Convenio colectivo · Provincial · Guadalajara
Convenio de limpieza de edificios y locales de Guadalajara 2026.
El convenio de limpieza de edificios y locales de Guadalajara está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 26.391 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Guadalajara · 08/11/2023 · actualizado elConvenio colectivo de limpieza de edificios y locales de la provincia de Guadalajara (2022-2026)
Vigente del 1/1/2022 al 31/12/2026 (art. 4); quedará denunciado automáticamente al terminar y seguirá aplicándose hasta un nuevo acuerdo (art. 5). Efectos económicos desde el 1/1/2023.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| DIRECTOR/A | 1.759,39 € | 15 | 26.390,85 € | Calcular neto |
| JEFE/A DE DEPARTAMENTO | 1.640,27 € | 15 | 24.604,05 € | Calcular neto |
| TITUL. GRADO SUPERIOR | 1.401,64 € | 15 | 21.024,60 € | Calcular neto |
| JEFE/A ADMINISTRATIVO | 1.401,64 € | 15 | 21.024,60 € | Calcular neto |
| ENCARGADO/A GENERAL | 1.400,50 € | 15 | 21.007,50 € | Calcular neto |
| TITUL. GRADO MEDIO | 1.331,60 € | 15 | 19.974,00 € | Calcular neto |
| ENCARGADO/A DE ZONA | 1.284,69 € | 15 | 19.270,35 € | Calcular neto |
| CAJERO/A | 1.272,22 € | 15 | 19.083,30 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 26. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 26 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Tabla salarial única 2022-2026 del convenio (columnas por año, ya con las subidas del art. 57). La tabla no indica unidades: grupos I a III se cargan como salario mensual y el grupo IV como salario diario (por su cuantía). 'anual' de las filas mensuales = salario mes × 15 (12 + 3 pagas de 30 días, art. 32), calculado; sin plus convenio ni antigüedad. Disposición adicional cuarta: si el SMI supera el salario anual de algún grupo, se aplica el SMI salvo retribuciones superiores en cómputo anual.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 25).
7 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hecho registrada | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 26 |
| Enfermedad grave, accidente u hospitalización de parientes hasta 2.º grado | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 26 |
| Fallecimiento de cónyuge, hijos/as, madre o padre | 4 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 26 |
| Fallecimiento de hermanos/as consanguíneos | 3 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 26 |
| Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º grado | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 26 |
| Matrimonio de hijos/as | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 26 |
| Traslado del domicilio habitual | 2 | Mejora el Estatuto | art. 26 |
| Deber inexcusable de carácter público o personal (tiempo indispensable) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 26 |
| Asuntos propios (preaviso de 72 horas; no acumulables a vacaciones ni puentes) | 3 | Mejora el Estatuto | art. 26 |
| Consulta del pediatra (16 horas al año, proporcional a la jornada) | — | Mejora el Estatuto | art. 26 |
| Médico especialista y de cabecera de la Seguridad Social (tiempo necesario) | — | Mejora el Estatuto | art. 26 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Antigüedad (trienios del 4 %) | 4 % del salario base por cada 3 años | Toda la plantilla | art. 31 |
| Plus convenio | 2,81 € por día | Toda la plantilla, por día efectivamente trabajado y proporcional a la jornada | art. 34 y tabla de conceptos |
| Plus de domingos y festivos | 26,54 € por día | Por jornada completa en domingo o festivo (parte proporcional si es menor) | art. 24 |
| Plus de nocturnidad | 25 % sobre el salario base por hora | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 | art. 35 |
| Plus de toxicidad, peligrosidad y penosidad | 20 % sobre el salario base | Por el tiempo en que se realicen tareas con productos tóxicos, peligrosos o penosos no subsanadas (lo determina la jurisdicción social) | art. 50 |
| Complemento de puesto de trabajo | 78,10 € al mes en 12 pagas | Zonas de producción (talleres, fábricas), centrales nucleares y térmicas, depósitos de combustible, zonas de productos tóxicos o peligrosos, cámaras frigoríficas industriales y almacenes (también sus zonas de administración), u otros puestos que decida la empresa | disposición adicional primera |
| Plus de guardería | 106,24 € | Con al menos 2 meses de antigüedad e hijos de hasta 6 años; por hijo/a | art. 36 y tabla de conceptos |
| Ayuda por nacimiento o adopción | 122,44 € | Por nacimiento o adopción de hijo/a | art. 26 y tabla de conceptos |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 9,56 a 9,56 € la hora (art. 33 y tabla de conceptos).
Subidas pactadas: 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % en todos los conceptos salariales y extrasalariales (ya aplicado en la tabla 2025)); 2026: 3,5 % (Incremento del 3,50 % en todos los conceptos salariales y extrasalariales (ya aplicado en la tabla 2026)).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
26 categorías o puestos en 4 grupos profesionales.
Grupo I: Personal directivo 4 categorías
- DIRECTOR/A
- JEFE/A DE DEPARTAMENTO
- TITUL. GRADO SUPERIOR
- TITUL. GRADO MEDIO
Grupo II: Personal administrativo 7 categorías
- JEFE/A ADMINISTRATIVO
- CAJERO/A
- OFICIAL DE 1ª
- OFICIAL DE 2ª
- AUXILIAR
- TELEFONISTA
- COBRADOR/A
Grupo III: Mandos intermedios 5 categorías
- ENCARGADO/A GENERAL
- ENCARGADO/A DE ZONA
- ENCARGADO/A DE SECTOR
- ENCARGADO/A DE GRUPO
- RESPONSABLE DE EQUIPO
Grupo IV: Operario 10 categorías
- ORDENANZA
- ALMACENERO/A
- CONSERJE
- ESPECIALISTA
- PEON ESPECIALIZADO
- CONDUCTOR/A LIMPIADOR/A
- LIMPIADOR/A
- OFICIAL
- AYUDANTE
- PEON
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Grupo I (personal directivo y técnicos titulados): 6 meses
- Grupo II (personal administrativo): 2 meses
- Grupo III (mandos intermedios): 2 meses
- Grupo IV (personal operario): 15 días
Preaviso si te vas
- Directivos o técnicos titulados: 2 meses
- Administrativos y mandos intermedios: 1 mes
- Operarios: 15 días
06 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de limpieza de edificios y locales de Guadalajara?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026. Vigente del 1/1/2022 al 31/12/2026 (art. 4); quedará denunciado automáticamente al terminar y seguirá aplicándose hasta un nuevo acuerdo (art. 5). Efectos económicos desde el 1/1/2023.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de limpieza de edificios y locales de Guadalajara en 2026?
La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 15.442,35 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de limpieza de edificios y locales de Guadalajara?
30 días naturales al año, según el art. 25.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I (personal directivo y técnicos titulados): 6 meses. Grupo II (personal administrativo): 2 meses. Grupo III (mandos intermedios): 2 meses. Grupo IV (personal operario): 15 días.
Fuente: BOP Guadalajara de 8 de noviembre de 2023. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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