Convenio colectivo · Provincial · Gipuzkoa

Convenio del metal de Gipuzkoa 2026.

VigenteBOG (Boletín Oficial de Gipuzkoa) 8/6/2023

El convenio del metal de Gipuzkoa está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 43.493 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOG (Boletín Oficial de Gipuzkoa) · 08/06/2023 · actualizado el

Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de Gipuzkoa 2023-2026

CÓDIGO 20001095011981

Vigente hasta el 31/12/2026. Queda denunciado automáticamente el 1/11/2026 y, mientras no haya nuevo acuerdo, mantiene todo su contenido de forma indefinida (art. 3). Tablas 2026 publicadas en el BOG de 16/2/2026 y republicadas con el acta el 27/3/2026.

Comprueba que es tu convenio

Es el convenio general del metal en Gipuzkoa, pero muchas empresas tienen convenio propio o pactos de empresa que lo mejoran o sustituyen. El comercio del metal no entra (excluido en el art. 2).

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Ingenieros/as, arquitectos/as y licenciados/as1.061,17 €1443.493,45 €Calcular neto
Los/as mismos/as con respons. téc1.013,06 €1441.890,63 €Calcular neto
Peritos y aparejadores/as987,88 €1441.008,13 €Calcular neto
Ayudante téc. sanitario987,88 €1441.008,13 €Calcular neto
Capit. embarc. más 400 Tm913,63 €1438.712,65 €Calcular neto
Jefe/a de laboratorio839,54 €1436.419,41 €Calcular neto
Jefe/a de 1.ª807,40 €1435.439,47 €Calcular neto
Capitanes/as y 1.º maquinistas805,73 €1435.397,94 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 79. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 79 categorías de la tabla 2026

Notas de la tabla

Tabla de retribuciones mínimas (anexo I). Personal obrero: salario base (A) y plus convenio (B) DIARIOS; resto: salario base (A) MENSUAL y plus convenio (B) por día de trabajo. salario anual = columna «Retribución anualizada a 100 UC» (rendimiento normal); comprobado en todas las filas: A × 425 días (obreros) o A × 14 (resto) + B × 363. Quien no trabaja con incentivos medidos cobra además la carencia de incentivo (C, 14 % de A + B por día laborable): ver complemento «carencia-incentivo» y nota anual con carencia. Dos pagas extra de 30 días sobre A + B + antigüedad (art. 25). El anexo II da además el valor hora con carencia (anual ÷ 1.695 h) para el personal de ETT. Revisión salarial 2026 (IPC 2025, 2,9 %): publicada en el BOG n.º 30 de 16/2/2026 y republicada íntegra con el acta (corrección de errores) en el BOG n.º 58 de 27/3/2026.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 10).

4 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o pareja de hecho acreditada18Mejora el Estatutoart. 12.a
Nacimiento de hijo/a3 (5 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 12.b
Enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos/as, padre o madre5 (5 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)art. 12.c
Enfermedad grave u hospitalización de hermanos/as, nietos/as, abuelos/as, suegros/as, cuñados/as, yernos y nueras5 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)art. 12.c
Intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de pariente hasta 2.º grado5 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)art. 12.c
Fallecimiento del cónyuge o de hijos/as5 (7 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 12.d
Fallecimiento de padre/madre, hermanos/as, nietos/as, abuelos/as, suegros/as, cuñados/as, yernos y nueras2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 12.d
Matrimonio de padre/madre, hermanos/as o hijos/as1Mejora el Estatutoart. 12.e
Traslado del domicilio habitual1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 12.f
Deber inexcusable de carácter público y personal—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 12.j
Consulta médica (medicina general o privada) y acompañamiento—Mejora el Estatutoart. 12.g

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Prima de carencia de incentivosegún categoría, de 5,53 a 15,94 € por díaPersonal que realiza trabajos no medidos (sin sistema de incentivos), por día laborableart. 18 y anexo I
Antigüedad (quinquenios)5 % del salario base por cada 5 añosToda la plantilla; cada quinquenio se cobra desde el mes siguiente a cumplirloart. 23
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos20 % sobre el salario baseTrabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos no incluidos ya en la valoración del puestoarts. 19 y 21
Plus de trabajo nocturno20 % sobre la hora ordinaria por horaTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 (más de 1 hora); con más de 4 horas nocturnas se cobra toda la jornadaart. 20
Plus de jefe/a de equipo20 % sobre el salario basePersona de oficio que, con trabajo manual, controla a un grupo de 3 a 8 trabajadores/asart. 22
Dieta por desplazamiento (desde el primer día, España)71,94 € por díaDesplazamiento por cuenta de la empresa en el ámbito estatalart. 26
Desayuno (desplazamiento en el mismo día, España)2,37 € por díaDesplazamiento que no requiere pernoctarart. 26
Comida (desplazamiento en el mismo día, España)24,02 € por díaDesplazamiento que no requiere pernoctarart. 26
Cena (desplazamiento en el mismo día, España)16,92 € por díaDesplazamiento que no requiere pernoctarart. 26
Desayuno (desplazamiento al extranjero)2,57 € por díaDesplazamiento fuera de España, si no hay acuerdo entre empresa y trabajadorart. 26
Comida (desplazamiento al extranjero)30,17 € por díaDesplazamiento fuera de España, si no hay acuerdo entre empresa y trabajadorart. 26
Cena (desplazamiento al extranjero)18,53 € por díaDesplazamiento fuera de España, si no hay acuerdo entre empresa y trabajadorart. 26
Suplemento por pernoctación (extranjero)8,90 € por díaPor día de pernoctación en desplazamientos al extranjero; el alojamiento lo paga la empresaart. 26
Kilometraje en vehículo propio0,44 €Uso del vehículo propio por cuenta de la empresaart. 26

Horas extra: se compensan con descanso (festivas +65 %). 1 hora y 20 minutos de descanso por hora extra en día laborable y 1 hora y 40 minutos en domingo o festivo (art. 11).

Subidas pactadas: 2025: 2,8 % (Tablas 2025 = tablas 2024 + IPC de 2024 sobre la retribución anualizada con carencia de incentivo; la columna A sube el 55 % de esa subida. La revisión publicada cifra el IPC 2024 en el 2,8 % (al actualizar dietas y kilometraje).); 2026: 2,9 % (Tablas 2026 = tablas 2025 + IPC de 2025 (2,9 %) sobre la retribución anualizada con carencia de incentivo; la columna A sube el 55 % de esa subida.); 2026: 2,46 % (Salarios reales (los que se cobran por encima de tabla): +2,465 % sobre lo percibido en 2025 (85 % de la subida de tablas).).

Cláusula de revisión: Las tablas de cada año se actualizan con el IPC del año anterior (2023: 5 %; 2024: IPC 2023 + 0,7 %; 2025 y 2026: IPC del año anterior); si el IPC es negativo no hay subida. Los salarios reales suben el 85 % de la subida de tablas. Dietas y kilometraje suben con el mismo IPC. (arts. 15, 26 y 29).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

79 categorías o puestos en 10 grupos profesionales.

Grupo Personal obrero 8 categorías
  • Peón y especialista
  • Mozo esp. y almacén
  • Prof. siderur. 1.a
  • Prof. siderur. 2.a
  • Prof. siderur. 3.a
  • Oficial de 1.a
  • Oficial de 2.a
  • Oficial de 3.a
Grupo Personal subalterno 20 categorías
  • Listero/a
  • Almacenero/a
  • Chofer motociclo
  • Chofer camión y turismo
  • Pesador/a
  • Guarda jurado
  • Vigilante
  • Cabo Guardas
  • Ordenanza
  • Portero/a
  • Botones 1.er año
  • Botones 2.º año
  • Conserje
  • Enfermero/a
  • Dependiente/a economato
  • Auxiliar dependiente/a
  • Aspirante 1.er año economato
  • Aspirante 2.º año economato
  • Reproductor/a planos
  • Telefonista
Grupo Personal administrativo 6 categorías
  • Jefe/a de 1.ª
  • Jefe/a de 2.ª
  • Oficial/a de 1.ª
  • Oficial/a de 2.ª
  • Auxiliar · Personal administrativo
  • Viajante
Grupo Personal técnico titulado 12 categorías
  • Ingenieros/as, arquitectos/as y licenciados/as
  • Peritos y aparejadores/as
  • Los/as mismos/as con respons. téc
  • Maestros industriales
  • Capitanes/as y 1.º maquinistas
  • Capit. embarc. más 400 Tm
  • Pilotos y 2.º maquinist
  • Graduados/as sociales
  • Maestro/a enseñ. primaria
  • Maestro/a enseñ. elem
  • Asistentes sociales
  • Ayudante téc. sanitario
Grupo Personal técnico de taller 7 categorías
  • Jefe/a de taller
  • Maestro/a de taller
  • Maestro/a de segunda
  • Contramaestre
  • Encargado/a
  • Capataz especialista
  • Capataz peón ordinar
Grupo Personal técnico de oficina 11 categorías
  • Delineante proyectista
  • Dibujante proyectista
  • Delineante de 1.ª
  • Práctico/a de topografía
  • Fotógrafo/a
  • Delineante de 2.ª
  • Calcador/a
  • Reproductor/a fotográfico
  • Reproductor/a de planos
  • Archivero-bibliotecario
  • Auxiliar · Personal técnico de oficina
Grupo Personal técnico diques y muelles 3 categorías
  • Jefe/a de diques
  • Jefe/a de muelles
  • Buzos y hombres-rana
Grupo Personal técnico de organización 5 categorías
  • Jefe/a sección organiz. 1.ª
  • Jefe/a secc. organiz. 2.ª
  • Técnico/a organización 1.ª
  • Técnico/a de organización 2.ª
  • Auxiliar organización
Grupo Personal técnico de laboratorio 5 categorías
  • Jefe/a de laboratorio
  • Jefe/a de sección
  • Analista de 1.ª
  • Analista de 2.ª
  • Auxiliar · Personal técnico de laboratorio
Grupo Aspirante administr., de técnico de oficina, de organización y laboratorio 2 categorías
  • Aspirantes de 1.er año
  • Aspirantes de 2.º año

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1695 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados: 6 meses
  • Peones y especialistas: 15 días
  • Resto del personal: 2 meses

Preaviso si te vas

  • Personal obrero: 15 días
  • Personal subalterno: 15 días
  • Personal administrativo: 1 mes
  • Jefes/as o titulados/as administrativos/as: 2 meses
  • Personal técnico no titulado: 2 meses
  • Personal técnico titulado: 2 meses

06 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Gipuzkoa?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2026. Vigente hasta el 31/12/2026. Queda denunciado automáticamente el 1/11/2026 y, mientras no haya nuevo acuerdo, mantiene todo su contenido de forma indefinida (art. 3). Tablas 2026 publicadas en el BOG de 16/2/2026 y republicadas con el acta el 27/3/2026.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio del metal de Gipuzkoa en 2026?

La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 14.925,40 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Gipuzkoa?

30 días naturales al año, según el art. 10.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados: 6 meses. Peones y especialistas: 15 días. Resto del personal: 2 meses.

Fuente: BOG (Boletín Oficial de Gipuzkoa) de 8 de junio de 2023. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

Ver soluciones para empresas

Volver arriba