Convenio colectivo · Provincial · Cuenca

Convenio de hostelería de Cuenca 2026.

ProrrogadoBOP Cuenca 24/2/2023

El convenio de hostelería de Cuenca está prorrogado (vigencia hasta el 31/12/2024). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 16.175 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOP Cuenca · 24/02/2023 · actualizado el

Convenio Colectivo de Hostelería provincia de Cuenca años 2022, 2023 y 2024

CÓDIGO 16000125011981

Vencido el 31/12/2024 y prorrogado por años al no constar denuncia (art. 4). Tablas de 2025 provisionales (BOP Cuenca 13/6/2025, +1,9 % por la cláusula de IPC); sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 86 ET).

Comprueba que es tu convenio

Convenio general de hostelería de la provincia de Cuenca (bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, alojamientos, catering y colectividades: ámbito funcional del ALEH). Tu salario depende de tu nivel (anexo I) y del grupo del establecimiento (A o B, anexo II).

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Prorrogada del año anteriorFUENTE Tabla · BOP Cuenca
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel I · establecimientos grupo A1.078,34 €*1516.175,05 €Calcular neto
Nivel I · establecimientos grupo B1.075,84 €*1516.137,60 €Calcular neto
Nivel II · establecimientos grupo A1.054,14 €*1515.812,03 €Calcular neto
Nivel II · establecimientos grupo B1.049,01 €*1515.735,14 €Calcular neto
Nivel III · establecimientos grupo A1.030,08 €*1515.451,15 €Calcular neto
Nivel III · establecimientos grupo B1.021,08 €*1515.316,18 €Calcular neto
Nivel IV · establecimientos grupo A1.018,60 €*1515.279,04 €Calcular neto
Nivel IV · establecimientos grupo B1.010,44 €*1515.156,61 €Calcular neto

Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales. * Mensual calculado: la tabla oficial da importes anuales.

Notas de la tabla

Sin tabla 2026 publicada a 14/10/2026: se aplica la tabla provisional de 2025 (art. 86 ET). Convenio vencido en 2024 y prorrogado; no hay subida pactada para 2026.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 40).

7 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o registro como pareja de hecho15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 44.e
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º grado5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)art. 44.c
Fallecimiento de familiares hasta 2.º grado3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 44.b
Nacimiento o adopción de hijo o hija3Mejora el Estatutoart. 44.a
Matrimonio de familiares hasta 2.º grado1Mejora el Estatutoart. 44.d
Traslado de domicilio habitual2Mejora el Estatutoart. 44.f
Deber inexcusable de carácter público y personalel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 44.g
Asuntos propios3Mejora el Estatutoart. 44.m
Consulta médica propia, de hijos menores o de familiares de 1.er grado mayores o con discapacidad dependientesel tiempo necesario e indispensableMejora el Estatutoart. 44.j
Exámenes en centros de formación académica, profesional o social, y examen del carné de conducirel tiempo necesarioMejora el Estatutoart. 44.k y 44.l

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Complemento lineal de convenio968,70 €Completo si tu jornada supera 40 horas al mes o 440 al año; si no, en proporción al tiempo trabajado. No lo cobra el personal contratado como «extra».art. 56 y anexo III
Plus compensatoriosegún categoría, de 1.326,28 a 1.415,39 €Toda la plantilla (art. 54.2).art. 54.2, art. 55 y anexo III
Plus de formación274,64 €Solo si la empresa no acredita la formación del art. 30 (mínimo 10 horas anuales).art. 57.3, art. 30 y anexo III
Plus de mantenimiento (limpieza) de uniformes180,61 €Si la empresa no se encarga de la limpieza y conservación de uniformes y ropa de trabajo.art. 57.2 y anexo III
Plus de calzado45,61 €Si compras tú el calzado de trabajo siguiendo las especificaciones de la empresa.art. 57.1 y anexo III
Manutención (sustitución en metálico)371,36 €Personal con derecho a manutención según la antigua Ordenanza Laboral de Hostelería, cuando se sustituye la especie por dinero.art. 58 y anexo III
Alojamiento (sustitución en metálico)636,10 €Personal con derecho a alojamiento según la antigua Ordenanza Laboral de Hostelería, cuando se sustituye la especie por dinero.art. 58 y anexo III
Complemento personal (antigüedad consolidada)según categoría, de 907,11 a 968,05 €Solo quien tenía antigüedad consolidada entre el 1/1/2016 y el 31/12/2018. Desde 2019 no se generan nuevos tramos.art. 54.1 y anexo IV

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Primero se compensa con descanso: el exceso semanal en las 4 semanas siguientes, el mensual en 3 meses y el anual en el primer trimestre del año siguiente. Solo lo no compensado se paga como hora extra (arts. 41, 42, 43, 59 y 60).

Subidas pactadas: 2025: 1,9 % (1,9 % sobre las tablas de 2024 desde el 1/1/2025 por la cláusula de actualización (IPC 2023 + 2024 = 3,1 % + 2,8 %, por encima del 4 %); tablas provisionales para 2025).

Cláusula de revisión: Si la suma del IPC interanual de 2023 y 2024 supera el 4 %, se actualizan las tablas de 2024 con efectos de 1/1/2025 en la diferencia, con un máximo del 2,5 % y sin atrasos de 2024. Aplicada: +1,9 % (acta de 21/5/2025). No hay cláusula para 2026. (art. 53).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

61 categorías o puestos en 6 grupos profesionales.

Área 1.ª: recepción-conserjería, relaciones públicas, administración y gestión 15 categorías
  • Jefe de recepción · nivel I
  • 2.º jefe de recepción · nivel I
  • Jefe comercial · nivel I
  • Jefe de administración · nivel I
  • Primer conserje · nivel I
  • Recepcionista · nivel II
  • Conserje · nivel II
  • Administrativo · nivel II
  • Relaciones públicas · nivel II
  • Comercial · nivel II
  • Técnico de PRL · nivel II
  • Ayudante de recepción y/o conserjería · nivel III
  • Telefonista · nivel III
  • Ayudante administrativo · nivel III
  • Auxiliar de recepción y conserjería · nivel IV
Área 2.ª: cocina y economato 10 categorías
  • Jefe de cocina · nivel I
  • 2.º jefe de cocina · nivel I
  • Jefe de catering · nivel I
  • Jefe de partida · nivel II
  • Cocinero · nivel II
  • Repostero · nivel II
  • Encargado de economato · nivel II
  • Ayudante de cocina · nivel III
  • Ayudante de economato · nivel III
  • Auxiliar de cocina / economato · nivel IV
Área 3.ª: restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista de catering 21 categorías
  • Jefe de restaurante o sala · nivel I
  • 2.º jefe de restaurante o sala · nivel I
  • Jefe de operaciones de catering · nivel I
  • Gerente de centro · nivel I
  • Jefe de sector · nivel II
  • Camarero · nivel II
  • Barman · nivel II
  • Sumiller · nivel II
  • Jefe de sala de catering · nivel II
  • Supervisor de catering · nivel II
  • Supervisor de colectividades · nivel II
  • Supervisor de restauración moderna · nivel II
  • Preparador montador/a de catering · nivel III
  • Conductor equipo de catering · nivel III
  • Preparador restauración moderna · nivel III
  • Ayudante de camarero · nivel IV
  • Ayudante equipo catering · nivel IV
  • Monitor o cuidador de colectividades · nivel IV
  • Asistente colectividades · nivel IV
  • Asistente preparador/montador de catering · nivel IV
  • Asistente restauración moderna · nivel IV
Área 4.ª: pisos y limpieza 4 categorías
  • Gobernante o encargado general · nivel II
  • Subgobernante o encargado de sección · nivel II
  • Camarero de pisos · nivel III
  • Auxiliar de pisos y limpieza · nivel IV
Área 5.ª: mantenimiento y servicios auxiliares 7 categorías
  • Jefe de servicios de catering · nivel I
  • Encargado de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel II
  • Encargado de servicios técnicos de catering (flota o instalaciones y edificios) · nivel II
  • Encargado de sección · nivel III
  • Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel III
  • Especialista de servicios técnicos de catering (flota o instalaciones y edificios) · nivel III
  • Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel IV
Área 6.ª: servicios complementarios 4 categorías
  • Responsable de servicios · nivel I
  • Técnico de servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en Ciencias de la Salud) · nivel II
  • Especialista de servicio (socorrista, animador turístico, monitor deportivo, pinchadiscos, masajista, quiromasajista, esteticista, especialista termal o balneario, hidroterapeuta, atención al cliente) · nivel III
  • Auxiliar de servicio (atención al cliente, piscina o balneario) · nivel IV

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1800 h
Pagas extra3

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Toda la plantilla: 15 días

06 · Novedades

Cómo va el siguiente convenio.

  • Publicada la actualización de tablas salariales (+1,9 %), provisionales para 2025. · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de hostelería de Cuenca?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: prorrogado. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2024. Vencido el 31/12/2024 y prorrogado por años al no constar denuncia (art. 4). Tablas de 2025 provisionales (BOP Cuenca 13/6/2025, +1,9 % por la cláusula de IPC); sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 86 ET).

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de hostelería de Cuenca en 2026?

No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 15.156,61 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Cuenca?

30 días naturales al año, según el art. 40.

Fuente: BOP Cuenca de 24 de febrero de 2023 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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