Convenio colectivo · Autonómico · Aragón

Convenio de sanidad privada de Aragón 2026.

VigenteBOA 10/6/2025

El convenio de sanidad privada de Aragón está vigente (vigencia hasta el 31/12/2027). En 2026 el salario de tabla va de 17.073 € a 28.110 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOA · 10/06/2025 · actualizado el

8.º Convenio Colectivo del Sector de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia Privada de Aragón, años 2024-2025-2026-2027

CÓDIGO 72000205012003

Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2027 (BOA 10/06/2025), con tablas pactadas para 2025, 2026 y 2027.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Tabla definitivaFUENTE Tabla · BOA
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Director/a Médico/a1.943,36 €1428.109,85 €Calcular neto
Director/a Administrativo/a1.943,36 €1428.109,85 €Calcular neto
Administradores/as1.824,67 €1426.448,19 €Calcular neto
Médico/a Jefe/a Servicio1.744,56 €1425.326,59 €Calcular neto
Farmacéutico/a1.744,56 €1425.326,59 €Calcular neto
Odontólogos/as1.744,56 €1425.326,59 €Calcular neto
Psicólogos/as1.744,56 €1425.326,59 €Calcular neto
Otros/as Titulados/as Superiores1.744,56 €1425.326,59 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 55. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 55 categorías de la tabla 2026

Notas de la tabla

Anexo 2 del 8.º convenio (BOA 10/06/2025). Columnas: salario base mensual, plus convenio anual (14 pagas de 64,47 €), retribución anual (literal: salario base × 14 + plus convenio), hora ordinaria y complemento de puesto de trabajo (15 %). La tabla no indica el grupo profesional de cada categoría.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 41).

5 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o registro de pareja de hecho15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 42.a
Fallecimiento de padres, suegros, hermanos, abuelos, nietos y otros familiares de 2.º grado3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 42.b
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho registrada o hijo/a7Mejora el Estatutoart. 42.b
Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente5Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 42.c
Traslado de domicilio1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 42
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido votar)el tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 42
Boda de padres, hijos/as o hermanos/as1Mejora el Estatutoart. 42
Exámenes en centros oficiales de enseñanza regladael tiempo necesarioMejora el Estatutoart. 42
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimientoel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 42
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes4Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 42 (art. 37.9 ET)
Días libres a elección (no computan como jornada)4Mejora el Estatutoart. 40

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Complemento de antigüedad y permanencia (trienios)18,30 € por cada 3 años (máximo 13)Toda la plantilla, por cada 3 años en la empresa (máximo 13 trienios), desde el mes siguiente a cumplirlos. Proporcional a la jornada. Entra en las pagas extra (art. 35).art. 30 y anexos
Complemento de puesto de trabajo (quirófano, UCI, radiología, laboratorio…)según categoría, de 163,72 a 291,50 € al mesQuirófanos, radioelectrología, radioterapia, medicina nuclear, laboratorio, UCI, infectocontagiosos, psiquiatría, atención geriátrica y hemodiálisis; también fisioterapia o pediatría con título de especialidad. Con dedicación exclusiva y continuada; si no, por los días trabajados en esos puestos, con un mínimo del 7,5 %.art. 32 y anexos (columna «art. 35»)
Complemento de nocturnidad (por hora)25 % sobre la hora ordinaria por horaHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que ya se pague con otro complemento.art. 31
Plus de domingo trabajado25,20 € por díaPor cada domingo trabajado (incluido el turno de noche que empieza la víspera).art. 33 y anexos
Plus de festivo trabajado25,20 € por díaPor cada festivo intersemanal trabajado (14 al año) si no te contrataron específicamente para trabajar festivos.art. 33 y anexos
Festivo especial (25 de diciembre y 1 de enero)El doble del plus de festivoTrabajar el 25 de diciembre o el 1 de enero.art. 33
Plus de pantalla27,31 € al mesTrabajo con pantallas de ordenador más del 50 % de la jornada diaria. Proporcional a la jornada.art. 34 y anexos
Plus de transporte (importe anual)752,62 € al mes en 1 pagasToda la plantilla; los temporales en proporción a los días trabajados. Puede repartirse en las 14 pagas.art. 37 y anexos
Ayuda por hijo/a con discapacidad100,00 € al mesHijo/a con discapacidad acreditada que conviva contigo y no esté internado a cargo de la Administración.art. 68
Premio a la constancia30 días de salario base en cada hito; a los 25 años, además 5 días naturales de permiso retribuido, y a los 30, 11 díasA los 15, 25 y 30 años de permanencia continuada sin sanción grave o muy grave.art. 64
Beca de libros y material escolar50 % del gasto; material escolar con tope de 75 €Libros de enseñanza oficial o material escolar (infantil a FP) tuyos o de tus hijos, con factura. Temporales: con un año de antigüedad a 1 de septiembre.art. 66
Kilometraje con vehículo propio0,26 €Desplazamientos de servicio autorizados con tu vehículo.art. 37
Dieta por desayuno3,00 € por díaDesplazamientos de servicio fuera de la localidad del centro.art. 37
Dieta por comida16,00 € por díaDesplazamientos de servicio fuera de la localidad del centro.art. 37
Dieta por cena13,00 € por díaDesplazamientos de servicio fuera de la localidad del centro.art. 37

Horas extra: se pagan como la hora ordinaria. Las de fuerza mayor pueden compensarse con descanso retribuido equivalente (art. 36).

Subidas pactadas: 2025: 3 % (3 % sobre las tablas de 2024 (anexo 1)); 2026: 3 % (3 % sobre las tablas de 2025 (anexo 2)); 2027: 3,5 % (3,5 % sobre las tablas de 2026 (anexo 3)).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

55 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.

Grupo Sin grupo 55 categorías
  • Director/a Médico/a
  • Director/a Administrativo/a
  • Subdirector/a Médico/a
  • Subdirector/a Administrativo/a
  • Médico/a Jefe/a Servicio
  • Médico/a Jefe/a Clínico/a
  • Médico/a Adjunto/a
  • Médico/a Residente
  • Farmacéutico/a
  • Odontólogos/as
  • Psicólogos/as
  • Otros/as Titulados/as Superiores
  • Dirección de Enfermería
  • Supervisores/as
  • Enfermeros/as Especialistas
  • Enfermeros/as
  • Fisioterapeutas
  • Maestros/as en Logofonía o Logopeda
  • Terapeutas Ocupacionales
  • Trabajadores/as Sociales
  • Podólogos/as
  • Graduados/as Sociales
  • TER/TEL
  • Higienistas Dentales
  • Monitor/a
  • Auxiliares de Enfermería
  • Celador/a
  • Cuidadores/as Geriátricos-Psiquiátricos
  • Puericultores/as
  • Administradores/as
  • Jefe/a de Contabilidad
  • Analista de Sistema
  • Oficiales Administrativos/as
  • Operadores/as de Ordenador
  • Auxiliares Administrativos/as
  • Operadores/as de Terminal
  • Conserjes
  • Porteros/as
  • Ordenanzas
  • Vigilantes Nocturnos
  • Jefes/as de Cocina
  • Cocineros/Cocineras
  • Ayudantes de Cocina/Pinches
  • Camareros/as
  • Limpiadores/as
  • Encargados/as de Servicios Generales
  • Telefonistas/Recepcionistas
  • Lavanderos/as
  • Planchadores/as
  • Costureros/as
  • Jefes/as de Taller
  • Oficiales 1ª
  • Oficiales 2ª
  • Conductores/as de Ambulancia
  • Peones/as

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1705 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Grupo I: 6 meses
  • Grupo II: 2 meses
  • Grupos III a), III b) y IV: 1 mes
  • Grupo V: 15 días

Preaviso si te vas

  • Grupo I: 2 meses
  • Grupos II, III a) y III b): 1 mes
  • Grupos IV y V: 15 días

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Publicado en el BOA el 8.º convenio 2024-2027: +0,5 % en 2024, +3 % en 2025, +3 % en 2026 y +3,5 % en 2027. · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de sanidad privada de Aragón?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2027. Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2027 (BOA 10/06/2025), con tablas pactadas para 2025, 2026 y 2027.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de sanidad privada de Aragón en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.073,28 € brutos al año a jornada completa (Porteros/as).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de sanidad privada de Aragón?

30 días naturales al año, según el art. 41.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: 6 meses. Grupo II: 2 meses. Grupos III a), III b) y IV: 1 mes. Grupo V: 15 días.

Fuente: BOA de 10 de junio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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