Convenio colectivo · Autonómico · Cataluña
Convenio de limpieza de edificios y locales de Cataluña 2026.
El convenio de limpieza de edificios y locales de Cataluña está vigente (vigencia hasta el 31/12/2030). En 2026 el salario de tabla va de 18.177 € a 28.413 € brutos al año según la categoría y la provincia. Vacaciones: 31 días naturales.
Revisado por Gala Worklab ·Convenio colectivo de trabajo del sector de la limpieza de edificios y locales de Cataluña (2022-2025, con Acuerdo parcial 2026-2030)
Texto 2022-2025 (prórroga tácita anual desde 1/1/2026, art. 4) completado por el Acuerdo parcial 2026-2030 publicado en el DOGC el 26/2/2026 (tablas 2026 definitivas; subidas 2027-2030 pendientes de negociar). Firmado solo por UGT en la parte social.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales por provincia.
Tabla del Acuerdo parcial 2026-2030 (Resolución EMT/427/2026, DOGC 9613, 26/02/2026): +3,25 % sobre 2025, tablas definitivas. El plus convenio pasa a llamarse «Complemento a salario base» (208,90 €/mes, 15 pagas) y desde el 1/9/2026 se integran 12 € en el salario base (base +12 €, complemento 196,90 €; el total no cambia): se recoge en '_desde_2026_09_01'. Barcelona, Girona y Lleida comparten tabla (salario base + plus por mes; se repite por provincia). Tarragona tiene tabla propia solo de salario base. pagas = 15: 12 mensualidades + pagas extra de marzo, julio y Navidad (art. 37). El anual no lo da la tabla: es (salario base + plus/complemento) × 15 en Barcelona, Girona y Lleida, y salario base × 15 en Tarragona (anual_calculado).
Este convenio tiene una tabla distinta para cada uno de sus 4 territorios. Elige el tuyo:
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 31 días naturales al año (art. 61).
8 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio de la persona trabajadora | 15 | Igual que el Estatuto | art. 62 |
| Nacimiento o adopción: familiares de 1.er grado de quien tenga el permiso de nacimiento | 1 | Mejora el Estatuto | art. 62 |
| Fallecimiento o enfermedad grave del cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos de ambos cónyuges | 4 | Mejora el Estatuto | art. 62 |
| Hospitalización o intervención quirúrgica de cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos | 4 | Igual que el Estatuto | art. 62 |
| Accidente o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario | 2 | Igual que el Estatuto | art. 62 |
| Deberes públicos | — | Igual que el Estatuto | art. 62 |
| Exámenes | — | Mejora el Estatuto | art. 62 |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual que el Estatuto | art. 62 |
| Matrimonio de hijos o hermanos | 1 | Mejora el Estatuto | art. 62 |
| Visita al médico de cabecera propia o acompañando a hijos o ascendientes de 1.er grado convivientes | — | Mejora el Estatuto | art. 62 |
| Visita a médico especialista | — | Mejora el Estatuto | art. 62 |
| Acompañar a cónyuge, padres o hijos mayores de 16 años a quimioterapia o radioterapia | 3 | Mejora el Estatuto | art. 62 |
| Asuntos propios (Barcelona y Girona: 2 días y Sábado Santo festivo; Lleida: 2 días y Sábado Santo; Tarragona: 3 días) | 2 | Mejora el Estatuto | art. 62 |
03 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
18 categorías o puestos en 4 grupos profesionales.
Grupo I
- Personal directivo (dirección, dirección comercial, dirección administrativa, jefatura de compras, jefatura de servicio) · nivel 1
- Personal titulado de grado superior · nivel 2
- Personal titulado de grado medio · nivel 3
- Personal titulado laboral o profesional · nivel 4
Grupo II
- Jefe administrativo (1ª y 2ª) · nivel 1
- Personal oficial administrativo (1ª y 2ª) · nivel 2
- Personal auxiliar administrativo · nivel 3
- Telefonista · nivel 4
Grupo III
- Personal encargado general · nivel 1
- Personal encargado de zona · nivel 2
- Personal encargado de sector · nivel 3
- Personal encargado de edificio · nivel 4
- Responsable de equipo · nivel 5
Grupo IV
- Especialista (especialista, oficial/a) · nivel 1
- Peón especializado (peón especializado, ayudante) · nivel 2
- Personal conductor-limpiador · nivel 3
- Personal limpiador (limpiador/a, peón) · nivel 4
- Personal subalterno (ordenanza, almacenero/a, listero/a y vigilante) · nivel 5
04 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Se cobran aparte
Periodo de prueba
- Grupo I: personal directivo y técnico titulado: 6 meses
- Grupo II: personal administrativo: 2 meses
- Grupo III: mandos intermedios: 2 meses
- Grupo IV: personal operario: 1 mes
Preaviso si te vas
- Grupo I: 2 meses
- Grupos II y III: 1 mes
- Grupo IV: 15 días
05 · Novedades
Novedades del convenio.
- Corrección de erratas: el acuerdo se denomina «Acuerdo parcial para los años 2026 a 2030». · BOE
- Publicado el Acuerdo parcial 2026-2030: +3,25 % en 2026, nuevo complemento a salario base de 208,90 € que se integrará en el salario base hasta 2030, y retribución específica de 20 € por domingo o festivo para contratos solo de fin de semana. CCOO no lo firma. · BOE
- La comisión negociadora incorpora al convenio las medidas de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI. · BOE
- Publicado en el DOGC el convenio de limpieza de edificios y locales de Cataluña 2022-2025. · BOE
06 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de limpieza de edificios y locales de Cataluña?
Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2030. Texto 2022-2025 (prórroga tácita anual desde 1/1/2026, art. 4) completado por el Acuerdo parcial 2026-2030 publicado en el DOGC el 26/2/2026 (tablas 2026 definitivas; subidas 2027-2030 pendientes de negociar). Firmado solo por UGT en la parte social.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de limpieza de edificios y locales de Cataluña en 2026?
El importe más bajo de la tabla 2026 es 18.177,15 € brutos al año (Telefonista).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de limpieza de edificios y locales de Cataluña?
31 días naturales al año, según el art. 61.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I: personal directivo y técnico titulado: 6 meses. Grupo II: personal administrativo: 2 meses. Grupo III: mandos intermedios: 2 meses. Grupo IV: personal operario: 1 mes.
Fuente: DOGC de 23 de mayo de 2023 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 13 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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