Convenio colectivo · Estatal
Convenio de escuelas infantiles 2026.
El convenio estatal de escuelas infantiles está vigente (vigencia hasta el 31/12/2027). En 2026 el salario de tabla va de 17.220 € a 27.397 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOE · 05/06/2025 · actualizado elXIII Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil
Vigente hasta el 31/12/2027 (BOE 5/6/2025); prórroga anual tácita si no se denuncia con dos meses de antelación; denunciado, sigue vigente hasta el nuevo (art. 5). Tablas salariales por curso escolar (1 de septiembre).
Comprueba que es tu convenio
Convenio estatal. Tiene prioridad un convenio de empresa en las materias del art. 84.2 ET y, si existe y es más favorable, un convenio autonómico del sector (art. 6). Las escuelas infantiles públicas de gestión indirecta tienen tablas propias (A o B según la fecha del contrato público). Los maestros de unidades concertadas de 2.º ciclo cobran según el anexo III, que paga la Administración.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Director (gestión indirecta, tabla A) | 1.956,96 € | 14 | 27.397,44 € | Calcular neto |
| Subdirector (gestión indirecta, tabla A) | 1.956,96 € | 14 | 27.397,44 € | Calcular neto |
| Director pedagógico (gestión indirecta, tabla A) | 1.956,96 € | 14 | 27.397,44 € | Calcular neto |
| Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social… (gestión indirecta, tabla A) | 1.779,68 € | 14 | 24.915,53 € | Calcular neto |
| Maestro (gestión indirecta, tabla A) | 1.776,24 € | 14 | 24.867,36 € | Calcular neto |
| Director | 1.640,00 € | 14 | 22.960,00 € | Calcular neto |
| Subdirector | 1.640,00 € | 14 | 22.960,00 € | Calcular neto |
| Director pedagógico | 1.640,00 € | 14 | 22.960,00 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 36. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 36 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Anexo I «Tablas desde 1 de septiembre 2026» (tabla general) y anexo II, apartados A y B, «Tablas desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de agosto de 2027» (centros de gestión indirecta; en el BOE la tabla B de este curso aparece rotulada «Apartado A» por errata, pero su leyenda dice que es para contratos vigentes antes de la publicación del convenio, es decir, la B). Rigen desde el 1/9/2026; del 1/1 al 31/8/2026 se aplicaron las tablas del 1/9/2025 (ver tabla 2025). Salario mensual en 14 pagas; el anual del boletín = mensual × 14 y no incluye el CPP. Las filas «SMI» no traen importe: el boletín remite al salario mínimo.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 35).
2 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción como pareja de hecho | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 36.a |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado (y conviviente que requiera cuidado) | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 36.b |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 36.b bis |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 36.c |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 36.d |
| Boda de familiar hasta 2.º grado de consanguinidad | 1 | Mejora el Estatuto | art. 36.f |
| Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por restricciones de la autoridad o riesgo grave (catástrofe, fenómeno meteorológico adverso) | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 36.i |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiar o conviviente) | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 39.6 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP), por trienio | según categoría, de 16,32 a 35,70 € | Por cada trienio en la empresa, siempre que en esos tres años se acrediten 60 h de formación (grupo I salvo auxiliar de apoyo, y cargos directivos), 45 h (grupo II) o 18 h (grupo III y auxiliar de apoyo); si la empresa no oferta la formación, se cobra igualmente. Los cargos directivos temporales cobran el CPP de su puesto de trabajo. No se aplica al personal docente de niveles concertados en pago delegado. | art. 59, art. 61 y disposición transitoria quinta |
| Plus de trabajo nocturno | 25 % sobre la hora ordinaria por hora | Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 | art. 19 |
Horas extra: se pagan como la hora ordinaria. Pueden compensarse por tiempos equivalentes de descanso retribuido (art. 15).
Subidas pactadas: 2025: (Nuevas tablas con importes desde el 1/1/2025 y desde el 1/9/2025 (anexo I) y, en gestión indirecta, desde el 1/1/2025 y el 1/9/2025 (anexo II A y B). Para el personal de antiguos centros de obras sociales y cajas de ahorros (anexo IV): maestro 4 % (1/1/2025) y 2 % (1/9/2025); educador infantil 5 % y 3,75 %; servicios complementarios 2,5 % y 2,5 %; cargos directivos 4,5 % y 2,5 %; resto de puestos, SMI; CPP, 4 % en cada subida.); 2026: (Nuevas tablas con importes desde el 1/9/2026 (anexo I y anexo II A y B). Para el personal de antiguos centros de obras sociales (anexo IV): maestro 1,5 %, educador infantil 2,5 %, servicios complementarios 2,5 %, cargos directivos 2,5 %, resto de puestos SMI; CPP, 4 %.); 2027: (Solo para gestión indirecta: tablas A y B desde el 1/9/2027 hasta el 31/8/2028 (anexo II). Desde el curso 2027-2028, los centros de gestión indirecta con contratos anteriores cuya financiación pública no haya subido pueden no aplicar la subida de la tabla B (art. 65 bis).); 2026: (La comisión negociadora se reunirá para adecuar los salarios al SMI que apruebe el Gobierno, para que ningún puesto quede por debajo del SMI de cada año. Las filas «SMI» de las tablas remiten directamente al salario mínimo.).
Cláusula de revisión: No hay revisión por IPC. Garantía de SMI: la comisión negociadora adaptará los salarios al SMI anual que apruebe el Gobierno hasta la publicación del próximo convenio (DF 3.ª). En los años de prórroga, las condiciones económicas se negocian cada año con efectos desde el 1 de septiembre (art. 5). (disposición final tercera y art. 5).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
36 categorías o puestos en 4 grupos profesionales.
Grupo I. Personal de aula 9 categorías
- Maestro
- Educador Infantil
- Auxiliar de apoyo
- Maestro (gestión indirecta, tabla A)
- Educador Infantil (gestión indirecta, tabla A)
- Auxiliar de apoyo (gestión indirecta, tabla A)
- Maestro (gestión indirecta, tabla B)
- Educador Infantil (gestión indirecta, tabla B)
- Auxiliar de apoyo (gestión indirecta, tabla B)
Grupo II. Personal de servicios complementarios 3 categorías
- Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social…
- Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social… (gestión indirecta, tabla A)
- Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social… (gestión indirecta, tabla B)
Grupo III. Personal de administración y servicios 15 categorías
- Personal de cocina
- Personal de limpieza
- Personal de mantenimiento
- Personal de servicios generales
- Personal administrativo
- Personal de cocina (gestión indirecta, tabla A)
- Personal de limpieza (gestión indirecta, tabla A)
- Personal de mantenimiento (gestión indirecta, tabla A)
- Personal de servicios generales (gestión indirecta, tabla A)
- Personal administrativo (gestión indirecta, tabla A)
- Personal de cocina (gestión indirecta, tabla B)
- Personal de limpieza (gestión indirecta, tabla B)
- Personal de mantenimiento (gestión indirecta, tabla B)
- Personal de servicios generales (gestión indirecta, tabla B)
- Personal administrativo (gestión indirecta, tabla B)
Grupo Cargos directivos temporales 9 categorías
- Director
- Subdirector
- Director pedagógico
- Director (gestión indirecta, tabla A)
- Subdirector (gestión indirecta, tabla A)
- Director pedagógico (gestión indirecta, tabla A)
- Director (gestión indirecta, tabla B)
- Subdirector (gestión indirecta, tabla B)
- Director pedagógico (gestión indirecta, tabla B)
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Grupo I: maestro y educador infantil: 3 meses
- Grupo I: auxiliar de apoyo: 2 meses
- Grupo II: 2 meses
- Grupo III: 1 mes
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 15 días
06 · Novedades
Novedades del convenio.
- Publicado en el BOE el XIII Convenio estatal de centros de asistencia y educación infantil, con tablas de 2024 a 2027 y tablas propias para escuelas de gestión indirecta hasta agosto de 2028. · BOE
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de escuelas infantiles?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 6/6/2025 al 31/12/2027. Vigente hasta el 31/12/2027 (BOE 5/6/2025); prórroga anual tácita si no se denuncia con dos meses de antelación; denunciado, sigue vigente hasta el nuevo (art. 5). Tablas salariales por curso escolar (1 de septiembre).
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de escuelas infantiles en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.220,00 € brutos al año a jornada completa (Educador Infantil (gestión indirecta, tabla B)).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de escuelas infantiles?
30 días naturales al año, según el art. 35.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I: maestro y educador infantil: 3 meses. Grupo I: auxiliar de apoyo: 2 meses. Grupo II: 2 meses. Grupo III: 1 mes.
Fuente: BOE de 5 de junio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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