional.art. 16 y anexo III
Plus de distancia0,32 €Solo si la empresa está fuera del casco urbano pero dentro del término municipal, y no hay transporte urbano ni medios de la empresa. Distancia desde tu domicilio; un viaje de ida y vuelta al día.art. 20 y anexo III
Compensación de ropa y calzado14,92 € al mes en 12 pagasSolo si la empresa no te da la ropa y el calzado de trabajo: 14,92 euros por mes natural en 2026.art. 29 y anexo III
Plus de natalidad106,38 €Pago único por el nacimiento de un hijo o hija.art. 23 y anexo III
Plus de matrimonio68,84 €Pago único al casarse, siempre que sigas trabajando en la empresa.art. 23 y anexo III
Dietas por desplazamiento temporal94,87 € por díaDesplazamiento temporal ordenado por la empresa (art. 40.4 ET), además de los gastos de viaje. No se cobran en desplazamientos por formación o reciclaje.art. 36

Horas extra: precio fijado por categoría, de 18,77 a 24,25 € la hora. Preferentemente, y de común acuerdo, se pueden compensar con tiempo libre o acumular y disfrutar cuando se pacte (el convenio no fija la equivalencia) (art. 15 y anexo III).

Subidas pactadas: 2026: (Desde el 1/12/2025 y durante 2026 rigen las tablas del anexo III (el texto no expresa el porcentaje)); 2026: (Garantía mínima mensual de incremento para quien cobre por encima de tablas: nivel I: 55,09 €; nivel II: 50,83 €; nivel III: 46,93 €; nivel IV: 44,07 €); 2027: 1,5 % (IPC estatal de 2026 + 1,5 puntos).

Cláusula de revisión: No hay revisión de las tablas de 2025-2026. Para 2027 la subida es el IPC estatal de 2026 más 1,5 puntos y para 2028 el IPC estatal de 2027 más 1,6 puntos; la comisión paritaria hace las actualizaciones salariales de cada año. (art. 21 y art. 42).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

47 categorías o puestos en 3 grupos profesionales.

Grupo 1 15 categorías
  • Jefe de recepción · nivel I
  • 2º jefe de recepción · nivel II
  • 1º conserje · nivel II
  • 2º conserje · nivel III
  • Jefe de cocina · nivel I
  • 2º jefe de cocina · nivel II
  • Jefe sala · nivel I
  • Encargado sala · nivel I
  • Jefe comedor · nivel I
  • 2º jefe de comedor · nivel II
  • Gobernanta · nivel I
  • Subgobernanta · nivel II
  • Jefa lencería · nivel III
  • Jefe servicios técnicos · nivel I
  • Responsable de servicio · nivel I
Grupo 2 22 categorías
  • Recepcionista · nivel III
  • Interventor · nivel II
  • Contable · nivel III
  • Oficial administrativo · nivel III
  • Cajero · nivel III
  • Ayudante recepción · nivel IV
  • Telefonista · nivel III
  • Ayudante administrativo/a · nivel IV
  • Jefe de partida · nivel III
  • Cocinero, asador · nivel III
  • Jefe repostero · nivel II
  • Jefe economato · nivel II
  • Bodeguero · nivel III
  • Ayudante cocinero · nivel IV
  • Ayudante economato · nivel IV
  • Jefe de sector, jefe de barra, jefe de mesa · nivel II
  • Camarero · nivel III
  • Barman · nivel III
  • Camarera de pisos · nivel IV
  • Mantenimiento cualificado · nivel III
  • Técnico/a de servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en Ciencias de la Salud) · nivel II
  • Especialista de servicio (socorrista, animador/a, monitor/a deportivo, pinchadiscos, masajista, esteticista, especialista termal, atención al cliente…) · nivel III
Grupo 3 10 categorías
  • Portero · nivel IV
  • Vigilante · nivel IV
  • Expendedora · nivel IV
  • Mozo · nivel IV
  • Pinche · nivel IV
  • Fregador · nivel IV
  • Ayudante comedor · nivel IV
  • Ayudante mostrador · nivel IV
  • Mantenimiento sin cualificar · nivel IV
  • Auxiliar de servicio (atención al cliente, piscina o balneario) · nivel IV

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1744 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · contrato indefinido (fijo o fijo discontinuo): 90 días
  • Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · contrato indefinido: 60 días
  • Grupo 3 de todas las áreas · contrato indefinido: 45 días
  • Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · temporal de más de 3 meses: 75 días
  • Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · temporal de más de 3 meses: 45 días
  • Grupo 3 de todas las áreas · temporal de más de 3 meses: 30 días
  • Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · temporal de hasta 3 meses: 60 días
  • Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · temporal de hasta 3 meses: 30 días
  • Grupo 3 de todas las áreas · temporal de hasta 3 meses: 15 días
  • Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato indefinido: 6 meses
  • Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato temporal: 4 meses

Preaviso si te vas

  • Todas las categorías y contratos: 15 días

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Publicado en el BOTHA el convenio de hostelería de Álava 2025-2028, con tablas desde el 1/12/2025 y para 2026. · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028. Vigente hasta el 31/12/2028. Las tablas nuevas se aplican desde el 1/12/2025; para 2027 y 2028 la subida será el IPC estatal del año anterior más 1,5 y 1,6 puntos.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 20.027,52 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar de hostelería de nuevo ingreso (nivel IV sin experiencia, primeros 12 meses)).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Hostelería de Álava de Araba/Álava?

30 días naturales al año, según el art. 9.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · contrato indefinido (fijo o fijo discontinuo): 90 días. Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · contrato indefinido: 60 días. Grupo 3 de todas las áreas · contrato indefinido: 45 días. Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · temporal de más de 3 meses: 75 días. Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · temporal de más de 3 meses: 45 días. Grupo 3 de todas las áreas · temporal de más de 3 meses: 30 días. Grupo 1 de todas las áreas y grupo 2 del área quinta · temporal de hasta 3 meses: 60 días. Grupo 2 de todas las áreas salvo la quinta · temporal de hasta 3 meses: 30 días. Grupo 3 de todas las áreas · temporal de hasta 3 meses: 15 días. Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato indefinido: 6 meses. Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato temporal: 4 meses.

Fuente: BOTHA de 16 de febrero de 2026 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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