Convenio colectivo · Estatal

Convenio de escuelas infantiles 2026.

VigenteBOE 5/6/2025

El convenio estatal de escuelas infantiles está vigente (vigencia hasta el 31/12/2027). En 2026 el salario de tabla va de 17.220 € a 27.397 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOE · 05/06/2025 · actualizado el

XIII Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil

CÓDIGO 99005615011990

Vigente hasta el 31/12/2027 (BOE 5/6/2025); prórroga anual tácita si no se denuncia con dos meses de antelación; denunciado, sigue vigente hasta el nuevo (art. 5). Tablas salariales por curso escolar (1 de septiembre).

Comprueba que es tu convenio

Convenio estatal. Tiene prioridad un convenio de empresa en las materias del art. 84.2 ET y, si existe y es más favorable, un convenio autonómico del sector (art. 6). Las escuelas infantiles públicas de gestión indirecta tienen tablas propias (A o B según la fecha del contrato público). Los maestros de unidades concertadas de 2.º ciclo cobran según el anexo III, que paga la Administración.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Tabla definitivaFUENTE Tabla · BOE
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Director (gestión indirecta, tabla A)1.956,96 €1427.397,44 €Calcular neto
Subdirector (gestión indirecta, tabla A)1.956,96 €1427.397,44 €Calcular neto
Director pedagógico (gestión indirecta, tabla A)1.956,96 €1427.397,44 €Calcular neto
Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social… (gestión indirecta, tabla A)1.779,68 €1424.915,53 €Calcular neto
Maestro (gestión indirecta, tabla A)1.776,24 €1424.867,36 €Calcular neto
Director1.640,00 €1422.960,00 €Calcular neto
Subdirector1.640,00 €1422.960,00 €Calcular neto
Director pedagógico1.640,00 €1422.960,00 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 36. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 36 categorías de la tabla 2026

Notas de la tabla

Anexo I «Tablas desde 1 de septiembre 2026» (tabla general) y anexo II, apartados A y B, «Tablas desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de agosto de 2027» (centros de gestión indirecta; en el BOE la tabla B de este curso aparece rotulada «Apartado A» por errata, pero su leyenda dice que es para contratos vigentes antes de la publicación del convenio, es decir, la B). Rigen desde el 1/9/2026; del 1/1 al 31/8/2026 se aplicaron las tablas del 1/9/2025 (ver tabla 2025). Salario mensual en 14 pagas; el anual del boletín = mensual × 14 y no incluye el CPP. Las filas «SMI» no traen importe: el boletín remite al salario mínimo.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 35).

2 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o inscripción como pareja de hecho15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 36.a
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado (y conviviente que requiera cuidado)5Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 36.b
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 36.b bis
Traslado del domicilio habitual1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 36.c
Deber inexcusable de carácter público y personalEl tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 36.d
Boda de familiar hasta 2.º grado de consanguinidad1Mejora el Estatutoart. 36.f
Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por restricciones de la autoridad o riesgo grave (catástrofe, fenómeno meteorológico adverso)4Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 36.i
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiar o conviviente)4Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 39.6

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP), por trieniosegún categoría, de 16,32 a 35,70 €Por cada trienio en la empresa, siempre que en esos tres años se acrediten 60 h de formación (grupo I salvo auxiliar de apoyo, y cargos directivos), 45 h (grupo II) o 18 h (grupo III y auxiliar de apoyo); si la empresa no oferta la formación, se cobra igualmente. Los cargos directivos temporales cobran el CPP de su puesto de trabajo. No se aplica al personal docente de niveles concertados en pago delegado.art. 59, art. 61 y disposición transitoria quinta
Plus de trabajo nocturno25 % sobre la hora ordinaria por horaHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00art. 19

Horas extra: se pagan como la hora ordinaria. Pueden compensarse por tiempos equivalentes de descanso retribuido (art. 15).

Subidas pactadas: 2025: (Nuevas tablas con importes desde el 1/1/2025 y desde el 1/9/2025 (anexo I) y, en gestión indirecta, desde el 1/1/2025 y el 1/9/2025 (anexo II A y B). Para el personal de antiguos centros de obras sociales y cajas de ahorros (anexo IV): maestro 4 % (1/1/2025) y 2 % (1/9/2025); educador infantil 5 % y 3,75 %; servicios complementarios 2,5 % y 2,5 %; cargos directivos 4,5 % y 2,5 %; resto de puestos, SMI; CPP, 4 % en cada subida.); 2026: (Nuevas tablas con importes desde el 1/9/2026 (anexo I y anexo II A y B). Para el personal de antiguos centros de obras sociales (anexo IV): maestro 1,5 %, educador infantil 2,5 %, servicios complementarios 2,5 %, cargos directivos 2,5 %, resto de puestos SMI; CPP, 4 %.); 2027: (Solo para gestión indirecta: tablas A y B desde el 1/9/2027 hasta el 31/8/2028 (anexo II). Desde el curso 2027-2028, los centros de gestión indirecta con contratos anteriores cuya financiación pública no haya subido pueden no aplicar la subida de la tabla B (art. 65 bis).); 2026: (La comisión negociadora se reunirá para adecuar los salarios al SMI que apruebe el Gobierno, para que ningún puesto quede por debajo del SMI de cada año. Las filas «SMI» de las tablas remiten directamente al salario mínimo.).

Cláusula de revisión: No hay revisión por IPC. Garantía de SMI: la comisión negociadora adaptará los salarios al SMI anual que apruebe el Gobierno hasta la publicación del próximo convenio (DF 3.ª). En los años de prórroga, las condiciones económicas se negocian cada año con efectos desde el 1 de septiembre (art. 5). (disposición final tercera y art. 5).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

36 categorías o puestos en 4 grupos profesionales.

Grupo I. Personal de aula 9 categorías
  • Maestro
  • Educador Infantil
  • Auxiliar de apoyo
  • Maestro (gestión indirecta, tabla A)
  • Educador Infantil (gestión indirecta, tabla A)
  • Auxiliar de apoyo (gestión indirecta, tabla A)
  • Maestro (gestión indirecta, tabla B)
  • Educador Infantil (gestión indirecta, tabla B)
  • Auxiliar de apoyo (gestión indirecta, tabla B)
Grupo II. Personal de servicios complementarios 3 categorías
  • Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social…
  • Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social… (gestión indirecta, tabla A)
  • Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social… (gestión indirecta, tabla B)
Grupo III. Personal de administración y servicios 15 categorías
  • Personal de cocina
  • Personal de limpieza
  • Personal de mantenimiento
  • Personal de servicios generales
  • Personal administrativo
  • Personal de cocina (gestión indirecta, tabla A)
  • Personal de limpieza (gestión indirecta, tabla A)
  • Personal de mantenimiento (gestión indirecta, tabla A)
  • Personal de servicios generales (gestión indirecta, tabla A)
  • Personal administrativo (gestión indirecta, tabla A)
  • Personal de cocina (gestión indirecta, tabla B)
  • Personal de limpieza (gestión indirecta, tabla B)
  • Personal de mantenimiento (gestión indirecta, tabla B)
  • Personal de servicios generales (gestión indirecta, tabla B)
  • Personal administrativo (gestión indirecta, tabla B)
Grupo Cargos directivos temporales 9 categorías
  • Director
  • Subdirector
  • Director pedagógico
  • Director (gestión indirecta, tabla A)
  • Subdirector (gestión indirecta, tabla A)
  • Director pedagógico (gestión indirecta, tabla A)
  • Director (gestión indirecta, tabla B)
  • Subdirector (gestión indirecta, tabla B)
  • Director pedagógico (gestión indirecta, tabla B)

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1704 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Grupo I: maestro y educador infantil: 3 meses
  • Grupo I: auxiliar de apoyo: 2 meses
  • Grupo II: 2 meses
  • Grupo III: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Todo el personal: 15 días

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Publicado en el BOE el XIII Convenio estatal de centros de asistencia y educación infantil, con tablas de 2024 a 2027 y tablas propias para escuelas de gestión indirecta hasta agosto de 2028. · BOE

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de escuelas infantiles?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 6/6/2025 al 31/12/2027. Vigente hasta el 31/12/2027 (BOE 5/6/2025); prórroga anual tácita si no se denuncia con dos meses de antelación; denunciado, sigue vigente hasta el nuevo (art. 5). Tablas salariales por curso escolar (1 de septiembre).

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de escuelas infantiles en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.220,00 € brutos al año a jornada completa (Educador Infantil (gestión indirecta, tabla B)).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de escuelas infantiles?

30 días naturales al año, según el art. 35.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: maestro y educador infantil: 3 meses. Grupo I: auxiliar de apoyo: 2 meses. Grupo II: 2 meses. Grupo III: 1 mes.

Fuente: BOE de 5 de junio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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