Convenio colectivo · Provincial · Huelva
Convenio de limpieza de edificios y locales de Huelva 2026.
El convenio de limpieza de edificios y locales de Huelva está en ultraactividad (vigencia hasta el 31/12/2022). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 16.165 € brutos al año. Vacaciones: 31 días naturales.
FUENTEBOP Huelva · 24/03/2021 · actualizado elConvenio Colectivo de Agencias de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Huelva
Vigencia 2020-2022 (art. 3): denunciado automáticamente el 31/12/2022 y prorrogado hasta que lo sustituya otro. A 14/10/2026 no hay nuevo convenio ni tablas posteriores a 2022 publicadas: se aplica la tabla de 2022, que queda por debajo del SMI.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Grupo II · Personal administrativo | 888,86 € | 15 | 16.164,90 € | Calcular neto |
| Grupo III · Mandos intermedios | 844,35 € | 15 | 15.497,25 € | Calcular neto |
| Grupo IV nivel III · Especialista, Oficial, Conductor-Limpiador | 31,46 €/día | 15 | 14.314,30 € | Calcular neto |
| Grupo IV nivel II · Peón especialista, Ayudante | 27,97 €/día | 15 | 12.726,35 € | Calcular neto |
| Grupo IV nivel I · Limpiador/a, Peón | 27,12 €/día | 15 | 12.339,60 € | Calcular neto |
Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Notas de la tabla
Convenio vencido el 31/12/2022 y sin tablas posteriores publicadas a 14/10/2026: se aplica la tabla de 2022 (art. 3 y art. 86 ET). Muy por debajo del SMI 2026: rige el salario mínimo.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 31 días naturales al año (art. 12).
7 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 13 |
| Nacimiento o adopción de hijo/a | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 13 |
| Enfermedad grave de familiar hasta 2.º grado | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 13 |
| Ingreso hospitalario de familiar hasta 2.º grado | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 13 |
| Fallecimiento de familiar hasta 2.º grado | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 13 |
| Deberes públicos (tiempo indispensable) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 13 |
| Exámenes (tiempo necesario, dos primeras convocatorias) | — | Mejora el Estatuto | art. 13 |
| Cambio de domicilio | 2 | Mejora el Estatuto | art. 13 |
| Matrimonio de hijo/a, hermano/a, padres o nietos/as | 1 | Mejora el Estatuto | art. 13 |
| Asuntos propios | 3 | Mejora el Estatuto | art. 13 |
| Médico especialista propio o de hijos/as a cargo con problemas físicos o psíquicos (tiempo indispensable) | — | Mejora el Estatuto | art. 13 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Antigüedad (quinquenios) | 4 % del salario base por cada 5 años (máximo 5) | Toda la plantilla, desde la fecha de ingreso en la empresa | art. 16 |
| Plus convenio (peligrosidad, toxicidad y penosidad) del Grupo IV | 4,28 € por día | Por día de trabajo, personal operario (Grupo IV) | art. 15.c y anexo II |
| Plus extrasalarial (mantenimiento de ropa de trabajo) del Grupo IV | 5,99 € por día | Por día de trabajo, personal operario (Grupo IV); no cuenta para pagas extra, antigüedad ni vacaciones | art. 15.b y anexo II |
| Plus de especialización (máquina de 2 toneladas o más) | 3,39 € por día | Solo los días en que se conduce, limpia o mantiene una máquina de peso igual o superior a 2 toneladas | art. 15.d |
| Plus de ropa (lavado) | 10,84 € al mes | Centros con riesgo de contagio en los que la empresa no lava la ropa de trabajo | art. 15.e |
| Plus de transporte | 1,96 € | Toda la plantilla, íntegro con independencia de la jornada | art. 20 |
| Hora nocturna | según categoría, de 1,37 a 1,59 € por hora | Horas nocturnas (legislación vigente: de 22:00 a 6:00) | art. 17 y anexo IV |
| Servicio el 25 de diciembre, 1 y 6 de enero | 57,51 € por día | Por cada uno de esos días trabajado (y el turno de noche del día anterior), con independencia de los descansos | art. 35 |
| Abono de los descansos compensatorios por festivo trabajado | 18,96 € por día | Por cada uno de los 14 festivos del calendario trabajado: dos días de descanso pagados con salario base de grupo + plus de categoría antigua + antigüedad + plus convenio, más 9,479 € por día de descanso | art. 35 |
| Bolsa de vacaciones | 119,49 € al mes en 1 pagas | Toda la plantilla, íntegra con independencia de la jornada (proporcional al tiempo trabajado en el año; se reparte entre empresas si hay pluriempleo en el sector) | art. 12 |
| Ayuda de estudios (un hijo) | 61,85 € al mes en 1 pagas | Un hijo en Primaria, ESO, Bachillerato o módulos formativos | art. 36 |
| Ayuda de estudios (dos o más hijos) | 86,54 € al mes en 1 pagas | Dos o más hijos en Primaria, ESO, Bachillerato o módulos formativos | art. 36 |
| Desplazamiento en vehículo particular | 0,21 € | Desplazamiento por necesidad del servicio fuera del casco urbano de la localidad de contratación en vehículo del trabajador | art. 21 |
| Dieta (una comida fuera) | 55 % sobre el salario base | Desplazamiento fuera de la localidad del centro habitual, sin ser traslado, haciendo allí una comida | art. 22 |
| Dieta completa (comer y pernoctar fuera) | 100 % sobre el salario base | Desplazamiento fuera de la localidad del centro habitual con comida y pernocta | art. 22 |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (art. 10).
Subidas pactadas: 2026: (Sin subidas publicadas desde 2022: el convenio sigue prorrogado y se aplican las tablas de 2022 con la garantía del SMI vigente.).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
5 categorías o puestos en 3 grupos profesionales.
Grupo II · Personal administrativo 1 categoría
- Grupo II · Personal administrativo
Grupo III · Mandos intermedios 1 categoría
- Grupo III · Mandos intermedios
Grupo IV · Personal operario 3 categorías
- Grupo IV nivel I · Limpiador/a, Peón · nivel I
- Grupo IV nivel II · Peón especialista, Ayudante · nivel II
- Grupo IV nivel III · Especialista, Oficial, Conductor-Limpiador · nivel III
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Grupo I · Personal directivo y técnicos titulados: 6 meses
- Grupo II · Personal administrativo: 2 meses
- Grupo III · Mandos intermedios: 2 meses
- Grupo IV · Personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de limpieza de edificios y locales de Huelva?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2022. Vigencia 2020-2022 (art. 3): denunciado automáticamente el 31/12/2022 y prorrogado hasta que lo sustituya otro. A 14/10/2026 no hay nuevo convenio ni tablas posteriores a 2022 publicadas: se aplica la tabla de 2022, que queda por debajo del SMI.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de limpieza de edificios y locales de Huelva en 2026?
No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 12.339,60 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de limpieza de edificios y locales de Huelva?
31 días naturales al año, según el art. 12.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I · Personal directivo y técnicos titulados: 6 meses. Grupo II · Personal administrativo: 2 meses. Grupo III · Mandos intermedios: 2 meses. Grupo IV · Personal operario: 15 días.
Fuente: BOP Huelva de 24 de marzo de 2021 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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