Convenio colectivo · Provincial · Palencia

Convenio de hostelería de Palencia 2026.

VigenteBOP Palencia 13/1/2023

El convenio de hostelería de Palencia está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 22.792 € brutos al año. Vacaciones: 31 días naturales.

FUENTEBOP Palencia · 13/01/2023 · actualizado el

Convenio Colectivo para las Industrias de Hostelería de Palencia (2020-2026)

CÓDIGO 34000265011981

Vigente del 1/1/2020 al 31/12/2026 (BOP Palencia 13/1/2023), con tablas para cada año. Tabla 2025 corregida por el SMI (BOP 16/3/2026).

Comprueba que es tu convenio

Convenio general de hostelería de Palencia (todo el ámbito del ALEH: alojamiento, restaurantes, bares, cafeterías, catering, discotecas y salas de fiestas, casinos). Hasta 2025 el salario depende también del grupo del establecimiento; desde 2026 hay un solo grupo.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Jefe de cocina1.628,00 €1422.792,06 €Calcular neto
Encargado (clubes, discotecas y salas de fiestas)1.460,00 €1420.440,00 €Calcular neto
Segundo jefe de cocina1.449,71 €1420.295,95 €Calcular neto
Jefe de partida1.413,63 €1419.790,81 €Calcular neto
Jefe de recepción1.385,21 €1419.392,94 €Calcular neto
Cocinero, repostero1.385,21 €1419.392,94 €Calcular neto
Jefe de restaurante o sala1.385,21 €1419.392,94 €Calcular neto
Responsable de servicio1.385,21 €1419.392,94 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 32. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 32 categorías de la tabla 2026

Notas de la tabla

Tabla 2026 del convenio (BOP Palencia 13/1/2023, publicada como imagen y transcrita): grupo único de establecimientos (+1 % sobre el grupo I de 2025 según la cabecera de la tabla). No hay acta de adaptación al SMI 2026 publicada a 14/10/2026: varias categorías quedan por debajo del SMI (1.221 €), que prevalece.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 31 días naturales al año (art. 17).

6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 19.a
Enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica (con o sin hospitalización con reposo) de parientes hasta 2.º grado5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)art. 19.b
Fallecimiento de parientes hasta 2.º grado3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 19.c
Traslado de domicilio1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 19.e
Deber inexcusable de carácter público o personalel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 19.g
Bautizo de hijos/as1Mejora el Estatutoart. 19.d
Boda de hijos/as o hermanos/as1Mejora el Estatutoart. 19.f
Exámenes en centros de formación académica, profesional o social10Mejora el Estatutoart. 19.h
Consulta médica20 horas retribuidas al año, máximo 4 horas al díaMejora el Estatutoart. 19.i
Acompañamiento de hijos menores al médico y otros asuntos20 horas retribuidas al año, en fracciones mínimas de 2 horasMejora el Estatutoart. 19.j

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Manutención (en metálico)49,50 € al mes en 12 pagasToda la plantilla, salvo que opte por la manutención en especie (no cabe si el establecimiento no tiene comedor). Se paga íntegra aunque la jornada sea parcial.art. 28 y anexo
Plus de nocturnidad25 % sobre la hora ordinaria por horaEmpresas en las que el personal trabaje la mayor parte de su jornada entre las 22:00 y las 6:00, salvo salario pactado como nocturno por naturaleza.art. 24
Plus compensatorio de formación25,00 € al mesSolo si la empresa no acredita su participación en planes de formación continua del sector (art. 46).art. 46
Abono de festivos no disfrutados85,00 € por díaSolo si la empresa opta por pagar, en vez de dar libres, los 14 festivos retribuidos y no recuperables no disfrutados (no en despido, baja voluntaria o abandono).art. 18.d
Antigüedad (personal contratado antes de 1997)Porcentaje sobre el SMI vigente: 3 % a los 3 años, 8 % a los 6, 16 % a los 9, 26 % a los 14, 38 % a los 19 y 45 % a los 24Solo personal contratado antes del 1/1/1997 (antigüedad cumplida desde 1/1/1985). Los contratados antes del 31/12/1984 mantienen sus cantidades consolidadas; desde 1997 no se genera.art. 26

Horas extra: el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET) (art. 15).

Subidas pactadas: 2025: (Tabla 2025 del convenio con subidas distintas por grupo de establecimiento (cabecera: 1,00 % grupo I, 1,50 % grupo II, 2,40 % grupo III), para converger hacia el grupo único de 2026); 2025: (Acta de 9/10/2025: las categorías por debajo del SMI 2025 pasan a 1.184,00 € (12 + 2 pagas) y se corrige cocinero/repostero); 2026: 1 % (Tabla 2026 del convenio, grupo único (cabecera: 1,00 %)); 2027: 2 % (Con efectos de 1/1/2027 se actualizan un 2 % las tablas vigentes para 2026).

Cláusula de revisión: No hay revisión salarial durante la vigencia (2020-2026). Con efectos de 1/1/2027 se actualizan las tablas de 2026 un 2 %. (art. 23).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

36 categorías o puestos en 24 grupos profesionales.

Área 1.ª (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional I 2 categorías
  • Jefe de recepción
  • 2.º jefe de recepción, primer conserje, jefe de administración, jefe comercial
Área 1.ª (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional II 1 categoría
  • Administrativo, recepcionista, relaciones públicas
Área 1.ª (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional III 1 categoría
  • Ayudante administrativo, telefonista, ayudante de recepción, conserje, comercial, mozo de equipajes
Área 1.ª (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional IV 1 categoría
  • Auxiliar de recepción, auxiliar de conserjería
Área 2.ª (cocina y economato) · grupo profesional I 2 categorías
  • Jefe de cocina
  • Segundo jefe de cocina
Área 2.ª (cocina y economato) · grupo profesional II 3 categorías
  • Jefe de partida
  • Cocinero, repostero
  • Encargado de economato
Área 2.ª (cocina y economato) · grupo profesional III 2 categorías
  • Ayudante de repostero, ayudante de cocina
  • Ayudante de economato
Área 2.ª (cocina y economato) · grupo profesional IV 1 categoría
  • Auxiliar de cocina
Área 3.ª (restaurante, bar y similares, pista para catering) · grupo profesional I 2 categorías
  • Jefe de restaurante o sala
  • Segundo jefe de restaurante o sala, jefe de sector
Área 3.ª (restaurante, bar y similares, pista para catering) · grupo profesional II 1 categoría
  • Camarero, barman, sumiller
Área 3.ª (restaurante, bar y similares, pista para catering) · grupo profesional III 1 categoría
  • Ayudante de camarero, riders
Grupo Clubes, discotecas, salas de baile y salas de fiestas · grupo profesional I 1 categoría
  • Encargado (clubes, discotecas y salas de fiestas)
Grupo Clubes, discotecas, salas de baile y salas de fiestas · grupo profesional II 1 categoría
  • Camarero, barman, DJ/pinchadiscos (clubes, discotecas y salas de fiestas)
Grupo Clubes, discotecas, salas de baile y salas de fiestas · grupo profesional III 1 categoría
  • Ayudante de camarero o barman, taquillero (clubes, discotecas y salas de fiestas)
Grupo Clubes, discotecas, salas de baile y salas de fiestas · grupo profesional IV 1 categoría
  • Personal de limpieza (clubes, discotecas y salas de fiestas)
Área 4.ª (pisos y limpieza) · grupo profesional I 2 categorías
  • Encargado general
  • Encargado de sección
Área 4.ª (pisos y limpieza) · grupo profesional II 1 categoría
  • Camarero/a de pisos
Área 4.ª (pisos y limpieza) · grupo profesional III 1 categoría
  • Auxiliar de pisos y limpieza
Área 5.ª (mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional I 1 categoría
  • Encargado de mantenimiento y servicios técnicos y/o auxiliares, encargado de sección
Área 5.ª (mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional II 1 categoría
  • Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares
Área 5.ª (mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional III 1 categoría
  • Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares, monitor
Área 6.ª (servicios complementarios) · grupo profesional I 2 categorías
  • Responsable de servicio
  • Técnico de servicio (dietista, fisioterapeuta y otros titulados de la salud)
Área 6.ª (servicios complementarios) · grupo profesional II 2 categorías
  • Especialista de servicios (socorrista, primeros auxilios, discjockey, masajista, quiromasajista, especialista de atención al cliente)
  • Auxiliar de servicio (atención al cliente, auxiliar de balneario o piscina)
Grupo Casinos 4 categorías
  • Conserje (casinos)
  • Ordenanza (casinos)
  • Personal de limpieza (casinos)
  • Camarero (casinos)

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1796 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Jefe de grupo profesional: 1 mes
  • Resto del personal: 15 días

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Publicada el acta que adapta las tablas de 2025 al SMI (1.184 €) y corrige cocinero y ayudante de cocina. · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de hostelería de Palencia?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2026. Vigente del 1/1/2020 al 31/12/2026 (BOP Palencia 13/1/2023), con tablas para cada año. Tabla 2025 corregida por el SMI (BOP 16/3/2026).

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de hostelería de Palencia en 2026?

La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 15.694,98 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Palencia?

31 días naturales al año, según el art. 17.

Fuente: BOP Palencia de 13 de enero de 2023 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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