Estatuto de los Trabajadores

Disposición transitoria segunda. Contratos para la formación y el aprendizaje.

Texto vigente del Disposición transitoria segunda del Estatuto de los Trabajadores, tal como lo consolida el BOE (actualizado el 9 de octubre de 2026). Última modificación: Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, en vigor desde el 1 de enero de 2019.

FUENTE BOE · Estatuto de los Trabajadores · actualizado el

1. (Derogado).

2. Las referencias realizadas en las disposiciones legales, reglamentarias o en los convenios colectivos al contrato para la formación deberán entenderse realizadas, a partir del 31 de agosto de 2011, al contrato para la formación y el aprendizaje a que se refiere el artículo 11.2 en la medida en que no se opongan o contradigan lo establecido en el mismo.

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  • Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única 2.c) del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17992#dd